GOTTERBARM/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA
Rol
C-612-2023
Fecha
7 de noviembre de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
hechos expuestos en laé demanda. TERCERO: Que, con fecha 12 de junio de 2023, el demandado viene en allanarse a la demanda reconociendo lisa y llanamente las pretensiones de la demandante, por ser efectivos los argumentos de hecho y de derecho en que se sustenta la acci n y solicita eximirla del pago de las costas, en virtud de lo dispuesto en el art culoó í 144 del C digo de Procedimiento Civil.ó CUARTO: Que, con fecha 16 de junio 2023, se celebra audiencia de conciliaci n con la asistencia del abogado de la parte demandante don CRISTHIANó VERA FONTECHA y de la parte demandada don ERNESTO ANDRES MU OZÑ OJEDA. El Tribunal efect a el llamado a conciliaci n, la que no se produce.ú ó QUINTO: Que la parte demandante, en el anexo de folios 3, rindi la siguienteó prueba documental: 1.- Certificado de deuda emitido I. Municipalidad de La Calera, de fecha 22 de marzo del a o 2023; 2.- Comprobante de orden de ingreso municipalñ n mero 0090314.ú SEXTO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el art culo 2492 del C digoí ó Civil, La prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las“ ó acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberse ejercido dichasí acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitosá legales. Una acci n o derecho se dice prescribir cuando se extingue por prescripci n .ó ó ” A su vez, el art culo 2515 del mismo cuerpo legal, estatuye, que El tiempo es ení “ general de tres a os para las acciones ejecutivas y de cinco a os para las ordinarias . Añ ñ ” su turno, el art culo 2521 del mismo c digo establece que prescriben en tres a os lasí ó “ ñ acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos .” SEPTIMO: Que la prueba que no se analiza en lo particular, en nada influye en lo dispositivo de esta sentencia. OCTAVO: Que en m rito del allanamiento de la demandada y de los prescritoé en el art culo 2515 del C digo Civil, la demanda se
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 28 de marzo de 2023, comparece don DIOJENES MARIO GOTTERBARM GONZALEZ, quien interpone demanda ordinaria de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos municipales, en contra de laó ó ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA CALERA entidad de derecho p blicoú representada por su Alcalde don JOHNNY ALEXIS PIRAINO MENESES. Solicita tener por interpuesta demanda ordinaria de declaraci n de prescripci nó ó extintiva de la acci n judicial antes se alada, en contra de la ILUSTREó ñ MUNICIPALIDAD DE LA CALERA, entidad de derecho p blico, representada porú JOHNNY ALEXIS PIRAINO MENESES, ambos con domicilio en Av. Marath n 312,ó La Calera, acogerla en tramitaci n y en definitiva, declarar que se encuentra prescrita laó acci n judicial del Municipio se alado, en su contra para demandar judicialmente eló ñ pago de los gastos comunes y mantenci n de la sepultura ubicada en el Cementerioó Municipal de La Calera asignada con el rol G-60-B, modalidad jardinera sobre la cual tengo derecho a perpetuidad, por los periodos, devengados entre el 31 de diciembre del a o 2010 hasta el 31 de diciembre del a o 2017, por un valor de $162.212, con costas.ñ ñ SEGUNDO: Que, con fecha 15 de mayo de 2023, el demandante evac aú traslado para la r plica, reafirmando todos y cada uno de los hechos expuestos en laé demanda. TERCERO: Que, con fecha 12 de junio de 2023, el demandado viene en allanarse a la demanda reconociendo lisa y llanamente las pretensiones de la demandante, por ser efectivos los argumentos de hecho y de derecho en que se sustenta la acci n y solicita eximirla del pago de las costas, en virtud de lo dispuesto en el art culoó í 144 del C digo de Procedimiento Civil.ó CUARTO: Que, con fecha 16 de junio 2023, se celebra audiencia de conciliaci n con la asistencia del abogado de la parte demandante don CRISTHIANó VERA FONTECHA y de la parte demandada don ERNESTO ANDRES MU OZÑ OJEDA. El Tribunal efect a el llamado a conciliaci n, la que no se produce.ú ó QUINTO: Que la parte demandante, en el anexo de folios 3, rindi la siguienteó prueba documental: 1.- Certificado de deuda emitido I. Municipalidad de La Calera, de fecha 22 de marzo del a o 2023; 2.- Comprobante de orden de ingreso municipalñ n mero 0090314.ú SEXTO: Que, de conformidad a lo dispuesto en el art culo 2492 del C digoí ó Civil, La prescripci n es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las“ ó acciones y derechos ajenos, por haberse pose do las cosas o no haberse ejercido dichasí acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los dem s requisitosá legales. Una acci n o derecho se dice prescribir cuando se extingue por prescripci n .ó ó ” A su vez, el art culo 2515 del mismo cuerpo legal, estatuye, que El tiempo es ení “ general de tres a os para las acciones ejecutivas y de cinco a os para las ordinarias . Añ ñ ” su turno, el art culo 2521 del mismo c digo establece que prescriben en tres a os lasí ó “ ñ acciones a favor o en contra
Fallo
FALLO 11 DE SEPTIEMBRE DE 2023 La Calera, siete de noviembre de dos mil veintitr s é A folio 1, con fecha 28 de marzo de 2023, comparece don DIOJENES MARIO GOTTERBARM GONZALEZ, domiciliada en Pasaje Ca ete 850 Poblaci n Cruz delñ ó Sur, La Calera, quien interpone demanda ordinaria de prescripci n extintiva de laó acci n de cobro de derechos municipales, en contra de la ILUSTREó MUNICIPALIDAD DE LA CALERA entidad de derecho p blico representada por suú Alcalde don JOHNNY ALEXIS PIRAINO MENESES, ambos domiciliados en Avenida Marathon N 312 La Calera. Fundamenta su demanda en los siguientes antecedentes:° Expone que es propietario del derecho de uso perpetuo de la sepultura ubicada en el Cementerio Municipal de La Calera asignada con el rol G-60-B, modalidad jardinera. Indica que adquiri dicha sepultura por compra de derechos de uso efectuada aló municipio demandado, efectuando el pago final de dicha compra el pasado 2 de noviembre del a o 2000, mediante orden de ingreso municipal n mero 0090314, seg nñ ú ú se da cuenta e comprobante que se adjunta en otros .í Refiere que fue informado, el pasado 22 de marzo del a o 2023, por el municipioñ de La calera, que en la actualidad registro una deuda total impaga, por concepto de cobros de mantenci n y gastos comunes, de dicha sepultura, ascendente a la fecha deó interposici n de esta demanda de $230.264.- Esta deuda comprende periodos impagosó con vencimientos desde el d a 31 de diciembre del a o dos mil diez al 31 de diciembreí ñ del
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COMPETENCIA CIVIL PROCEDIMIENTO ORDINARIO MATERIA PRESCRIPCION DE ACCIONES DEMANDANTE DIOJENES GOTTERBARM GONZALEZ DEMANDADO I.MUNICIPALIDAD DE LA CALERA ROL C-612-2023 FECHA DE INICIO 28 DE MARZO DE 2022 FECHA PARA FALLO 11 DE SEPTIEMBRE DE 2023 La Calera, siete de noviembre de dos mil veintitr s é A folio 1, con fecha 28 de marzo de 2023, comparece don DIOJENES MARIO GOTTERBARM GONZALEZ, domicil
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