1º Juzgado Civil de Viña del Mar

I. MUNICIPALIDA.D DE VIÑA DEL MAR/INMOBILIARIA CIPRES LIMITADA

Rol

C-2440-2023

Fecha

24 de octubre de 2023

Materia

OTROS EJECUTIVOS

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Con fecha 01 de junio de 2023, folio 1, comparece do a Mar a Josñ í é Corvalan Kameid, abogada, con domicilio Arlegui N° 615, Vi a del Mar, quien enñ su calidad de mandataria judicial de la Ilustre Municipalidad de Vi a del Marñ , Corporaci n de Derecho P blico, representada por su Alcaldesa Macarenaó ú Ripamonti Serrano, funcionaria p blica, todos domiciliados en calle Arlegui Nºú 615, Vi a del Mar, interpone demanda ejecutiva en contra de la sociedadñ INMOBILIARIA CIPRES LIMITADA, empresa del giro de su denominaci n,ó representada legalmente por Carlos Priewer Waisman, ignorA profesi n u oficio,ó y/o por Max Adolfo Priewer Za artu, ignora profesi n u oficio, o a quienñ ó corresponda, todos domiciliados en Avenida Chile 70, Recreo, Vi a del Mar,ñ solicitando se ordene despachar mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra,ó por la suma de $44.095.512, y que se siga adelante esta ejecuci n hasta haceró entero y cumplido pago a la Ilustre Municipalidad de Vi a del Mar, de todo loñ adeudado, con reajustes, intereses y costas. Con fecha 01 de septiembre de 2023, folio 22, la parte ejecutada opuso a la ejecuci n las excepciones 14ó ª y 7ª del art culo 464 del C digo de Procedimientoí ó Civil. Con fecha 05 de septiembre de 2023, folio 26, la parte ejecutante evacu eló traslado conferido a las excepciones, solicitando su rechazo, con costas. Con fecha 06 de septiembre de 2023, folio 27, se recibe la causa prueba. Con fecha 23 de octubre de 2023, folio 48, se cit a las partes a o ró í sentencia.

Fundamentos

Considerando: Primero: Demanda ejecutiva. Con fecha 01 de junio de 2023, folio 1, comparece do a Mar a Jos Corvalan Kameid, abogada, mandataria judicial de lañ í é Ilustre Municipalidad de Vi a del Marñ , e interponee demanda ejecutiva en Código: XBXXXXSNNFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl contra de la sociedad INMOBILIARIA CIPRES LIMITADA, solicitando se ordene despachar mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra, por la sumaó de $44.095.512, y que se siga adelante esta ejecuci n hasta hacer entero yó cumplido pago a la Ilustre Municipalidad de Vi a del Mar, de todo lo adeudado,ñ con reajustes, intereses y costas. Explica que el contribuyente moroso, singularizado previamente, adeuda a la Ilustre Municipalidad de Vi a del Mar por concepto de Patente Comercial ROLñ 515948-1, la suma de $44.095.512. Dicha deuda consta en Certificado Cobro Ejecutivo N° 65 que se acompa a en un otros de esta presentaci n,ñ í ó correspondiente a los per odos que en l se indican.í é Se ala que la suma de $44.095.512 comprende reajustes e interesesñ calculados hasta el 30 de abril de 2023, todo lo cual consta de manera pormenorizada en el Certificado Cobro Ejecutivo N° 65, citado a continuaci n:ó a) Periodo 2020-1; Valor Neto $3.844.548; IPC $980.360; Multa $2.822.571; Total $7.647.479. b) Periodo 2020-2; Valor Neto $3.879.980; IPC $923.435; Multa $2.377.690; Total $7.181.105. c) Periodo 2021-1; Valor Neto $3.934.300; IPC $873.415; Multa $1.947.125; Total $6.754.840. d) Periodo 2021-2; Valor Neto $4.076.577; IPC $794.933; Multa $1.534.526; Total $6.406.036. e) Periodo 2022-1; Valor Neto $4.251.870; IPC $616.521; Multa $1.095.388; Total $5.963.779. f) Periodo 2022-2; Valor Neto $4.344.773; IPC $308.479; Multa $628.189; Total $5.281441. g) Periodo 2023-1; Valor Neto $4.605.459; IPC $46.055; Multa $209.318; Total $4.860.832. TOTAL: $44.095.512. Indica que en definitiva, el monto total adeudado por la demandada, considerando el Certificado N° 65 ya citado, es de $44.095.512 suma total por la que se demanda. Expresa que conforme lo dispone el Art. 47 de la Ley de Rentas Municipales, Decreto Ley 3.063, los Certificados de Cobro Ejecutivo que emite la Código: XBXXXXSNNFX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Secretar a Municipal, en los que consta el concepto y la deuda del contribuyente,í tienen m rito ejecutivo.é Se ala que de lo expuesto, se desprende que la obligaci n contenida en elñ ó Certificado de Cobro Ejecutivo que se acompa a corresponde a una obligaci nñ ó l quida, actualmente exigible, y cuya acci n ejecutiva no est prescrita, por lo queí ó á procede la ejecuci n en contra del obligado al pago.ó De conformidad con lo expuesto y lo dispuesto en las normas legales citadas, solicita tener por deducida demanda ejecutiva en contra de sociedad INMOBILIARIA CIPRES LIMITADA, representada legalmente por don Carlos Priewer Wai

Fallo

Por tanto elá certificado no es nulo. 2.- En cuanto la falta de alg n requisito o condiciones establecidasú por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, seaí absolutamente, sea en relaci n al demandado, art culo 464 Nº7 del C digoó í ó de Procedimiento Civil. Expresa que el ejecutado alega que la deuda no ser a exigible atendido queí se ala “por cuanto es requisito previo que efectivamente se haya pedido unañ patente comercial, que se haya concedido y no se haya pagado” de la misma forma argumenta que la deuda no es l quida en cuanto a la cantidad alegando queí hay un error en el c lculo del valor total de lo adeudado y que “El art culo 48á í citado, regula y tiene su hip tesis de aplicaci n respecto de un contribuyenteó ó moroso, que ya cuenta con patente municipal, pues ha efectuado la declaraci nó jurada contemplada en el art culo 24 del D.L. 3.063, Ley de Rentas Municipales; yí que no obstante ello, no la ha pagado total o parcialmente, teniendo efectivamente una deuda y una obligaci n incumplida. Por el contrario S.S., mi representado noó cuenta con patente municipal, no ha efectuado jam s la declaraci n jurada referidaá ó y regulada en el art culo 24 del D.L. 3.063, Ley de Rentas Municipales, pues noí ha solicitado patente municipal” Sostiene que toda la argumentaci n del ejecutado debe ser rechazadaó conforme a los siguientes argumentos: Indica que la Ley N° 21.210 denominada de Modernizaci n Tributaria enó su art culo trig simo primero modific el art

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FOJA: 49 .- Cuarenta y nueve .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Vi a del Marñ CAUSA ROL : C-2440-2023 CARATULADO : I. MUNICIPALIDA.D DE VI A DELÑ MAR/Inmobiliaria Cipres Limitada Vi a del Marñ , veinticuatro de Octubre de dos mil veintitr sé Vistos: Con fecha 01 de junio de 2023, folio 1, comparece do a Mar a Josñ í é Corvalan Kameid, abogada, con domicilio Arlegui N°

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