HERNÁNDEZ/HERNÁNDEZ
Rol
C-72-2023
Fecha
26 de octubre de 2023
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que en mérito de los antecedentes y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos artículos 1317 del Código Civil, 227 N°2 del Código Orgánico de Tribunales y 646 del Código de Procedimiento Civil, se declara: El mérito de los antecedentes y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1317 y 2313 del Código Civil y 414, 416 y 646 del Código de Procedimiento Civil, se declara: Nómbrese al abogado, don CHRISTIAN RODRIGO MEDINA DIAZ, C.I. N°12.772.440-7, domiciliado en Urmeneta N° 305, oficina 1002, comuna de Puerto Montt, para que en calidad de árbitro en derecho, proceda a efectuar la partición y liquidación de los bienes señalados. Póngase el nombramiento en conocimiento de los interesados para que dentro de tercero día deduzcan oposición si tienen alguna incapacidad legal que reclamar en contra del nombrado. Notifíquese oportunamente al Árbitro Partidor designado para que acepte el cargo en forma oficial y proceda a su desempeño. Tómese nota en los libros respectivos. Regístrese y téngase como parte integrante de la sentencia de fojas 64, rija lo demás resuelto y archívese. ROL N° C-72-2023 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Maullin, veintis is de Octubre de dos mil veintitr sé é Código: DSKZXXMMXFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: DSKZXXMMXFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-26T13:00:29-0300
Fallo
se declara: El mérito de los antecedentes y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1317 y 2313 del Código Civil y 414, 416 y 646 del Código de Procedimiento Civil, se declara: Nómbrese al abogado, don CHRISTIAN RODRIGO MEDINA DIAZ, C.I. N°12.772.440-7, domiciliado en Urmeneta N° 305, oficina 1002, comuna de Puerto Montt, para que en calidad de árbitro en derecho, proceda a efectuar la partición y liquidación de los bienes señalados. Póngase el nombramiento en conocimiento de los interesados para que dentro de tercero día deduzcan oposición si tienen alguna incapacidad legal que reclamar en contra del nombrado. Notifíquese oportunamente al Árbitro Partidor designado para que acepte el cargo en forma oficial y proceda a su desempeño. Tómese nota en los libros respectivos. Regístrese y téngase como parte integrante de la sentencia de fojas 64, rija lo demás resuelto y archívese. ROL N° C-72-2023 Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Maullin, veintis is de Octubre de dos mil veintitr sé é Código: DSKZXXMMXFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: DSKZXXMMXFZ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-26T13:00:29-0300
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 31 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. de Maullin CAUSA ROL : C-72-2023 CARATULADO : HERN NDEZ/HERN NDEZÁ Á Maullin, veintis is de Octubre de dos mil veintitr sé é Vistos y teniendo presente: Que en mérito de los antecedentes y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos artículos 1317 del Código Civil, 227 N°2 del Código Orgánico de Tribunales y
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