SERVICIOS GASTRONÓMICOS ROUSS HABANA SPA/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE VIÑA DEL MAR
Rol
I-219-2022
Fecha
26 de febrero de 2024
Materia
Costas, Reclamo Multa Administrativa
Resultado
No especificado
Hechos
hechos descritos configuran las infracciones que se encuentran previstas y sancionadas por las siguientes normas: • No proporcionar a los trabajadores, libres de todo costo y cualquiera sea la función que estos desempeñen, los elementos de protección personal: Artículo 53 del D.S. N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud, en relación con los artículos 184 y 506 del Código del Trabajo. • No exhibir toda la documentación necesaria para efectuar las labores de fiscalización: Artículos 31 y 32 del D.F.L. N° 2 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 3. Debido a esto, se aplicaron dos multas, una por 5 UTM (Unidad Tributaria Mensual) y otra por 26,73 IMM (Ingreso Mínimo Mensual), equivalentes a $287.785 y $6.547.354, respectivamente. Agrega que, con fecha 17 de octubre de 2022, la empresa presentó una solicitud de reconsideración administrativa en contra de la primera multa y, una solicitud de sustitución de multa en contra de la segunda, ante la Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar, argumentando respecto de ambos casos que se habían subsanado los problemas dentro del plazo que establece la ley. Alega que las solicitudes fueron resueltas el 24 de octubre de 2022, a través de las Resoluciones Exentas N° 506-5618/2022 y 506-5619/2022. Respecto de la primera multa, dice que la Inspección acogió la solicitud de reconsideración y rebajó la sanción de 5 UTM a 1 UTM, ya que se acreditó que la empresa había corregido la infracción. En tanto, respecto de la segunda multa, reclama que se rechazó la solicitud de sustitución por capacitación, ya que, a juicio de la reclamada, no se acreditó la corrección de la infracción, “por cuanto resulta inadmisible que se pretenda entender como subsanada la infracción con la exhibición posterior de la documentación requerida durante la fiscalización”. Hace presente que esta resolución fue comunicada por la Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar a su representada el 24 de octubre de 2022, a través de correo elect
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, comparece don JUAN JOSÉ LOBO TORRES, Abogado, en representación de la empresa SERVICIOS GASTRONÓMICOS ROUSS HABANA SPA, persona jurídica de derecho privado, ambos domiciliados para estos efectos en calle 12 Norte N° 785, oficina 609, Viña del Mar, quien, conforme al inciso cuarto, del artículo 503 del Código del Trabajo, en armonía con lo dispuesto en los artículos 446 y siguientes del mismo cuerpo legal, viene en deducir reclamo en contra de la Resolución Exenta N° 506-5619/2022, de fecha 24 de octubre de 2022, emitida por don CLAUDIO BENJAMÍN IBACETA PINOCHET, Jefe de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO DE VIÑA DEL MAR, ambos domiciliados en calle 3 Norte N° 858, comuna de Viña del Mar, a través de la cual rechazó la solicitud de sustitución administrativa de la multa que fue interpuesta por resolución N° 7532/22/49-2, de fecha 27 de junio de 2022, solicitando que se dé lugar a la solicitud de sustitución de multa o, en subsidio, que se rebaje y ajuste conforme a derecho, conforme a los siguientes fundamentos: Señala que, a través de la resolución N° 7532/22/49, de fecha 27 de junio de 2022 y, notificada el 29 de septiembre de 2022, se cursaron dos multas a la empresa Servicios Gastronómicos Rouss Habana SpA, cuyos fundamentos fueron indicados de la siguiente manera por el ente fiscalizador: “1. No proporcionar libres de todo costo los elementos de protección personal como zapatos antideslizantes, respecto de los trabajadores Hosmary Rangel Valero y Rubén Guerrero Gutiérrez. Tal hecho constituye incumplimiento a las condiciones generales de seguridad de los lugares de trabajo respecto de los equipos de protección personal e implica no tomar las medidas necesarias para proteger la vida, salud y en general la integridad física de los trabajadores. 2. No exhibir toda la documentación exigida que deriva de las relaciones de trabajo, necesaria para efectuar las labores de fiscalización, según el siguiente detalle: Planilla de cotización previsional Mutual mes de mayo 2022, total de trabajadores de la empresa, Rubén Guerrero Gutiérrez: Liquidaciones de sueldos periodo desde diciembre 2021 hasta marzo 2022, Valentina Fernández: Liquidaciones de sueldos periodo enero y febrero 2022, Margarita Rodríguez Manquilef: Contrato de trabajo, Jorge Ojeda Garrido: Contrato de trabajo”. Afirma que, en la resolución, se estableció que los hechos descritos configuran las infracciones que se encuentran previstas y sancionadas por las siguientes normas: • No proporcionar a los trabajadores, libres de todo costo y cualquiera sea la función que estos desempeñen, los elementos de protección personal: Artículo 53 del D.S. N° 594, de 1999, del Ministerio de Salud, en relación con los artículos 184 y 506 del Código del Trabajo. • No exhibir toda la documentación necesaria para efectuar las labores de fiscalización: Artículos 31 y 32 del D.F.L. N° 2 de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsi
Fallo
En mérito de lo expuesto, de lo establecido en las disposiciones legales invocadas solicita tener por deducido su reclamo en contra de la Resolución Exenta N° 506- 5619/2022, de fecha 24 de octubre de 2022, dictada por la Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar, a través de la cual rechazó la solicitud de sustitución de la multa que fue interpuesta a su representada por Resolución N° 7532/22/49-2, de fecha 27 de junio de 2022, acogerla a tramitación, y en definitiva: 1. Acoger la solicitud de sustitución de la multa por la asistencia obligatoria del titular o representante legal de la empresa a programas de capacitación dictados por la Dirección del Trabajo, según lo permite el artículo 506 ter N° 2 del Código del Trabajo. 2. En subsidio, rebaje el monto de la multa al porcentaje que en mérito de lo expuesto considere procedente. 3. Condenar en costas a la contraparte en caso de oposición. SEGUNDO: Que, ante el Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, comparece doña SUSANA GARCÍA BRAVO, Abogada, en representación del INSPECTOR COMUNAL DEL TRABAJO DE VIÑA DEL MAR, quien contesta el reclamo, solicitando su rechazo, con costas. Señala que, con fecha 04 de mayo de 2022, se generó en la Inspección Comunal del Trabajo de Viña del Mar la fiscalización N° 0506/2022/715, a partir de la denuncia administrativa que se hiciera con carácter confidencial en contra de la empresa. Afirma que, en dicha denuncia, se hizo referencia a lo siguiente: “empresa no regula para nada sobre
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VALPARAÍSO, VEINTISÉIS DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTICUATRO. VISTO, OÍDOS LOS INTERVINIENTES Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, comparece don JUAN JOSÉ LOBO TORRES, Abogado, en representación de la empresa SERVICIOS GASTRONÓMICOS ROUSS HABANA SPA, persona jurídica de derecho privado, ambos domiciliados para estos efectos en calle 12 Norte N° 785, ofi
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