2º Juzgado Civil de Concepción

MÉNDEZ/CABEZAS

Rol

C-1314-2023

Fecha

30 de octubre de 2023

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: A folio 1 comparece don Joaquín Ignacio Ferrada Loaiza, abogado, domiciliado en calle O’Higgins n°650, comuna de Concepción, en representación convencional de doña PATRICIA DEL PILAR MÉNDEZ CAÑETE, pensionada, domiciliada en pasaje Del Estero n°1003, comuna de Tomé, e interpone demanda de cese de uso gratuito, en contra de don ESTEBAN DEL ROSARIO CABEZAS PAREDES, carpintero, domiciliado en Calle 10, número 19, Población J. Carrera Pinto ex – G. Bulnes, comuna de Penco, solicitando que se declare que el demandado debe cesar inmediatamente y con auxilio de la fuerza pública, si fuere necesario, en el goce que actualmente tiene en el inmueble de calle 10, número 19, Población J. Carrera Pinto ex – G. Bulnes, que corresponde al lote N° 2 de la manzana o sector “I”, comuna de Penco, con costas. Funda su demanda indicando que, el demandado es, en conjunto con la demandante, comuneros del inmueble quedado al fallecimiento de don Pedro Arcenio Soto Figueroa, correspondiente al de “calle diez (10) de julio número diecinueve (19) de la Población J. Carrera Pinto ex – G. Bulnes, que corresponde al lote número dos (N°2) de la manzana o sector “I”, comuna de Penco, provincia de Concepción, cuyos deslindes son al NORTE, lote uno (1); SUR, lote tres (3); ORIENTE, otros propietarios; PONIENTE, calle diez (10) de julio ex infantería”, lo anterior según posesión efectiva de la herencia concedida por auto de fecha 28 de abril de 2004, dictado por el Primer Juzgado de Letras en lo civil de Concepción, auto inscrito a fojas “2704 n° 2013” en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Concepción del año 2004 y testamento otorgado en notaría de la Código: JBXJXJEPXMB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ciudad de Penco con fecha 4 de septiembre de 2001, inscrito a fojas “2705 n° 2014” en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Concepción correspondiente al año 2004, todo lo cual

Fundamentos

CONSIDERANDO: 1°. Que, compareció don Joaquín Ignacio Ferrada Loaiza, abogado, en representación convencional de doña PATRICIA DEL PILAR MÉNDEZ CAÑETE, e interpone demanda de cese de uso gratuito, en contra de don ESTEBAN DEL ROSARIO CABEZAS PAREDES, solicitando que se declare que el demandado debe cesar inmediatamente y con auxilio de la fuerza pública, si fuere necesario, en el goce que actualmente tiene en el Código: JBXJXJEPXMB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inmueble de calle 10, número 19, Población J. Carrera Pinto ex – G. Bulnes, que corresponde al lote N° 2 de la manzana o sector “I”, comuna de Penco, con costas; conforme a lo señalado en la parte expositiva del fallo. 2° Que, la demandada estando debidamente emplazada, no contestó la demanda, por lo que no hay excepciones opuestas, alegaciones ni simples defensas que analizar a su respecto; no obstante, por su silencio, ha de entenderse que niega los hechos alegados en el libelo. 3°. Que, la demandante con el fin de acreditar los fundamentos de hecho de su pretensión, rindió prueba documental y confesional. I. DOCUMENTAL: A folio 1, acompañó legalmente y sin que fuera objetado por la contraparte en la oportunidad procesal correspondiente: 1) Certificado de dominio vigente de la inscripción de dominio de FOJAS 2619 NÚMERO 1188 DEL AÑO 2005 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Penco. 2) Copia autorizada de inscripción registro propiedad año 2005 fs. 2619 nº 1188 del Conservador de Bienes Raíces de Penco. 3) Copia autorizada de inscripción registro propiedad año 2011 fs. 29 nº 22 del Conservador de Bienes Raíces de Penco. 4) Copia autorizada de inscripción registro propiedad año 2017 fs. 2547 nº 1029 del Conservador de Bienes Raíces de Penco. II. CONFESIONAL: Que, en resolución de folio 41, con el mérito de la certificación practicada por el Receptor Judicial, con fecha 20 de julio de 2022 (folio 39), que dio cuenta de la incomparecencia del demandado a la audiencia de absolución de posiciones en segundo llamado; se hizo efectivo el apercibimiento contenido en el artículo 394 del Código de Procedimiento Civil, esto es, se tuvo por confeso en todos aquellos hechos que están categóricamente afirmados en el pliego de posiciones que se acompañó legalmente a folio 25 cuyas posiciones son las siguientes: Código: JBXJXJEPXMB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 1. Para que diga el absolvente, ¿Cómo es efectivo que usted compro acciones y derechos de la propiedad objeto de la presente causa? 2. Para que diga el absolvente, ¿Cómo es efectivo que usted vive en dicha propiedad desde septiembre del año 2017? 3. Para que diga el absolvente, ¿Cómo es efectivo que usted vive en dicha propiedad desde el 21 de septiembre del año 2017? 4. Para que diga el absolvente, ¿Cómo es efectivo que doña Patricia del Pilar Méndez Cañete, se acercó a u

Fallo

por tanto el cese de goce gratuito en bien común con el demandado y que se autorice la subdivisión, partición y adjudicación del mismo. A folio 9, consta que con fecha 18 de abril de 2023, se notificó conforme lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil a don ESTEBAN DEL ROSARIO CABEZAS PAREDES; encontrándose por tanto, legalmente emplazado en la presente causa. A folio 13 consta acta de audiencia de contestación y conciliación, que se llevó a efecto con fecha 25 de abril de 2023, con la asistencia del abogado de la parte demandante, don Joaquín Ferrada Loaiza y del demandado. Atendido que, el demandado compareció sin asistencia letrada se tuvo por contestada la demanda en su rebeldía. Llamadas las partes a conciliación, esta no se produjo. A folio 14, se recibió la causa a prueba. A folio 47, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: 1°. Que, compareció don Joaquín Ignacio Ferrada Loaiza, abogado, en representación convencional de doña PATRICIA DEL PILAR MÉNDEZ CAÑETE, e interpone demanda de cese de uso gratuito, en contra de don ESTEBAN DEL ROSARIO CABEZAS PAREDES, solicitando que se declare que el demandado debe cesar inmediatamente y con auxilio de la fuerza pública, si fuere necesario, en el goce que actualmente tiene en el Código: JBXJXJEPXMB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl inmueble de calle 10, número 19, Población J. Carrera Pinto ex – G. Bu

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Concepci nó CAUSA ROL : C-1314-2023 CARATULADO : M NDEZ/CABEZASÉ Concepción, treinta de Octubre de dos mil veintitrés. Visto: A folio 1 comparece don Joaquín Ignacio Ferrada Loaiza, abogado, domiciliado en calle O’Higgins n°650, comuna de Concepción, en representación convencional de doña PATRICIA DEL PILAR MÉNDEZ CAÑETE, pensionada, d

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