11º Juzgado Civil de Santiago

VERGARA/VERGARA

Rol

C-6961-2022

Fecha

30 de octubre de 2023

Materia

TESTAMENTO, NULIDAD DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Que compareció doña Beatriz Javiera Vergara Vergara, empleada, domiciliada en calle Alberto Pepper N°1420, comuna de Renca, quien interpuso demanda de nulidad de testamento en contra de doña Gloria Sara Vergara Jara, empleada, domiciliada en calle Máximo Humbser N°527, departamento 203, comuna de Santiago, quien solicitó, en definitiva, que se declare la nulidad absoluta de testamento solemne cerrado, por carecer de los requisitos y formalidades esenciales para su validez, con expresa condena en costas. Manifestó que el 22 de julio de 2021, su padre, Manuel Marcial Vergara Garcés, falleció en la ciudad de Arica, quedando su defunción inscrita en dicha circunscripción bajo el N°1107 del año 2021, según consta en la partida de defunción. Precisó que Manuel Marcial Vergara Garcés (Q.E.P.D.), el 24 de abril de 2017, otorgó testamento cerrado ante el Notario de Santiago, don Clovis Toro Campos, con oficio en calle Compañía N°1312 de esta ciudad, actual Notaría de don Pablo José Hales Beseler, actuando como testigos, a saber: doña Sara Ruth Jara Guiñez, chilena, soltera, dueña de casa, C.I. N°5.638.629-7, domiciliada actualmente en calle Máximo Humbser N°527, Depto. 203, comuna de Santiago; don Pedro Alfonzo Salgado Salame, chileno, divorciado, empleado, C.I. N°8.030.991-0, domiciliado actualmente en Pasaje Gellona N°3578, casa 32, comuna de Quinta Normal; y doña Vinka María Aravena Indo, chilena, divorciada, empleada, C.I. N°9.314.797-9, domiciliada actualmente en calle Compañía de Jesús N°1291, oficina 416-417, comuna de Santiago. Refirió que el 31 de agosto de 2021, se presentó una solicitud de Apertura de Testamento ante el 17° Juzgado Civil de Santiago. A su vez, el 14 de abril de 2022, se realizó la audiencia de apertura de testamento, en el que se revisó el sobre que contiene el testamento cerrado, el acta que se Código: YXWVXJXGEMB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl encuentra pegado al

Fundamentos

Considerando: Primero: Que ha comparecido doña Beatriz Javiera Vergara Vergara, quien interpuso demanda de nulidad de testamento, en contra de doña Gloria Sara Vergara Jara, y solicitó que en definitiva se declare la nulidad absoluta de testamento solemne cerrado, por carecer de los requisitos y formalidades esenciales para su validez, con expresa condena en costas. Fundó la demanda sobre nulidad de testamento, en los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: Que la demandada solicitó el rechazo de la demanda sobre nulidad de testamento, con base a las alegaciones de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Tercero: Que la carga de la prueba puede ser definida como la necesidad de las partes de probar los hechos que constituyen el supuesto fáctico de la norma jurídica que invocan a su favor a riesgo de obtener una resolución desfavorable a sus pretensiones y resistencias. Conforme a lo anterior, el ordenamiento positivo nacional regula el onus probandi en el artículo 1698 del Código Civil, al señalar que: “Incumbe probar las obligaciones o su extinción al que alega aquéllas o ésta”. Cuarto: Que, para acreditar los presupuestos de la pretensión contenida en la demanda, la actora acompañó la siguiente prueba instrumental no objetada de contrario: 1. Certificado de Defunción de Manuel Marcial Vergara Garcés con data de 22 de julio de 2021. 2. Certificado de nacimiento de doña Beatriz Javiera Vergara Vergara, de 20 de diciembre de 1961. 3. Copia de Informe de Inscripción en el Registro Nacional de Testamento de Manuel Marcial Vergara Garcés, de 24 de abril de 2017, ante la Notaría de Clovis Toro Campos. 4. Resolución de fecha 13 de julio de 2022 en causa V-233-2021 del 17° Juzgado Civil de Santiago. Refiere que “Sin perjuicio de lo ordenado a folio 51, atendido el mérito de los antecedentes acompañados a los autos, lo Código: YXWVXJXGEMB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl informado por el Notario Público de Santiago don Pablo José Hales Beseler a folio 48, lo acontecido en la audiencia celebrada con fecha 14 de abril de 2022, y no constando que el documento acompañado por la solicitante, guardado en la custodia del Tribunal bajo el N°4996-2021, cumpla con las solemnidades legales impuestas por los artículos 1023 y 1024 del Código Civil, por cuanto ni el testamento acompañado, ni el sobre que lo contiene, cuenta con la firma y signo del Notario Público Sr. Clovis Toro, formalidad cuya omisión tiene como consecuencia que el testamento no tiene valor alguno, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1026 del referido cuerpo legal, se rechaza la solicitud de apertura de testamento presentada a folio 1, para todos los efectos legales”. Y certificado de ejecutoria de resolución de 11 de agosto de 2022. 5. Carpeta Virtual de causa V-233-2021 del 17° Juzgado Civil de Santiago. 6. Informe del Serv

Fallo

Por tanto, es falso lo que indica la abogada de la demandada en el sentido de que no se tuvo conocimiento del contenido del testamento. Por otra parte, la Código: YXWVXJXGEMB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl representación de la contraria se equivoca en señalar que se interpuso una demanda para proceder a la apertura del testamento ya que legal y procesalmente se trata de un procedimiento voluntario cuyo propósito fue conocer y respetar la voluntad del causante. Añadió que la representación de la demandada tiene un actuar desprolijo ya que como se puede observar en la causa V-233-2021 tramitada ante el 17º Juzgado Civil de Santiago mediante resolución de fecha 13 de julio de 2022 el testamento otorgado no cumple con las formalidades requeridas por ley, por tanto se declaró expresamente que no tiene valor alguno y por este motivo se rechazó la solicitud principal en aquellos autos. Frente a esta sentencia del tribunal antes señalado, el 11 de agosto de 2022 certificó la ejecutoriedad de la resolución del 13 de julio, sin que se haya deducido recurso alguno para desvirtuar el rechazo a la solicitud, por lo que resulta evidente que el testamento otorgado no reúne los requisitos para su validez legal, por tanto, y con el fin último de regularizar la situación patrimonial de los herederos de Manuel Marcial Vergara Garcés, es que solicita la declaración de nulidad del testamento otorgado para proceder a efectuar

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-6961-2022 CARATULADO : VERGARA/VERGARA Santiago, treinta de octubre de dos mil veintitrés. Visto: Que compareció doña Beatriz Javiera Vergara Vergara, empleada, domiciliada en calle Alberto Pepper N°1420, comuna de Renca, quien interpuso demanda de nulidad de testamento en contra de doña Gloria Sara Vergara Jara

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