Juzgado de Letras del Trabajo de Arica

MOLINA/SAN FELIPE S.A.

Rol

O-278-2023

Fecha

16 de febrero de 2024

Materia

Asignación de colación, Asignación de locomoción, Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido indirecto, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Otras Indemnizaciones, Prestaciones, Recargos, Remuneraciones, Viáticos

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y OIDO: PRIMERO: Ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, se inició causa RIT O-278-2023, en la cual don ALEXIS BENJAMIN REYES LLANTÉN, C.I. N°16.468.534-9, chileno, Constructor Civil, domiciliado en calle Ginebra N°4065, departamento N°31, Arica; don RAFAEL OCTAVIO SEÑORET RIVEROS, C.I. N°17.712.272-6, chileno, medioambientalista, domiciliado en pasaje Pirihueico N°3222, Arica; don MANUEL JESUS CONTRERAS ROMERO, C.I. N°10.478.929-3, chileno, empleado, domiciliado en calle Paula Jaraquemada N°1556, Población Patria Nueva, Arica; don SEBASTIAN ALEJANDRO LUZA LILLO, C.I. N°17.552.343-k, chileno, vigilante vial, domiciliado en calle General Lagos N°353, Arica; doña VICTORIA ALEJANDRA OJEDA CONTADOR, C.I. N° 19.147.317-5, chilena, Prevencionista de Riesgo, domiciliada en Población San José, Lauca N°1835, Arica; don GIANNI MIGUEL FOCACCI YUGO, C.I. N°9.957.786-K, chileno, Asesor Informático domiciliado en pasaje Augusto Orrego N°445, Población Tierras Blancas, Arica; don MARTIN IGNACIO MELLADO MELO, C.I. N°18.536.668-5, chileno, Supervisor, domiciliado en La Coruña N°0599, Villa España, Comuna de Los Ángeles; don MATÍAS ALONSO PEREIRA MUÑOZ, C.I. N°15.865.540-3, chileno, empleado, domiciliado en Avenida Santiago Arata N°3543, departamento 23, Villa Pedro Lagos, Arica; y don ALEXIS FEDERICO MOLINA GARCIA, C.I. N°17.012.529-0, chileno, Prevencionista de Riesgo, domiciliado en calle Gonzalo López Nº 872, ampliación O’Higgins, Arica, vienen en deducir en procedimiento de aplicación general, demanda por despido indirecto, nulidad del despido y cobro de prestaciones e indemnizaciones laborales, en contra de su ex empleadora SAN FELIPE S.A., RUT N°89.126.400-3, empresa del giro de construcción de proyectos de servicio público, representada legalmente en conformidad a lo dispuesto en el artículo 4, inciso primero, del Código del Trabajo, por su gerente general, don WINSTON WALTON VILLANUEVA, C.I. N°3.641.431-6, o por quien haga las veces de tal, en virtud de dicha

Fundamentos

considerando sexto de la presente sentencia, revisada toda la prueba documental rendida por las partes, especialmente, contratos de trabajo celebrado entre las partes; anexos de contrato de trabajo; cartas de despido indirecto, con timbre de la Inspección del trabajo y comprobante de envío por carta certificada de Correos de Chile; liquidaciones de sueldo; respectivos certificados de cotizaciones de seguridad social; informe de fiscalización N°1501/2023/968, de fecha 26 de septiembre de 2023, realizada por la Inspección del Trabajo de Trabajo a la empresa San Felipe S.A., se tendrá por ciertos los siguientes hechos relevantes: A.- Respecto de don ALEXIS BENJAMIN REYES LLANTÉN: 1.- Que, don Alexis Reyes Llantén, prestó servidos bajo vínculo de subordinación y dependencia, para la empresa San Felipe S.A., representada por don Winston Walton Villanueva, en calidad de “Ayudante de Residente”, para posteriormente, a partir del día 30 de octubre desempeñar la función de “Profesional Residente”. Que, dicha relación laboral adquirió el carácter de indefinida, y se extendió desde el día 17 de abril de 2018 hasta el día 02 de octubre de 2023. Que, la última remuneración mensual bruta de la actora para efectos de lo dispuesto en el artículo 172 del Código del Trabajo, ascendió a la cantidad de $2.920.209.- 2.- Que con fecha 02 de octubre del 2023, el actor puso término a la relación laboral mediante autodespido, invocando para tal efecto la causal establecida en el artículo 160 N°7 del Código del Trabajo, la cual se configuraría según lo señalado en la comunicación respectiva, en los siguientes hechos: “No pago de remuneraciones: A la fecha se me adeudan las remuneraciones correspondientes al mes de Agosto y Septiembre de 2023. Declaración y no pago oportuno de cotizaciones: Con respecto a las cotizaciones en la A.F.P. Hábitat el mes de agosto

Fallo

se declara y no paga la cotización; Respecto a las cotizaciones en Isapre Banmedica se pagó y declaró el mes de julio, agosto no se declaró la cotización, así como tampoco se ha pagado; Respecto al Fondo de Cesantía, agosto no se ha declarado, ni pagado la cotización. 2.- RESPECTO DE RAFAEL OCTAVIO SEÑORET RIVEROS: No pago de remuneraciones: A la fecha se le adeudan las remuneraciones correspondientes al mes de Agosto y Septiembre de 2023. No pago de asignación de alojamiento, colación y movilización: A la fecha se le adeuda la asignación de alojamiento, colación y movilización correspondiente a los meses de Agosto y Septiembre de 2023. Declaración y no pago oportuno de cotizaciones: Con respecto a las cotizaciones en la A.F.P. Hábitat el mes de agosto se declara y no paga la cotización; Respecto a las cotizaciones en Isapre Colmena el mes de agosto se declaró la cotización pero no se ha pagado; Respecto al Fondo de Cesantía agosto no se ha declarado, ni pagado la cotización. 3.- RESPECTO DE MANUEL JESUS CONTRERAS ROMERO: No pago de remuneraciones: A la fecha se le adeudan las remuneraciones correspondientes al mes de Agosto y Septiembre de 2023. No pago de asignación de movilización: A la fecha se le adeuda la asignación de movilización correspondiente a los meses de Agosto y Septiembre de 2023. Declaración y no pago oportuno de cotizaciones: Con respecto a las cotizaciones en la A.F.P. Hábitat el mes de agosto se declara y no paga la cotización; Respecto a las cotizac

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Arica, a dieciséis de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO Y OIDO: PRIMERO: Ante este Juzgado de Letras del Trabajo de Arica, se inició causa RIT O-278-2023, en la cual don ALEXIS BENJAMIN REYES LLANTÉN, C.I. N°16.468.534-9, chileno, Constructor Civil, domiciliado en calle Ginebra N°4065, departamento N°31, Arica; don RAFAEL OCTAVIO SEÑORET RIVEROS, C.I. N°17.712.272-6, chileno, medioambientali

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