Juzgado de Letras Tocopilla

TESORERÍA REGIONAL ANTOFAGASTA/GONZÁLEZ

Rol

C-212-2022

Fecha

25 de octubre de 2023

Materia

EXCEPCIONES ART. 179, RESOLUCIÓN

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS 1) Con fecha 20 de junio de 2022, comparece doña Ana Karina Contreras Figueroa, abogada, en representación del Fisco de Chile, TESORERÍA REGIONAL DE ANTOFAGASTA, todos domiciliados para estos efectos en calle San Martín 2569 Antofagasta, de esta ciudad, quien señala que consta del cuaderno de excepción de expediente administrativo 1009-1997 de Tocopilla, que se demandó ejecutivamente al contribuyente FRANCISCO MODESTO GONZÁLEZ PÉREZ RUT 7.352.031-2 con domicilio tributario en CUARTA PONIENTE 2854 DE TOCOPILLA, por las siguientes ordenes en cobranza: Indica que, no obstante, el contribuyente se opuso a la ejecución invocando la excepción de prescripción establecida en el artículo 177 N°2 del Código Tributario respecto del folio recién mencionado. Defensa que fue rechazada en virtud de los

Fundamentos

fundamentos expresados en Resolución Nº510 - 2022 de fecha 22 de febrero de 2022. Hace presente que, atendido lo anterior, en conformidad con lo dispuesto en el inciso 4 del artículo 179 del Código Tributario procede que la justicia ordinaria resuelva en definitiva la oposición a la ejecución, sujetándose la tramitación a lo dispuesto en el artículo 181 del Código Tributario, respecto del mencionado formulario y folio. Solicita, rechazar la excepción de prescripción opuesta por la contribuyente, ya individualizado, respecto de la deuda fiscal derivada de los formularios 21 cobrados en los presentes autos, con expresa condenación en costas. 2) Con fecha 22 de junio de 2022, se recibió la causa a prueba, se fijaron los hechos substanciales, pertinentes y controvertidos, y se rindió la prueba que consta en autos. 3) Con fecha 19 de julio de 2023 se citó a las partes a oír sentencia. Código: XSQMXXFKLMY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4) Con fecha 14 de agosto de 2023 se decreta como medida para mejor resolver que Tesorería General de la República remita el expediente administrativo íntegro. 5) Con fecha 3 de octubre de 2023 se tiene por cumplida medida para mejor resolver. CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, la TESORERÍA REGIONAL DE ANTOFAGASTA, solicita en su libelo pronunciamiento sobre la excepción de prescripción opuesta por el contribuyente FRANCISCO MODESTO GONZÁLEZ PÉREZ RUT 7.352.031-2, ya individualizado, respecto de la deuda fiscal derivada de formulario 29 folios N° 319468671; 406531641; 531311771 y 531311871 cobrados en los presentes autos, con expresa condenación en costas. SEGUNDO: Que la parte ejecutada, opuso en su oportunidad la excepción de prescripción establecida en el artículo 177 N°2 del Código Tributario, oposición que debe ser resuelta por este Tribunal. TERCERO: Que la parte ejecutante, acompañó prueba Documental, consistente en lo siguiente: 1.- Copia del expediente administrativo Rol 1009-1997 comuna de Tocopilla, cuaderno de excepciones. CUARTO: Que, la parte ejecutada, no acompañó probanzas de ninguna especie en la causa. QUINTO: Que se desprende de la copia del cuaderno administrativo N° 1009-1997, don Francisco Modesto González Pérez, es deudor fiscal moroso de formulario 29 folio N°319468671 con fecha de vencimiento el 12 de diciembre de 1995; N°406531641 con fecha de vencimiento el 12 de marzo de 1996; N°531311771 con fecha de vencimiento el 14 de abril de 1997 y N°531311871 con fecha de vencimiento el 12 de marzo de 1997. Despachándose en su contra, con fecha 18 de noviembre del año 1997, mandamiento de ejecución y embargo, siendo notificado y requerido de pago el 27 de abril del año 1998 en el domicilio de Cuarta Poniente 2854 comuna de Tocopilla. Así las cosas, considerando la fecha de vencimiento de cada folio, se desprende que a la época de la notificación y requerimiento de pago el plazo de prescripción de tres años establecido en el artí

Fallo

Por estas consideraciones y Vistos además, lo dispuesto en los artículos 179 y siguientes, 200 y 201 del Código Tributario, artículo 467 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, artículo 2492, 2503, 2514 y 2515 del Código Civil; SE DECLARA QUE: I.- SE ACOGE la excepción de prescripción opuesta por el ejecutado contribuyente don Francisco Modesto González Pérez Rut 7.352.031-2, respecto de la deuda fiscal derivada del formulario 29, declarándose extinguida por prescripción la obligación tributaria referida en los folios N° 319468671; 406531641; 531311771 y 531311871. II.- No se condena en costas a la parte ejecutante. Notifíquese, regístrese, y archívese en su oportunidad. ROL C-212-2022 Dictada por don José Iván Pérez González, Juez Suplente del Juzgado de Letras de Tocopilla. En Tocopilla, a veinticinco de Octubre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario, la resolución precedente. Código: XSQMXXFKLMY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: XSQMXXFKLMY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-25T17:17:33-0300

Texto Completo (Preview)

FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras Tocopilla CAUSA ROL : C-212-2022 CARATULADO : TESORER A REGIONAL ANTOFAGASTA /Í GONZ LEZÁ Tocopilla, veinticinco de Octubre de dos mil veintitrés VISTOS 1) Con fecha 20 de junio de 2022, comparece doña Ana Karina Contreras Figueroa, abogada, en representación del Fisco de Chile, TESORERÍA REGIONAL DE ANTOFAGASTA, todos domi

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica