Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta

CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE ANTOFAGASTA/INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DEL BI

Rol

I-27-2023

Fecha

22 de febrero de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos de violencia masiva de estudiantes producidos al interior del establecimiento A-12 Instituto Superior del Comercio Antofagasta “Jerardo Muñoz Campos” ISCA. Donde fueron agredidos física y psicológicamente. Toda vez que los protocolos establecidos actualmente y las obligaciones de informar los riesgos laborales no tiene identificado lo mencionado anteriormente. Situación que fue constatada con fecha 13/04/2023 y que afectó principalmente a los siguientes funcionarios del establecimiento: Aymara Contreras, 15661151-4; Sergio Luco RUT 15501742-2; Alihoska Yau, RUT 17527911-3; Daniela Alvarez, RUT 17437950-5; Rossana Gallardo, RUT 11219422-3; Claudia Bolados, RUT 11722189-K; Viviana Veleio, RUT 8379376-7; Felipe Hernández, RUT 16192306-0; Jonathan Galleguillos, RUT 17092401-0 y Doris Claro, RUT 8378376-7.” Alega que conforme acto administrativo N° 8585/23/13, la Circular N°1 de la Superintendencia del ramo establece en su capitulo 33, apartado 33.1 que el respectivo reglamento interno de la unidad educativa deberá contar con protocolos de actuación frente a situaciones de maltrato escolar, sean estas denuncias o simple sospechas, entre pares o de adultos de la comunidad escolar, de manera de tener claridad de la forma como deben ser abordadas, lo que se complementa con circular de 20 de junio de 2018 que imparte instrucciones sobre reglamentos internos de los establecimientos educacionales de enseñanza básica y media con reconocimiento oficial del Estado, los que deben contemplar un protocolo de actuación frente a situaciones de maltrato, acoso escolar o violencia entre miembros de la comunidad educativa. Respecto el Liceo A-12 “Jerardo Muñoz Campos” indica que se han dictado los protocolos, siendo el último del año 2022, señalándose en “Reglamento Interno/Manual de Convivencia y Protocolos de Actuación 2022” del Liceo A-12 en su Título III, artículo 18 la regulación en casos de violencia escolar, señalando en artículo 20 la existencia de un Comité que dará a con

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, R.U.T N° 76.102.600-2, representada por los abogados Isabel Macarena Calisto Hernández, cédula nacional de identidad N° 13.279.393-K, y Pablo Andrés Cornejo Castillo, cédula nacional de identidad N° 17.935.848-4, todos domiciliados para estos efectos en avenida Argentina N° 1595, piso 2°, Antofagasta, quien interpone reclamación judicial conforme al artículo 503 inciso tercero del Código del Trabajo en procedimiento en contra de la Inspectora Provincial del Trabajo de Antofagasta, Cecilia Fabiola González Escobar, domiciliadas en 14 de Febrero n°1786, Antofagasta. Reclama contra acto administrativo N° 8585/23/13 de 28 de abril de 2023 que impone sanción de multa por 60 Unidades Tributarias Mensuales. Indica que la multa se habría cursado por “No tomar todas las medida necesarias para proteger eficazmente la vida y salud de los trabajadores y salud laboral al no identificar los peligros y evaluar los riesgos que están presentes en el lugar de trabajo, respecto de la forma de proceder de los funcionarios del establecimiento A-12, frente a hechos de violencia masiva de estudiantes producidos al interior del establecimiento A-12 Instituto Superior del Comercio Antofagasta “Jerardo Muñoz Campos” ISCA. Donde fueron agredidos física y psicológicamente. Toda vez que los protocolos establecidos actualmente y las obligaciones de informar los riesgos laborales no tiene identificado lo mencionado anteriormente. Situación que fue constatada con fecha 13/04/2023 y que afectó principalmente a los siguientes funcionarios del establecimiento: Aymara Contreras, 15661151-4; Sergio Luco RUT 15501742-2; Alihoska Yau, RUT 17527911-3; Daniela Alvarez, RUT 17437950-5; Rossana Gallardo, RUT 11219422-3; Claudia Bolados, RUT 11722189-K; Viviana Veleio, RUT 8379376-7; Felipe Hernández, RUT 16192306-0; Jonathan Galleguillos, RUT 17092401-0 y Doris Claro, RUT 8378376-7.” Alega que conforme acto administrativo N° 8585/23/13, la Circular N°1 de la Superintendencia del ramo establece en su capitulo 33, apartado 33.1 que el respectivo reglamento interno de la unidad educativa deberá contar con protocolos de actuación frente a situaciones de maltrato escolar, sean estas denuncias o simple sospechas, entre pares o de adultos de la comunidad escolar, de manera de tener claridad de la forma como deben ser abordadas, lo que se complementa con circular de 20 de junio de 2018 que imparte instrucciones sobre reglamentos internos de los establecimientos educacionales de enseñanza básica y media con reconocimiento oficial del Estado, los que deben contemplar un protocolo de actuación frente a situaciones de maltrato, acoso escolar o violencia entre miembros de la comunidad educativa. Respecto el Liceo A-12 “Jerardo Muñoz Campos” indica que se han dictado los protocolos, siendo el último del año 2022, señalándose en “Reglamento Interno/Manual de Convivencia y Protocolos de Actuación 2022” del

Fallo

se resuelve: I. Que se RECHAZA reclamación interpuesta por la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta en contra de la INSPECCIÓN DEL TRABAJO DE ANTOFAGASTA, y en consecuencia se mantiene en todas sus partes la resolución impugnada dictada por la Inspección del Trabajo de Antofagasta. II. Que se condena en costas a la reclamante por la suma de medio ingreso mínimo para fines remuneracionales. Notifíquese, regístrese y archívese en su oportunidad. RIT: I-27-2023 Pronunciada por Edy María Pérez Argandoña, Juez Destinada del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta. En Antofagasta, a veintidós de febrero de dos mil veinticuatro, la sentencia que antecede se notificó por el estado diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

Antofagasta, veintidós de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, R.U.T N° 76.102.600-2, representada por los abogados Isabel Macarena Calisto Hernández, cédula nacional de identidad N° 13.279.393-K, y Pablo Andrés Cornejo Castillo, cédula nacional de identidad N° 17.935.848-4, todos domicil

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