17º Juzgado Civil de Santiago

TESORERÍA GENERAL DE LA REPUBLICA DE CHILE/SUÁREZ

Rol

C-4588-2021

Fecha

30 de octubre de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que con fecha 18 de mayo de 2021, mediante presentaci n ingresadaó a trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece do a é ñ Leslie Loreto Merino Mendoza, abogada, mandataria judicial en representaci n deó Scotiabank Chile, representada legalmente por su Gerente General, don Francisco Sard n Taboada, abogado, todos domiciliados, para estos efectos,ó en Morand N 226, comuna y ciudad de Santiago, quien comparece a sué º vez en calidad de mandatario especial de la Tesorer a General de laí Rep blica, con domicilio en calle Teatinos 28, comuna y ciudad deú Santiago, quien interpone demanda ejecutiva en contra de Constanza Alexandra Suarez Orellana, CI 18.396.096-2, ignora profesi n u oficio,ó domiciliada en Pasaje Los Tulipanes 252, Villa Los Valcanes, Rancagua, solicitando se despache mandamiento de ejecuci n y embargo por laó cantidad de U.F. 476,9851.-, equivalente en pesos al d a 18 de mayo deí 2021 a la suma de $14.101.453.-, m s intereses y costas.á Funda la demanda en que su representada es acreedora del demandado en los siguientes documentos 1) Pagar suscrito con fecha é 16 de abril de 2021, por Scotiabank, en representaci n de ó la ejecutada, en virtud del mandato conferido por este ltimo en la cl usula 15 y 16 del Contratoú á de Apertura de l nea de cr dito para Estudiantes de Educaci n Superior coní é ó Garant a Estatal seg n Ley 20.027, y que se acompa a en el primer otrosí ú ñ í de este libelo, por la suma de 47,6985 y 2) Pagar suscrito con fecha é 16 de abril de 2021, por Scotiabank, en representaci n de ó la ejecutada, en virtud Código: LLSXXJHYNEB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4588-2021 Foja: 1 del mandato conferido por este ltimo en la cl usula 15 y 16 del Contratoú á de Apertura de l nea de cr dito para Estudiantes de Educaci n Superior coní é ó Garant a Estatal seg n Ley 20.027, y que se acompa a en el primer otrosí ú ñ í de este libelo, por la suma de 429,2866 UF. Exp

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que en autos, Scotiabank Chile, deduce demanda ejecutiva de cobro de dos pagar s en contra de é do a Constanza Alexandrañ Suarez Orellana, a fin de que pague la cantidad de U.F. 476,9851 .-, equivalente en pesos al d a 18 de mayo de 2021 a la suma de $í 14.101.453.-, m s intereses y costas, conforme a los argumentos referidosá en lo expositivo de este fallo. SEGUNDO: Que, el ejecutado, debidamente representado, opuso a la ejecuci n la excepci n contemplada en el N 17 del art culo 464 deló ó ° í C digo de Procedimiento Civil, argumentando que la acci n cambiariaó ó emanada de los pagar s que sustentan la presente ejecuci n se encuentrané ó prescritas, de acuerdo a los antecedentes rese ados al principio de estañ sentencia. TERCERO: Que la ejecutante, no evacuo el traslado a la excepci nó deducida, raz n por la cual se tuvo por evacuado el mismo en su rebeld a.ó í CUARTO: Que la ejecutante sustent el presente juicio en entreó – otros- los siguientes documentos guardados en la custodia del tribunal bajo el N 2778-2021: 1)° Pagar Financiamiento de Estudios de Educaci né ó Superior con Garant a del Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027), de fecha 16í de abril de 2021, por la cantidad de capital de UF 47,6985 .- pagadera el d a 26 de abril de 2021, encontr ndose la firma del suscriptor autorizadaí á por notario p blico; 2) Pagar Financiamiento de Estudios de Educaci nú é ó Código: LLSXXJHYNEB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4588-2021 Foja: 1 Superior con Garant a del Estado, Fisco de Chile (Ley 20.027), de fecha 16í de abril de 2021, por la cantidad de capital de U.F. 429,2866.- pagadera el d a 26 de abril de 2021, encontr ndose la firma autorizada por notarioí á p blico; 3) Contrato de Apertura de L nea de Cr dito para Estudiantes deú í é Educaci n Superior, con Garant a Estatal Seg n Ley 20.027.ó í ú QUINTO: Que, de conformidad a lo prescrito en el art culo 2514í del C digo Civil, La prescripci n que extingue las acciones y derechosó “ ó ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligaci n seó haya hecho exigible , mientras que, por su parte, el art culo 98 de la Ley” í N 18.092, precept a que el plazo de prescripci n de las acciones° ú ó cambiarias, que incluye al pagar por indicaci n expresa del art culo 107 deé ó í la ley aludida, es de un a o contado desde el d a de vencimiento delñ í documento. SEXTO: Que seg n lo establecido en el considerando precedente, yú al ser los t tulos fundantes de esta ejecuci n dos pagar s cuyo vencimiento seí ó é encuentra estipulado a d a fijo y determinado, corresponde computar elí plazo de prescripci n aludido desde la fecha de vencimiento de losó respectivos documentos, lo que aconteci con fecha 26 de abril de 2021, yó dado que la notificaci n de la demanda ejecutiva se produjo con fecha 14ó de julio de 2023, seg n resoluci n de

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los art culos 144,í 160, 170, 434, 464 y 471 del C digo de Procedimiento Civil; art culos 1698ó í y 2514 del C digo Civil; art culo 8 de la Ley N 21.226; Ley N 18.092,ó í ° ° art culos 13 y 18 bis de la Ley N 20.027 y dem s normas aplicables, seí ° á declara I. Que se acoge la excepci n de prescripci n de la acci nó ó ó ejecutiva proveniente de los dos pagar s con fecha deé vencimiento el 26 de abril de 2021, suscritos por la demandada, por la cantidad de U.F. 47,6985.- y U.F. 429,2866.-, respectivamente, enerv ndose la ejecuci n; á ó II. Que se rechaza la excepci n contemplada en el N 17 deló ° art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil, opuesta por laí ó ejecutada a folio 21, respecto de la prescripci n de la deuda,ó seg n lo establecido en los considerandos 9 y 10 ; yú ° ° III. Que cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y en su oportunidad arch vese.í í í DICTADA POR DO A MARIA ISABEL REYES KOKISCH,Ñ JUEZ SUPLENTE. AUTORIZA DO A MARIELLAÑ RISOPATRON CERNA, SECRETAR A SUBROGANTE.Í Código: LLSXXJHYNEB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-4588-2021 Foja: 1 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta de Octubre de dos mil veintitr sé Código: LLSXXJHYNEB Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-30T

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C-4588-2021 Foja: 1 FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 17 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4588-2021 CARATULADO : TESORER A GENERAL DE LA REPUBLICA DEÍ CHILE/SU REZÁ Santiago, treinta de Octubre de dos mil veintitr sé VISTOS: Que con fecha 18 de mayo de 2021, mediante presentaci n ingresadaó a trav s de la Oficina Judicial Virtual, comparece do a é ñ Leslie Loreto Mer

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