Juzgado de Letras del Trabajo de Arica

ASOC GREM DE MEDIANOS Y PEQ AGRICULT DE/INSPECCIÓN PROVINCIAL ARICA

Rol

I-15-2024

Fecha

23 de febrero de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR: Existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, el tribunal recibe la causa a prueba y fija los siguientes hechos a probar. Registro de Audio 22440546649-6-1333-240222-00-05. 1. Argumentos y antecedentes presentados por la demandante en la reclamación administrativa de multa ante el Inspector del Trabajo. 2.

Fundamentos

Fundamentos del Inspector del Trabajo para rechazar la solicitud de reconsideración administrativa de multa 3. Efectividad de haber corregido la reclamante en todo o en parte la infracción sancionada, en la resolución de Multa N°8132/23/68-1, del 25 de agosto de 2023. Hechos y consecuencias de dicha corrección. 4. Efectividad que la remuneración del trabajador José Cárdenas Oyarzo, está regulada por el ingreso mínimo mensual. 5. Efectividad que la remuneración del trabajador José Cárdenas Oyarzo, es inferior al ingreso mínimo mensual. Hechos y circunstancias de dicha remuneración. Resueltas las observaciones, el Tribunal tiene a firme los puntos de prueba precedentes. MEDIOS DE PRUEBA PARTE RECLAMANTE: Esta parte ofrece, rinde y solicita incorporar la siguiente prueba: a) Documental: Registro de Audio 2440546649-6-1333-240222-00-06. 1. Liquidación de remuneraciones, del mes de agosto de 2023, de Doña Ivone Mejías, que acredita el reajuste del sueldo mínimo, corrigiendo la infracción en tiempo y forma. 2. Liquidación de remuneraciones, del mes de septiembre de 2023, de don José Cárdenas. 3. Multa N°8132/23/68-1, del 25 de agosto de 2023, por la suma de 40UTM, emitida por la INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE ARICA 4. Resolución exenta N°1500-936/2024, del 11 de enero de 2023, emitida por la INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE ARICA 5. Mandato judicial de fecha 26 de julio de 2023, de Asoagro AG a RODRIGO MORALES ZORICH y CRISTIAN PRADENAS SOTO. 6. Impresión de pantalla, de fecha 30 de enero, que da cuenta los requisitos para que un beneficio tácito pase a ser un derecho. 7. Ordinario N°4864, de fecha 20 de septiembre de 1999, en que señala los requisitos para que opere el beneficio adquirido en forma tácita. 8. Ordinario N°4297, de fecha 13 de agosto de 2018, en que señala los requisitos para que opere el beneficio adquirido en forma tácita. El Tribunal deja constancia que no se han objetado los documentos ni se ha solicitado la inadmisibilidad de los mismos. Por lo tanto, el Tribunal tiene por ofrecidos, rendidos e incorporados los documentos singularizados por la parte reclamante. MEDIOS DE PRUEBA PARTE RECLAMADA INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ARICA: Esta parte ofrece, rinde y solicita incorporar la siguiente prueba: a) Documental: Registro de Audio 2440546649-6-1333-240222-00-07 1.- Caratula de Informe de Fiscalización Nº 1501.2023.801. 2.- Informe de exposición Nº 1501.2023.801. 3.- Resolución de multa Nº 8132.23.68 y correo notificación de multa 4.-Correos electrónico de personal contable a fiscalizadora. 5.-Acta de notificación y requerimiento de documentación de 09 y 14 de agosto de 2024. 6.-Notificación inicio de fiscalización. 7.-Antecedentes verificados en la fiscalización (Hoja de Trabajo) 8.- Personal sin reajuste de $410.000 a $440.000 9.- Activación de la Fiscalización 10.- Resolución N° 1500-936/2024 sobre reconsideración de multa y correo notificación. 11.- Correo de notificación de Resolución N° 1501-896/2024 12.- Solicitud de

Fallo

fallo y sentencia en este juicio Consideraciones previas, Registro de Audio 2440546649-6-1333-24022200-09-10 SENTENCIA: Registro de Audio 2440546649-6-1333-24022200-09-11 Arica, a veintidós de febrero del año dos mil veinticuatro VISTO Y OIDOS: 1° Que la entidad denominada ASOAGRO Asociación Gremial, RUT N°71.004.100-8, con domicilio en esta ciudad, Avenida Manuel Castillo Ibaceta N°3431, deduce reclamación judicial en contra del INSPECTOR PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ARICA, don FERNANDO SEBASTIÁN PALMA PALMA, respecto de la Resolución Exenta N°1500/936/2024 del 11 de enero del 20244, que dice relación con la resolución de Multa N° N°8132/23/68-1, del 25 de agosto de 2023. Solicita se le deje sin efecto, o en su defecto se rebaje el monto de la multa impuesta. Refiere que la resolución de multa, contiene 2 partes o dos infracciones distintas, una en relación al trabajador José Cárdenas y otra respecto de la trabajadora Ivonne Mejías, refiere que en relación de ambos y dentro del plazo, se procede a corregir el hecho. Plantea que pese, a la corrección de la infracción y del manifiesto error cometido por la Inspección del Trabajo, este no dejo sin efecto la multa y tampoco accedió a la reducción parcial de la misma. En cuanto a las situaciones del trabajador José Cárdenas Oyarzo, manifiesta que se trata de una persona mayor de 65 años, y consecuentemente a su respecto no rige el ajuste o reajuste del ingreso mínimo mensual, sino que debe estarse al monto fijado por ley, para es

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ACTA AUDIENCIA - ÚNICA - SENTENCIA FECHA Arica, 22 DE FEBRERO DEL AÑO 2024 RIT I-15-2024 RUC 24-4-0546649-6 MAGISTRADO FERNANDO GONZÁLEZ MORALES ADMINISTRATIVO DE ACTAS Patricia Mora Castro SALA 1 CARATULADO ASOAGRO A.G., con INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE ARICA MATERIAS INTERPONE RECLAMO JUDICIAL DE MULTA ADMINISTRATIVA HORA DE INICIO 12:03 HORA DE TERMINO 13:47 Nº REGI

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