Juzgado de Letras y Gar. de Quellón

SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA / LOW

Rol

C-465-2023

Fecha

2 de noviembre de 2023

Materia

PESCA Y ACUICULTURA, INFRACCIONES A LA LEY DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Carlos Rodolfo Rifo Martínez, cédula nacional de identidad N° 12.242.169-4, fiscalizador funcionario del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA, RUT N° 60.701.005–6, organismo de derecho público, todos domiciliados en calle Talca N° 60, tercer piso, de la ciudad y comuna de Puerto Montt, formularon denuncia en contra de don Sociedad Comercial Quellón Viejo Limitada, rol único tributario N° 76.042.054-9, representada legalmente por José Low Poblete, cédula de identidad N° 9.894.639-K, se desconoce profesión u oficio, ambos domiciliados en Quellón Viejo S/N de la comuna de Quellón, fundada en los siguientes hechos. Funda su solicitud que el día 09 de agosto del 2023, a las 11:30 horas, realizaron compañía de Gloria Mondaca Aguilar, también fiscalizadora del Servicio, un control de recursos pesqueros en la planta Sociedad Comercial Quellón Viejo Ltda, rol único tributario N° 76.042.054-9 con domicilio en Quellón Viejo S/N de la comuna de Quellón, cuyo código de planta es el N°10789. Se constata la posesión de 6246 kilos (6,246 Ton.) de “Erizo” (Loxechinus albus) fresco en concha cuyo origen dan cuenta las guías de despacho n° 197 y 198. Agrega que la Resolución Exenta N° 954 del 10 de abril del año 2023, de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, establece una talla mínima de extracción para el recurso erizo (Loxechinus albus) de 6,5 centímetros de diámetro de testa, sin incluir púas. Asimismo, autoriza un máximo un rango máximo de tolerancia de un 10%, las que en ningún caso podrán ser menores a 6 centímetros. Que se muestrearon aleatoriamente 710 unidades de Erizo, de las cuales 178 unidades median menos de 6,5 centímetros. Esto corresponde a un 25,07 % de la muestra total. A este resultado se le descuenta el 10% de margen de tolerancia que permite la norma, quedando finalmente un 15% bajo talla mínima legal, lo cual es extrapolado al total del recurso en posesión del denunciado, correspondiendo a 937 kilogramos. In

Fallo

se resuelve: Que se condena a don Sociedad Comercial Quellón Viejo Limitada, ya individualizado, a una MULTA DE 14,8046 UNIDADES TRIBUTARIAS MENSUALES, vigente a la fecha de pago de la multa, como autor de la infracción al artículo 107 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en relación a lo dispuesto en la Resolución Exenta N°0955/2023 de fecha 10 de abril de 2023 de la Subsecretaría de Pesca, esto es, captura y extracción de recursos hidrobiológicos bajo la talla mínima legal, cometida en Quellón, el 09 de agosto de 2023. La multa impuesta deberá ser pagada en la Tesorería Regional o Provincial, dentro del plazo de diez días hábiles, contados desde la notificación de la presente sentencia, la que será destinada en la forma prevista en el artículo 125 N° 9 de la Ley General de Pesca y Acuicultura. Transcurrido el plazo señalado, sin acreditarse el pago de la multa ante este tribunal, se despachará orden de arresto en contra del infractor, aplicándose un día de prisión por cada unidad tributaria mensual, la que no podrá suspenderse o dejarse sin efecto, sino por orden de este tribunal, fundada en el pago de la misma. Si el sentenciado no tuviere bienes para satisfacer la multa impuesta, sufrirá la pena de reclusión, regulándose un día por cada una Unidad Tributaria Mensual. Ejecutoriada que se encuentre esta sentencia, dese cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 132 inciso 2° de la Ley 18.892. Anótese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Notifíquese al corr

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Quell nó CAUSA ROL : C-465-2023 CARATULADO : SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTURA / LOW Quellon, dos de Noviembre de dos mil veintitr sé VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don Carlos Rodolfo Rifo Martínez, cédula nacional de identidad N° 12.242.169-4, fiscalizador funcionario del SERVICIO NACIONAL DE PESCA Y ACUICULTUR

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