MÁRQUEZ/BANCO DE CHILE
Rol
C-12628-2023
Fecha
31 de octubre de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Que, con fecha 24 de julio de 2022 (folio 1) comparece don RANDEGOR BIANCO MÁRQUEZ MUÑOZ, trabajador dependiente, domiciliado para estos efectos en calle San Antonio 19, piso 25, oficina 2505, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien interpone demanda de prescripción en contra de BANCO DE CHILE, persona jurídica, de giro de su denominación, representada legalmente por don Eduardo Ebensperger Orrego, o quien actualmente sus derechos represente, ambos domiciliados en Ahumada 251, comuna y ciudad de Santiago, con la finalidad que se declare la prescripción de las acciones cambiarias emanadas del o los pagaré N° 000000061384 de fecha 01 de julio de 2015, por un monto de $5.847.595, el cual se hizo exigible y se dejó de pagar el día 04 de julio de 2018, y que se encuentra informado en Informe Comerciales Maat, bajo el número de documento 1384. Refiere que el librador de dicho pagaré es Banco de Chile, y que la demandada no inició acción judicial alguna en su contra para el cobro de las cuotas morosas del pagaré dentro del plazo que establece la ley 18.092 sobre Letras de Cambio y Pagaré. Previas citas legales, solicita tenga por interpuesta demanda de prescripción en juicio ordinario de Menor Cuantía, en contra de BANCO DE CHILE, representada por don Eduardo Ebensperger Orrego o quien actualmente sus derechos represente todos ya individualizados, y en definitiva, declare la prescripción de las acciones legales para el cobro de cuotas morosas Código: VDLVXJXXCHC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12628-2023 del pagaré se encuentran prescritas por no haber sido ejercido las acciones y derechos dentro del plazo que la ley confiere, con costas. Que con fecha 26 de septiembre de 2023 (folio 14), consta que se practicó la notificación de la demanda y su proveído, a don Eduardo Ebensperger Orrego en representación del Banco de Chile. Que, con fecha 5 de octubre de 2023 (folio 16), co
Fundamentos
CONSIDERANDO PRIMERO: Que, compareció don RANDEGOR BIANCO MÁRQUEZ MUÑOZ, quien dedujo demanda de prescripción extintiva en contra del BANCO DE CHILE, representado legalmente por don Eduardo Alberto Ebensperger Orrego, todos previamente individualizados, en razón de los antecedentes de hecho y de derecho señalados en lo expositivo de la presente sentencia y que dicen relación con la declaración de prescripción acciones cambiarias emanadas del o los pagaré N° 000000061384 de fecha 01 de julio de 2015 por un monto de $5.847.595.- y se ha hecho exigible desde el 04 de Julio de 2018, y que atendido el tiempo y la inactivad del demandado, estas se encuentran alcanzadas por la prescripción, conforme los argumentos que constan en lo expositivo de la presente sentencia. SEGUNDO: Que a su turno compareció la demandada allanándose totalmente a la demanda interpuesta solicitando que no sea condenada en costas por no haber contradicción. Código: VDLVXJXXCHC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12628-2023 TERCERO: Que, en atención a la pretensión de la demandante, a esta sentenciadora le corresponde verificar si en la especie, se cumplen los presupuestos legales para acoger la acción sub-lite. Conviene hacer presente que la prescripción constituye una institución jurídica tendiente a consolidar derechos y otorgar certeza y seguridad jurídica, sancionando al acreedor negligente que no ha ejercido las acciones pertinentes, conforme lo dispone el artículo 2514 del Código Civil. CUARTO: Que, para que en la especie opere la prescripción se exige la concurrencia de los siguientes requisitos legales, copulativos y perentorios: a) Que exista una obligación entre las partes; b) Que la acción de cobro sea prescriptible; c) Que, la prescripción sea alegada; d) Que, la prescripción no se haya interrumpido; y, e) Que, transcurra el tiempo fijado por la ley no bastando la mera inacción del acreedor. QUINTO: Que, a fin de acreditar sus asertos, la parte demandante aparejó al proceso, con la debida ritualidad procesal y sin objeciones de la contraria los siguientes documentos: 1.- PAGARÉ N°000000061384 de fecha 01 de julio de 2015, por un monto de $5.847.595.- 2.- Informe comercial Full, de fecha 22-06-2023, emitido por Maat; SEXTO: Que, la demandada, no aparejó probanza alguna que ponderar a su respecto. SÉPTIMO: Que, de las probanzas particularizada en el motivo QUINTO que antecede, apreciada conforme a las reglas contenidas en los artículos 342 y siguientes del Código de Procedimiento Civil y artículos 1700 y siguientes del Código Civil, permiten dar por acreditado los siguientes hechos: i) Que, la demandante mantiene una deuda con Banco de Chile. ii) Que, dicha deuda se encuentra amparada en un documento mercantil, pagaré número de operación 61384. Código: VDLVXJXXCHC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12628-2023 iii) Que el referi
Fallo
se resuelve: a) Que se acoge la demanda y se declara prescrita la acción cambiaria que deriva del pagaré que sustenta este litigio; b) Que cada parte pagará sus costas. ROL C-12628-2023 Regístrese, notifíquese, y, ejecutoriada la presente sentencia, obténgase copia impresa por el interesado directamente de la Oficina Judicial Virtual. PRONUNCIADA POR DOÑA ALEJANDRA PIZARRO RIQUELME, JUEZA SUPLENTE. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta y uno de Octubre de dos mil veintitr sé Código: VDLVXJXXCHC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-12628-2023 Código: VDLVXJXXCHC Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-31T11:22:23-0300
Texto Completo (Preview)
C-12628-2023 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-12628-2023 CARATULADO : M RQUEZ/BANCO DE CHILEÁ Santiago, treinta y uno de Octubre de dos mil veintitr sé VISTOS Que, con fecha 24 de julio de 2022 (folio 1) comparece don RANDEGOR BIANCO MÁRQUEZ MUÑOZ, trabajador dependiente, domiciliado para estos efectos en calle San Antonio 19, pis
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