ROJAS/FUNDACIÓN MR BARBER
Rol
C-1259-2022
Fecha
6 de noviembre de 2023
Materia
PERJUICIOS, INDEMNIZACIÓN DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 16 de mayo del 2022, comparece doña Salme Rojas Álvarez, abogada, domiciliada en calle Uribe N°636, oficina 508, Antofagasta en representación de doña CAROLINA ROJAS DÍAZ, ingeniera en prevención de riesgos, domiciliada en calle Antilhue N°01302, edificio don Rodolfo, departamento 214, Coviefi de esta ciudad e interpone demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual en contra de don JEAN PIERRE BUISAN PUELLES, ignora profesión u oficio, domiciliado en Valle del Encanto N°9581, Villa Panorama, Antofagasta, en su calidad de conductor y solidariamente en contra de FUNDACIÓN MR BARBER, representada legalmente por doña Carolina Esperanza Elgueta Delgado, ignora profesión u oficio, ambas con domicilio en Avenida Latorre s/n, María Elena, en calidad de propietaria del vehículo placa patente única LHPB-73. Funda la demanda en que con fecha 25 de octubre del 2021, aproximadamente a las 12:00 horas del mediodía en intersección de calle 21 de mayo con calle Carlos Condell, camioneta Mahindra placa patente LHPB- 73 registrada como propiedad de Fundación Mr. Barber conducida por el Sr. Jean Buisan, impacta el vehículo de su representada, placa patente CTXP- 21 por el costado izquierdo causando daños de consideración en vehículo de Carolina, desencajando parte del parachoques frontal con desprendimiento de foco. Al momento de que su representada se acerca a la persona, esta reconoce y manifiesta su culpa en el accidente, posteriormente se contacta con su seguro HDI SEGUROS, donde comenta que ellos se contactarían con Carolina y menciona que “ya está todo listo para la pronta reparación.” Resulta que, luego de que se lleva el vehículo al taller Gildemeister, dicho ingreso nunca se concretó, donde le indican a Carolina en reiteradas oportunidades que por contingencia covid-19, problemas de importación, vacaciones del liquidador, entre otros, no se podía concretar el ingreso para la reparación del vehículo, hasta ese entonces habían t
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Demanda. Que, doña CAROLINA ROJAS DÍAZ ha interpuesto demanda civil de indemnización de perjuicios en sede extracontractual en contra de don JEAN PIERRE BUISAN PUELLES, en su calidad de conductor y solidariamente en contra de don FUNDACIÓN MR. BARBER, en su calidad de propietaria del vehículo placa patente LHPB-73 fundada en los hechos ya pormenorizados en la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Contestación. Que, la parte demandada, contestó la demanda solicitando su rechazo, con costas. TERCERO: Prueba parte demandante. Que, la parte demandante, a fin de acreditar los fundamentos de su demanda, rindió en autos: I.- Prueba documental: 1.- Certificado de anotaciones vigentes del vehículo placa patente CTXP-21. Código: MKNPXJDRGCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1259-2022 2.- Certificado de anotaciones vigentes del vehículo placa patente LHPB-73. 3.- Set de 5 fotografías. 4.- Correo electrónico de fecha 13 de abril de 2022 enviado a don Jorge Sánchez Ocaranza, de la empresa Gildemeister. 5.- Correo electrónico de fecha 17 de marzo de 2022 enviado a don Jorge Aguilar de la empresa HDI. 6.- Correo electrónico de fecha 2 de marzo de 2022 de don Miguel Astudillo, liquidador HDI a mi representada. 7.- Correo electrónico de fecha 21 de febrero de 2022 dando cuenta el reclamo en el SERNAC. 8.- Correo electrónico de fecha 12 de enero de 2022 enviado a don Jorge Aguilar con copia a don Jorge Sánchez y don Javier Schnettler. 9.- Correo electrónico de fecha 30 de diciembre de 2021 enviado a don Jorge Aguilar con copia a don Jorge Sánchez y don Javier Schnettler. 10.- Correo electrónico de fecha 4 de noviembre de 2021 dando cuenta del choque acampándose set de fotografías del vehículo de mi representada. 11.- Correo electrónico de fecha 16 de diciembre de 2021 solicitando una respuesta mi representada. 12.- Set de capturas de conversiones vía Whatsapp de fecha 15 de marzo de 2022 entre su representada y don Jorge de la empresa Gildemeister. 13.- Set de 4 fotografías. CUARTO: Prueba parte demandada. Que, la parte demandada, no acompañó probanzas de ninguna especie en la causa. QUINTO: Normativa aplicable. Que, persiguiéndose por el actor hacer efectiva la responsabilidad del demandado, debe determinarse si concurren en autos los presupuestos de ésta. Al respecto, el artículo 2314 del Código Civil prescribe que “el que ha cometido un delito o cuasidelito que ha inferido daño a otro, es obligado a la indemnización; sin perjuicio de la pena que le impongan las leyes por el delito o cuasidelito”. A su vez, el artículo 2329 del mismo código señala que “por regla general todo daño que pueda imputarse a malicia o negligencia de otra persona, debe ser reparado por ésta”. De las disposiciones transcritas la doctrina desprende los Código: MKNPXJDRGCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl
Fallo
Por estas consideraciones y Vistos, además lo dispuesto en los artículos 144, 160, 170 y 384 del Código de Procedimiento Civil; 1698, 2314 y 2329 del Código Civil y Ley 18.290; SE DECLARA QUE: I.- SE RECHAZA en todas sus partes la demanda interpuesta con fecha 16 de mayo del 2022 por doña Salme Rojas Álvarez, abogada, en representación de doña Carolina Rojas Díaz. II.- Cada parte pagará sus costas. Anótese, regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Rol C-1259-2022 Dictada por don IVÁN MAURICIO PEREIRA ARRIAGADA, Juez Suplente del Primer Juzgado de Letras de Antofagasta. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Antofagasta, seis de Noviembre de dos mil veintitrés Código: MKNPXJDRGCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1259-2022 Código: MKNPXJDRGCG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-11-06T11:46:56-0300
Texto Completo (Preview)
C-1259-2022 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta CAUSA ROL : C-1259-2022 CARATULADO : ROJAS/FUNDACIÓN MR BARBER Antofagasta, seis de Noviembre de dos mil veintitrés. VISTOS: Con fecha 16 de mayo del 2022, comparece doña Salme Rojas Álvarez, abogada, domiciliada en calle Uribe N°636, oficina 508, Antofagasta en representación de doña CAROLINA ROJAS DÍ
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