1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

SANTOS/EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A

Rol

O-6331-2023

Fecha

15 de febrero de 2024

Materia

Despido injustificado

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 1 7 8 9 161 inciso primero, 162, 168, 173, 446 y 462 del Código del Trabajo, se declara: I. Que SE ACOGE PARCIALMENTE la demandada interpuesta por don Víctor Manuel Santos Alvarado en contra de Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A., sólo en cuanto se declara improcedente el despido de que fue objeto el trabajador con fecha 15 de junio de 2023 por aplicación del inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo. II. Que en consecuencia la demandada de autos deberá pagar al demandante la siguiente suma por concepto que se indica: a. $7.284.816, por recargo legal del 30% correspondiente a la indemnización por años de servicios conforme lo dispone la letra a) del Código del Trabajo 168 del Código del Trabajo III. Que SE RECHAZA la demanda por los demás conceptos reclamados, esto es cobro de prestaciones o devolución de descuentos indebidos por concepto del pago de las indemnizaciones pagadas al actor en el finiquito en razón de los

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que comparece don Víctor Manuel Santos Alvarado, cedula nacional de identidad N°16.339.936-9, domiciliado para estos efectos en calle San Antonio N° 220, oficina 604, comuna de Santiago, Región Metropolitana, quien interpone demanda en procedimiento de aplicación general por despido improcedente y cobro de prestaciones, recargo legal, en contra de su ex empleador Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A., RUT N°61.219.000-3, representada legalmente por don Felipe Bravo Busta, ambos domiciliados en Avda. Bernardo O´Higgins N° 1414, comuna y Santiago.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 1 7 8 9 161 inciso primero, 162, 168, 173, 446 y 462 del Código del Trabajo, se declara: I. Que SE ACOGE PARCIALMENTE la demandada interpuesta por don Víctor Manuel Santos Alvarado en contra de Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A., sólo en cuanto se declara improcedente el despido de que fue objeto el trabajador con fecha 15 de junio de 2023 por aplicación del inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo. II. Que en consecuencia la demandada de autos deberá pagar al demandante la siguiente suma por concepto que se indica: a. $7.284.816, por recargo legal del 30% correspondiente a la indemnización por años de servicios conforme lo dispone la letra a) del Código del Trabajo 168 del Código del Trabajo III. Que SE RECHAZA la demanda por los demás conceptos reclamados, esto es cobro de prestaciones o devolución de descuentos indebidos por concepto del pago de las indemnizaciones pagadas al actor en el finiquito en razón de los fundamentos señalados en sentencia definitiva. IV. Que no se condena en costas a la demandada ni al demandante por no haber sido totalmente vencida la demandada. V. Cada parte pagará sus costas VI. Que las sumas ordenadas pagar, lo serán con los reajustes e intereses que disponen los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. VII. Ejecutoriada que se encuentre la presente sentencia cúmplase con lo dispuesto en ella dentro de quinto día. En caso contrario certifíques

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO (AUDIENCIA PRESENCIAL) FECHA 15 de febrero de 2024 RUC 23- 4-0512754-7 RIT O-6331-2023 CARATULADO SANTOS/EMPRESA DE TRANSPORTE DE PASAJEROS METRO S.A MAGISTRADO Mauricio Alejandro Vidal Caro ADMINISTRATIVO DE ACTAS Rodrigo Valenzuela Ponce HORA DE INICIO 11:53 HORA DE TERMINO 14:38 SAL

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