Juzgado de Letras del Trabajo de Iquique

SEGURA/INVERSIONES SILVA SPA

Rol

O-222-2023

Fecha

20 de febrero de 2024

Materia

Despido injustificado, Indemnización del artículo 87 del Estatuto Docente, Indemnización por años de servicios, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

hechos señalados en la demanda respecto especialmente la existencia del vínculo laboral, su extensión, el monto de la remuneración, que el despido que afectó al actor es indebido y que la demandada adeuda a las prestaciones que la actor alega. Que, de conformidad a lo prevenido por el artículo 453 N°3 inciso final del Código del Trabajo, no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos que resolver se da por concluida la presente audiencia y se procede a dictar sentencia en forma inmediata. Por estas consideraciones y conforme lo prevenido por los artículos 1, 3, 5, 7, 9, 10, 63, 73, 168, 172, 420, 425, 446 y siguientes del Código del Trabajo, todos del Código del Trabajo; artículo 1545, 1546 y 1698 del Código Civil. SE DECLARA: I.- Que, se ACOGE, en todas sus partes, la demanda impetrada por don DAFNER LEANDRO SEGURA OLIVAREZ, trabajador, con domicilio en calle Óscar Bonilla N°1709, de la ciudad Iquique; en contra de la demandada INVERSIONES SILVA SPA, rol único tributario N°76.344.688-3, representada por don ENZO SILVA BRIONES, ignora profesión u oficio, con domicilio en Avenida Arturo Prat N°1670, Sitio 33, Barrio Industrial, Iquique. En consecuencia, se declara que la demandada deberá pagar al actor –ambas partes debidamente individualizadas-, las siguientes sumas por los conceptos que se indican: .- $526.420.-, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. .- $3.158.520.-, por de indemnización por años de servicio. .- $2.526.816.-, por concepto de recargo del 80% de la letra c) del artículo 168 del Código del Trabajo. .- $298.305.-, por concepto de remuneraciones por 17 días pendientes del mes de febrero de 2023. II.- Que, las sumas señaladas generarán intereses y deberán ser reajustadas de conformidad a lo prevenido por los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que, a las sumas referidas habrá de descontársele el monto de $3.000.000.- suma por la que la demandante y demandada solidaria arribaron a un acuerdo. IV.- Q

Fallo

Por estas consideraciones y conforme lo prevenido por los artículos 1, 3, 5, 7, 9, 10, 63, 73, 168, 172, 420, 425, 446 y siguientes del Código del Trabajo, todos del Código del Trabajo; artículo 1545, 1546 y 1698 del Código Civil. SE DECLARA: I.- Que, se ACOGE, en todas sus partes, la demanda impetrada por don DAFNER LEANDRO SEGURA OLIVAREZ, trabajador, con domicilio en calle Óscar Bonilla N°1709, de la ciudad Iquique; en contra de la demandada INVERSIONES SILVA SPA, rol único tributario N°76.344.688-3, representada por don ENZO SILVA BRIONES, ignora profesión u oficio, con domicilio en Avenida Arturo Prat N°1670, Sitio 33, Barrio Industrial, Iquique. En consecuencia, se declara que la demandada deberá pagar al actor –ambas partes debidamente individualizadas-, las siguientes sumas por los conceptos que se indican: .- $526.420.-, por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. .- $3.158.520.-, por de indemnización por años de servicio. .- $2.526.816.-, por concepto de recargo del 80% de la letra c) del artículo 168 del Código del Trabajo. .- $298.305.-, por concepto de remuneraciones por 17 días pendientes del mes de febrero de 2023. II.- Que, las sumas señaladas generarán intereses y deberán ser reajustadas de conformidad a lo prevenido por los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que, a las sumas referidas habrá de descontársele el monto de $3.000.000.- suma por la que la demandante y demandada solidaria arribaron a un acuerdo. IV.- Que, se cond

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ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA IQUIQUE, 20 de febrero del 2024 RUC 23-4-0479251-2 RIT O-222-2023 MAGISTRADO MARCELA MABEL DIAZ MENDEZ ADMINISTRATIVO DE ACTAS Fabiola Orrego Acuña (Sala 2) HORA DE INICIO 08:29 horas. HORA DE TERMINO 08:35 horas. Nº REGISTRO DE AUDIO 2340479251-2-1334-240220-01 PARTE DEMANDANTE DAFNER LEANDRO SEGURA OLIVÁREZ, Rut: 18

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