1º Juzgado Civil de Concepción

ARAVENA/

Rol

V-146-2023

Fecha

6 de noviembre de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: La solicitud de folio 1 de doña KATALINA ANDREA ARAVENA VENEGAS, estudiante, con domicilio en Trancura 1058, Lomas San Sebastián, comuna de Concepción, quien en conformidad a lo señalado en la Ley Nº 17.344, que autoriza el cambio de nombre y apellido en los casos que indica, solicita se autorice el cambio de su nombre “KATALINA”, según consta en su certificado de nacimiento, número de inscripción 136, del año 2002, de la circunscripción de Bulnes, a fin de que su nombre completo figure como “CATALINA ANDREA ARAVENA VENEGAS”. Funda su solicitud en que es hija de filiación matrimonial entre don MAURICIO AGUSTIN ARAVENA SALAZAR y doña ANDREA VENEGAS DEL PINO y que al nacer con fecha 02 de junio de 2002, fue inscrita en el Servicio de Registro Civil e Identificación con el número de inscripción 136, del año 2002, de la circunscripción de Bulnes, con su actual nombre: KATALINA ANDREA ARAVENA VENEGAS. Señala que al momento de efectuar la inscripción de su nacimiento, sus padres solicitaron se inscribiera bajo el primer nombre de KATALINA, por decisión de ellos. Manifiesta que, consecuencia de lo anterior, se le ha provocado un profundo menoscabo moral, debido a que ha sido objeto de constantes cuestionamientos en relación a como se escribe su primer nombre Katalina, inclusive en reiteradas ocasiones se le han Código: JXWHXJXETBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl presentado diversos inconvenientes al momento de la realización de trámites administrativos que requieran su primer nombre, ello porque la gente, en particular, funcionarios administrativos de manera constante incurren en errores al momento de escribir su primer nombre, escribiendo Catalina en vez de Katalina, esto dado que suenan de la misma manera y muchas veces no captan el momento en el que hace la aclaración sobre la manera correcta de escribir el nombre o simplemente lo pasan por alto porque consideran que no tiene gran relevancia

Fundamentos

fundamentos de derecho de su solicitud, invocando la ley Nº 17.344, indicando que su primer nombre le causa un menoscabo moral y que, además, el cambio de nombre concurre cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios; siendo completamente acreditable que desde hace más de cinco años ha sido conocida solo con el nombre CATALINA, puesto que, este ha sido el nombre que ha usado y con el que ha sido conocida en su entorno cercano y terceros. Por lo que

Fallo

en mérito de lo expuesto y de lo dispuesto en las normas legales que cita, pide previa tramitación correspondiente, se sirva autorizar el cambio de nombre en la forma señalada y ordenar que el oficial o funcionario del Servicio de Registro Civil e Identificación pertinente, rectifique su partida de nacimiento, inscripción número 136, del año 2002, de la circunscripción de Bulnes, que figura a nombre de KATALINA ANDREA ARAVENA VENEGAS, en el sentido de que su primer nombre se modifique a CATALINA, quedando en definitiva dicha inscripción a nombre de CATALINA ANDREA ARAVENA VENEGAS. Y TENIENDO PRESENTE: El mérito de los antecedentes, información sumaria de testigos agregada en el folio 5, informe N°3390 de fecha 21 de julio de 2023, del Servicio de Registro Civil e Identificación rolante en el folio 11, informes del Ministerio Público de folio 16 y 18, informe de la Policía de Investigaciones de folio 20, informe de Carabineros de Chile de folio 22 , certificaciones de folio 9 y 26; y de conformidad con lo dispuesto en la letra a), inciso 2° del artículo 1° de la Ley 17.344, y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve: Código: JXWHXJXETBG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Que HA LUGAR a lo solicitado y, en consecuencia, el señor Oficial del Registro Civil e Identificación de la Circunscripción Bulnes, deberá cambiar en la inscripción de nacimiento N°136, del año 2002, correspond

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FOJA: 25 .- Veinticino .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : V-146-2023 CARATULADO : ARAVENA/ Concepci nó , seis de Noviembre de dos mil veintitr sé VISTO: La solicitud de folio 1 de doña KATALINA ANDREA ARAVENA VENEGAS, estudiante, con domicilio en Trancura 1058, Lomas San Sebastián, comuna de Concepción, quien en conformidad a lo señalado en la

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