17º Juzgado Civil de Santiago

BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/VALENZUELA

Rol

C-2699-2019

Fecha

30 de octubre de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que con fecha 21 de enero de 2019, mediante presentaci n ingresadaó a trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece don é Oscar Fuentes M rquezá , abogado, en representaci n convencional, del ó Banco de Cr ditoé e Inversiones, Sociedad An nima Bancaria, cuyo Gerente General es donó Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, todos domiciliados en Avda. Libertador Bernardo O Higgins N 1449, Torre 4, Piso 8, Edificio’ º Santiago Downtown, Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de don Carlos Emilio Valenzuela Matamala, desconoce profesi nó u oficio, domiciliado en Pasaje Rio Los Quenes 1411, Comuna de La Florida, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo poró la suma de $6.515.959.-, m s intereses y costas. á Indica que en virtud del pagar sin protesto cuota fija tasa fija ené pesos, suscrito por don Juan Manuel Ni o de Zepedañ Luza, en representaci n del Banco de Cr dito e Inversiones, y ste en representaci nó é é ó del ejecutado, este ltimo se oblig al pago por la suma de ú ó $6.796.441.- pagadero en 59 cuotas mensuales, iguales y sucesivas por un valor de $150.724.- cada una, correspondiendo el pago de la primera de ellas al d aí 24 de julio de 2018 y las restantes los d as 24 de cada mes, venciendo laí ltima el d a 24 de mayo de 2023. En el referido pagar se estipul que laú í é ó cantidad adeudada devengar , a contar de la fecha de suscripci n un inter sá ó é del 0,94% mensual vencido, durante todo el plazo pactado, y que se pagar an en las mismas fechas se aladas para la amortizaci n de capital.í ñ ó Código: XCSRXJDJVEB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2699-2019 Foja: 1 Agrega que se estableci que en caso de mora o simple retardo en eló pago de una cualquiera de las cuotas en que se divide la presente obligaci n, se considerar a el pagar de plazo vencido, dando derecho aó í é hacer exigible el monto total del saldo insoluto adeudado a esa fecha, de

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, en autos, Banco de Cr dito e Inversiones, deduceé demanda ejecutiva en contra de don Carlos Emilio Valenzuela Matamala, ignora ocupaci n u oficio, solicitando sea condenada a pagar la suma deó $6.515.959.-, raz n por la que hace exigible por medio de la demanda eló total adeudado, m s intereses y costas. á SEGUNDO: Que, el ejecutado, debidamente representado, opuso la excepci n contemplada en el art culo 464 N 17 del C digo deó í ° ó Procedimiento Civil, por los argumentos de hecho y de derecho rese adosñ en la parte expositiva de esta sentencia. Código: XCSRXJDJVEB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2699-2019 Foja: 1 TERCERO: Que la parte ejecutante al contestar el traslado conferido, se allan a la excepci n deducida, solicitando no ser condenadaó ó en costas. CUARTO: Que, seg n lo dispone el art culo 2514 del C digo Civilú í ó La prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige“ ó solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n se hayaó hecho exigible , mientras que, por su parte, el art culo 98 de la Ley N” í ° 18.092, precept a que el plazo de prescripci n de las acciones cambiarias,ú ó que incluye al pagar por indicaci n expresa del art culo 107 de la leyé ó í aludida, es de un a o contado desde el d a de vencimiento del documento.ñ í QUINTO: Que de lo establecido precedentemente, y al ser el t tuloí fundante de esta ejecuci n un pagar cuyo vencimiento se encuentraó é estipulado en cuotas, corresponde computar el plazo de prescripci nó aludido desde la fecha de vencimiento desde un a o posterior a la fecha delñ vencimiento referido en lo expositivo, lo que aconteci con fecha 24 deó octubre de 2019, y dado que la notificaci n de la demanda ejecutiva seó produjo con fecha 14 de septiembre de 2023, seg n consta a folio 15, ú es incuestionable que el pagar de autos se encuentra en la situaci n descritaé ó por el legislador en el p rrafo anterior. á SEXTO: Que, en consecuencia, habiendo transcurrido a la fecha de notificaci n de la demanda ejecutiva el plazo establecido por el legislador enó el art culo 98 de la Ley N 18.092; y teniendo especialmente presente elí ° allanamiento de la ejecutante, se acoger la excepci n opuesta por laá ó ejecutada, seg n como se dir en lo resolutivo.ú á S PTIMOÉ : Que, atendido a que la actora ha tenido motivo plausible para litigar, habi ndose allanado a la excepci n opuesta y unido a que laé ó prescripci n debe impetrarse por quien desea aprovecharse de ella, deó conformidad a lo dispuesto en el art culo 144, en relaci n con el art culoí ó í 471, ambos del C digo de Procedimiento Civil, no se impondr el pago deó á las costas a la ejecutante. Código: XCSRXJDJVEB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2699-2019 Foja: 1

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los art culos 144, 160,í 170, 434, 464, 471, 473 y 474 del C digo de Procedimiento Civil; art culoó í 1698, 2514, 2515 y dem s pertinentes del C digo Civil; y dem s normasá ó á aplicables, se declara: I. Que se acoge la excepci n de prescripci n de la acci nó ó ó cambiaria emanada del Pagar N de operaci n D41699918429é ° ó de fecha 04 de julio de 2018, suscrito por don Carlos Emilio Valenzuela Matamala, a la orden de Banco de Cr dito eé Inversiones, por la suma de $6.515.959.-, enerv ndose laá ejecuci n; yó II. Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í DICTADA POR DO A MAR A ISABEL REYES KOKISCH,Ñ Í JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA DO A MARIELLAÑ RISOPATRON CERNA, SECRETAR A SUBROGANTE.Í Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de Octubre de dos mil veintitr sé Código: XCSRXJDJVEB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2699-2019 Foja: 1 Código: XCSRXJDJVEB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-30T11:46:15-0300

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C-2699-2019 Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2699-2019 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/VALENZUELA Santiago, treinta de Octubre de dos mil veintitr sé VISTOS: Que con fecha 21 de enero de 2019, mediante presentaci n ingresadaó a trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece don é Oscar Fuentes M rquezá , abo

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