1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

RODRÍGUEZ/ANTDIGITAL SPA

Rol

T-2103-2022

Fecha

19 de febrero de 2024

Materia

Art. 19 Nº 1 CPR. Derecho a la vida y la integridad

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Visto y dispuesto en las disposiciones legales siguientes artículos 1, 2, 3, 5, 7, 9, 32, 33, 41 y siguientes, 54, 58, 63, 67, 73, 162, 163, 168, 171, 172, 173, 420 y siguientes, 440 a 462, 485 a 493 del Código del Trabajo, se resuelve que: Se acoge la acción de reconocimiento de relación laboral interpuesta por doña PILAR RODRIGUEZ ORIA, trabajadora, cédula de identidad Nº 17.957.383-0, en contra de su ex empleador ANT DIGITAL SPA., sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario 76.691.021-1, representada legalmente conforme a lo dispuesto en el artículo 4º del Código del Trabajo por don MARIANO ERIZA LABBE , declarando que: I.-La relación laboral comenzó el 1 de marzo de 2022 y terminó el 1 de septiembre de 2022. II.- Se acoge la acción de tutela de derechos fundamentales interpuesta por doña PILAR RODRIGUEZ ORIA, trabajadora, cédula de identidad Nº 17.957.383-0, en contra de su ex empleador ANT DIGITAL SPA., sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario 76.691.021-1, representada legalmente conforme a lo dispuesto en el artículo 4º del Código del Trabajo por don MARIANO ERIZA LABBE , declarando que: 1.- PILAR RODRIGUEZ ORIA fue gravemente vulnerada en sus derechos fundamentales durante la vigencia de la relación laboral con ANT DIGITAL SPA. Particularmente su derecho a la integridad física y psíquica y que la conducta ejercida por sus jefes no fue con respeto a su dignidad como persona, en los términos del art. 2° del Código del Trabajo. 2.- Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 489 del Código del Trabajo en relación al inciso cuarto del artículo 162, se condena a la demandada al pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo ascendiente a la cantidad de $ 854.701 (ochocientos cincuenta y cuatro mil setecientos un peso). 3.- Que se condene a la demandada, al pago de la indemnización adicional establecida en el artículo 489 inciso 3° del código del Trabajo, equivalente a la suma de $9.401.711.- (nueve millones cuatrocie

Fundamentos

fundamentos quedaran en ese sustrato, solamente lo resolutivo de la sentencia quedará escrito.  DICTACIÓN DE SENTENCIA Santiago, a diecinueve de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ha comparecido ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Pilar Rodríguez Oria, cédula de identidad número 17.957.383-0, con domicilio en Jorge Washington Nº 191, Of. 503, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, interponiendo demanda en procedimiento de tutela labora en contra de Ant Digital SPA., Rut número 76.691.021-1, representada legalmente por Mariano Eriza Labbe, cedula de identidad Nº 16.652.831-3, ambos con domicilio en Los Leones Nº 936, Of. G, Comuna de Providencia, Región Metropolitana. Visto y dispuesto en las disposiciones legales siguientes artículos 1, 2, 3, 5, 7, 9, 32, 33, 41 y siguientes, 54, 58, 63, 67, 73, 162, 163, 168, 171, 172, 173, 420 y siguientes, 440 a 462, 485 a 493 del Código del Trabajo,

Fallo

se resuelve que: Se acoge la acción de reconocimiento de relación laboral interpuesta por doña PILAR RODRIGUEZ ORIA, trabajadora, cédula de identidad Nº 17.957.383-0, en contra de su ex empleador ANT DIGITAL SPA., sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario 76.691.021-1, representada legalmente conforme a lo dispuesto en el artículo 4º del Código del Trabajo por don MARIANO ERIZA LABBE , declarando que: I.-La relación laboral comenzó el 1 de marzo de 2022 y terminó el 1 de septiembre de 2022. II.- Se acoge la acción de tutela de derechos fundamentales interpuesta por doña PILAR RODRIGUEZ ORIA, trabajadora, cédula de identidad Nº 17.957.383-0, en contra de su ex empleador ANT DIGITAL SPA., sociedad del giro de su denominación, Rol Único Tributario 76.691.021-1, representada legalmente conforme a lo dispuesto en el artículo 4º del Código del Trabajo por don MARIANO ERIZA LABBE , declarando que: 1.- PILAR RODRIGUEZ ORIA fue gravemente vulnerada en sus derechos fundamentales durante la vigencia de la relación laboral con ANT DIGITAL SPA. Particularmente su derecho a la integridad física y psíquica y que la conducta ejercida por sus jefes no fue con respeto a su dignidad como persona, en los términos del art. 2° del Código del Trabajo. 2.- Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 489 del Código del Trabajo en relación al inciso cuarto del artículo 162, se condena a la demandada al pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo ascendiente a la cantid

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO Tutela, telemático. FECHA 25/07/2023, Santiago RUC 22- 4-0443576-4 RIT T-2103-2022 CARATULADO RODRÍGUEZ/ANTDIGITAL SPA MAGISTRADO ALEX RENÉ SAMUEL AYALA PAJARITO ADMINISTRATIVO DE ACTAS Eduardo Albano Gallardo HORA DE INICIO 12:00 HORA DE TERMINO 12:35 SALA Sala 1.2 Nº REGISTRO DE AUDIO 22

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica