1º Juzgado Civil de Santiago

CRESPILLO/

Rol

V-185-2023

Fecha

31 de octubre de 2023

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: A folio 1, rectificada a folio 17, comparece RODRIGO ALFONSO SALAMANCA PALACIOS, abogado, en representación, de EDGARDO ANDRÉS CRESPILLO ECHEVERRÍA, chileno, soltero, factor de comercio, con cédula de identidad N°14.112.439-0, de 42 años, no sujeto a tutela o curaduría o bajo potestad de padre; y de CARLOS MAXIMILIANO CRESPILLO ECHEVERRÍA, chileno, soltero, ingeniero comercial, cédula de identidad N°19.077.706-5, de 28 años, no sujeto a tutela o curaduría o bajo potestad de padre; ambos con domicilio en Avenida Providencia número 1208, oficina 504, comuna de Providencia, solicitando autorización para donar en forma irrevocable, gratuita, por mera liberalidad, de un 20% de los derechos sociales, de los que cada uno es dueño, de la sociedad INMOBILIARIA ECO II LIMITADA, RUT N°77.465.579-4, por un valor de $100.502.038.- de cada donación, al donatario FELIPE IGNACIO CRESPILLO ECHEVERRÍA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil industrial, cédula de identidad N°15.962.377-7. Expresa que su representado EDGARDO ANDRÉS CRESPILLO ECHEVERRÍA, es dueño de Derechos sociales en la proporción de un 20% en la sociedad de responsabilidad limitada denominada INMOBILIARIA ECO II LIMITADA, y que su representado CARLOS MAXIMILIANO CRESPILLO ECHEVERRÍA, también es dueño de Derechos sociales en la proporción de un 20% en la misma sociedad. Agrega que el donatario es hermano de ambos donantes. Continúa indicando que el donante EDGARDO ANDRÉS CRESPILLO ECHEVERRÍA es titular de bienes e inversiones más que suficientes para asegurar su subsistencia y los eventuales derechos que a sus legitimarios puedan corresponderles, entre los cuales se encuentran otros Código: GHYFXJNYPLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 derechos sociales en las sociedades ASESORÍAS E INVERSIONES MC LIMITADA, en INMOBILIARIA ECO LIMITADA, en ASESORÍAS ECO LIMITADA, más Inversiones administradas por Tanner, e

Fallo

SE DECLARA: Se autoriza la donación solicitada por EDGARDO ANDRÉS CRESPILLO ECHEVERRÍA, cédula de identidad N°14.112.439-0, y de CARLOS MAXIMILIANO CRESPILLO ECHEVERRÍA, cédula de identidad N°19.077.706-5, en forma irrevocable, gratuita, por mera liberalidad, de un 20% de los derechos sociales, de los que cada uno es dueño, de la sociedad INMOBILIARIA ECO II LIMITADA, RUT N°77.465.579-4, por un valor de $100.502.038.- de cada donación, al donatario FELIPE IGNACIO CRESPILLO ECHEVERRÍA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, ingeniero civil industrial, cédula de identidad N°15.962.377-7. Asimismo, de acuerdo con los Certificados de Pago del Impuesto a las Donaciones del donatario, de fecha 3 de Código: GHYFXJNYPLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 agosto de 2023, emitidos por el Director Regional Rancagua del Servicio de Impuestos Internos, se declara que el impuesto que grava la insinuación de donación respecto de cada uno de los donatarios, se encuentra totalmente pagado. Notifíquese, regístrese, y archívese en su oportunidad. V- 185-2023 Resolvió Isabel Margarita Zúñiga Alvayay, Jueza Titular del Primer Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta y uno de Octubre de dos mil veintitr sé Código: GHYFXJNYPLB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http

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Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-185-2023 CARATULADO : CRESPILLO/ Santiago, treinta y uno de Octubre de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1, rectificada a folio 17, comparece RODRIGO ALFONSO SALAMANCA PALACIOS, abogado, en representación, de EDGARDO ANDRÉS CRESPILLO ECHEVERRÍA, chileno, soltero, factor de comercio, con céd

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