ZÚÑIGA/CROQUEVIELLE DISEÑO S.A.
Rol
O-1771-2023
Fecha
22 de febrero de 2024
Materia
Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado progresivo, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones, Sueldo
Resultado
No especificado
Hechos
visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3 y siguientes, 7 y siguientes, 63, 161, 162, 163, 172, 173, 425 y siguientes, 453, 454, 507 y siguientes del Código del Trabajo, 1.698 del Código Civil y demás disposiciones legales aplicables se declarara: I. Se acoge la demanda de autos interpuesta por CRISTIAN ADASME QUINTEROS, ALFONSO ARDILES QUEZADA, GENARO DÍAZ BARRERA, OSVALDO EVARISTI PICHIGUEN, MARIO ANTONIO FUENTES AHUMADA, RAÚL ENRIQUE GALLARDO GARCÍA, LEONARDO MORALES LÓPEZ, HUGO RAMÍREZ HERNÁNDEZ, RENÉ SALGADO CORREA y FELIPE ZÚÑIGA LEAL todos representados por MATÍAS HORACIO NOVOA CARBONE, abogado, en contra de las demandadas de autos CROQUEVIELLE DISEÑO S.A, COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA TAKATA LIMITADA e INMOBILIARIA CROQUEVIELLE S.P.A todas representadas legalmente por RAÚL ANDRÉS CROQUEVIELLE AGUAYO declarándose el despido improcedente debiendo las demandadas pagar a los demandantes las siguientes individualizaciones y prestaciones, como así mismo que todas las demandadas constituyen una unidad económica debiendo responder solidariamente el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emanadas de la ley de los contratos individuales o de instrumentos colectivos, que en consecuencia las demandadas deberán pagar de esta forma las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1. Respecto de CRISTIAN ALEJANDRO ADASME QUINTEROS la indemnización sustitutiva del aviso previo, por monto de $1.113.915, Indemnización por años de servicio, por monto de $12.253.065, con Incremento legal del artículo 168 letra a) del Código del Trabajo, por monto de $3.675.920, Remuneración por el lapso 01.12.2022 al 13.01.2023, por monto de $1.596.612, Feriado legal, proporcional y progresivo, por monto de $1.895.203. Que así mismo a la fecha del despido y hasta la fecha presente, el empleador adeuda las siguientes cotizaciones de seguridad social las cuales deben ser enteradas a instituciones FONASA, AFP Capital y AFC Chile agosto, septiembre, octubre, noviembre y d
Fallo
Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1, 3 y siguientes, 7 y siguientes, 63, 161, 162, 163, 172, 173, 425 y siguientes, 453, 454, 507 y siguientes del Código del Trabajo, 1.698 del Código Civil y demás disposiciones legales aplicables se declarara: I. Se acoge la demanda de autos interpuesta por CRISTIAN ADASME QUINTEROS, ALFONSO ARDILES QUEZADA, GENARO DÍAZ BARRERA, OSVALDO EVARISTI PICHIGUEN, MARIO ANTONIO FUENTES AHUMADA, RAÚL ENRIQUE GALLARDO GARCÍA, LEONARDO MORALES LÓPEZ, HUGO RAMÍREZ HERNÁNDEZ, RENÉ SALGADO CORREA y FELIPE ZÚÑIGA LEAL todos representados por MATÍAS HORACIO NOVOA CARBONE, abogado, en contra de las demandadas de autos CROQUEVIELLE DISEÑO S.A, COMERCIALIZADORA Y DISTRIBUIDORA TAKATA LIMITADA e INMOBILIARIA CROQUEVIELLE S.P.A todas representadas legalmente por RAÚL ANDRÉS CROQUEVIELLE AGUAYO declarándose el despido improcedente debiendo las demandadas pagar a los demandantes las siguientes individualizaciones y prestaciones, como así mismo que todas las demandadas constituyen una unidad económica debiendo responder solidariamente el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emanadas de la ley de los contratos individuales o de instrumentos colectivos, que en consecuencia las demandadas deberán pagar de esta forma las siguientes indemnizaciones y prestaciones: 1. Respecto de CRISTIAN ALEJANDRO ADASME QUINTEROS la indemnización sustitutiva del aviso previo, por monto de $1.113.915, Indemnización por años de s
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA Santiago, 20 de febrero de 2024 RUC 23-4-0467304-1 RIT O-1771-2023 CARATULADO ZÚÑIGA / CROQUEVIELLE DISEÑO S.A. MAGISTRADO MAURICIO ALEJANDRO VIDAL CARO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Ashley Morales HORA DE INICIO 12:23 HORA DE TERMINO 13:48 SALA 1.1 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340467304-1-1348 PARTE DEMANDANTE CRISTIAN ALEJANDRO
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