Juzgado de Letras del Trabajo de Talca

HIPERMERCADOS TOTTUS SA/INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE TALCA

Rol

I-7-2024

Fecha

27 de febrero de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y OÍDOS: PRIMERO: Individualización completa de las partes litigantes.- Que en esta causa RIT I-7-2024, RUC 24-4-0548041-3, seguida ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Talca, intervienen como parte reclamante, Hipermercados Tottus SA, RUT 78.627.210-6, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por Alejandro Delgado Cultrera, CIE 23.661.553-7, ingeniero comercial, y Wilson Zúñiga Fredes, RUN 10.569.250-1, administrador público, todos domiciliados en calle Nataniel Cox N° 620, comuna de Santiago, empresa reclamante patrocinada y asistida por los abogados Kenneth Maclean Luengo y Maite Iosune Abadie Layuno, ambos con domicilio y forma de notificación que consta en el proceso; como parte reclamada Inspección Provincial del Trabajo de Talca, RUT 61.502.000-1, persona jurídica de derecho público, representada legalmente por Félix Basoalto Moyano, RUN 7.157.311-7, inspector provincial (s) y funcionario público, ambos domiciliados en calle 6 Oriente N° 1318, Talca, entidad reclamado asistido y patrocinado por el abogado Daniel López González, con domicilio y forma de notificación que consta en el proceso. SEGUNDO: Síntesis de la reclamación, sus

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho, y alegaciones. Que la parte reclamante deduce reclamo de multa en contra de la reclamada indicando que la acción judicial versa en contra de la multa contenida en la resolución N° 1278/24/6 de 17 de enero de 2024, notificada a su parte con misma fecha mediante correo electrónico de forma tal que por aplicación del inciso 1° del artículo 508 del Código del Trabajo, las notificaciones efectuadas mediante correo electrónico se entienden practicadas al tercer día hábil siguiente contado desde la fecha de la emisión del referido correo;

Fallo

por tanto, la notificación para efectos de lo dispuesto en dicha norma se verificó el día 22 de enero de 2024. Advierte que dicha resolución de multa en lo pertinente les aplicó una sanción de 60 UTM, por lo que acude a sede judicial solicitando que se deje sin efecto o, en subsidio, se rebaje prudencialmente, con costas. Plantea que en la resolución de multa N° 1278/24/6 la reclamada detectó como supuesto hecho en que se sustenta “No especificar en el contrato de trabajo la determinación precisa de la naturaleza de los servicios, respecto de los trabajadores Claudia Troncoso C.I. 15139252-0, Maritza Fritz C.I. 11273031-1, Álvaro González C.I. 9226640-0, Elizabeth Fuentes C.I. 11894306-6, Carlos Herrera C.I. 16453697-1, Belén Pereira C.I. 20563479-7, Millaray Hidalgo C.I.20016142-2, Melisa Lara C.I. 17930919-K, Ivonne González C.I. 11320509-1, al verificar a través de la revisión de contratos y reglamento interno que el cargo “Operario Formato Ágil” no se ajusta a derecho por cuanto contiene múltiples funciones, las que son tan amplias, y que, conforme a la normativa indicada en el artículo 10 N°3 del Código del Trabajo, no resultan complementarias entre sí. A modo de ejemplo, los trabajadores deben realizar funciones de: cajero, ventas, reposición, bodeguero, cámaras, servicio atención al cliente, implementación de exhibiciones, tesorería, además de otras funciones designadas por sus superiores. Lo anterior, incide igualmente en que, debido a la poca determinación de la nat

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Causa RIT Nº : I-7-2024 Causa RUC Nº : 24-4-0548041-3 Reclamante : Hipermercados Tottus SA. Reclamado : Inspección Provincial del Trabajo de Talca Materia : Reclamo de multas administrativas. Talca, a veintisiete de febrero de dos mil veinticuatro.- VISTOS Y OÍDOS: PRIMERO: Individualización completa de las partes litigantes.- Que en esta causa RIT I-7-2024, RUC 24-4-0

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