I MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES/ASESORIAS E INVERSIONES PUERTO BANUZ SPA
Rol
C-11551-2023
Fecha
25 de octubre de 2023
Materia
OTROS EJECUTIVOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1, rectificada a folio 5, comparece OSVALDO LOPEZ ARRIAGADA, abogado, en representación judicial de la MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES, cuyo representante legal es su Alcaldesa, doña Daniela Peñaloza Ramos, todos domiciliados en Avenida Apoquindo N° 3.400, piso 15, comuna de Las Condes, e interpone demanda ejecutiva en contra de ASESORÍAS E INVERSIONES PUERTO BANUZ SpA, representada legalmente por Naim Roberto Jadue Ganem, domiciliada en Enrique Foster Norte N| 0265, Depto. 1301, Las Condes, por el cobro de la suma de $ 6.117.602, más reajustes e intereses legales y penales correspondientes al 1,5 % mensual por cada mes o fracción de mes, conforme a la Ley de Rentas Municipales y Código Tributario y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda la ejecución en que la ejecutada (contribuyente) adeuda a su parte el pago por concepto de patente comercial y derechos municipales del período comprendido entre el 31 de Enero de 2020 y 31 de Enero de 2023. Hace presente que conforme al artículo 47 de la Ley de Rentas Municipales, el certificado emitido por el Secretario Municipal en que conste la deuda del Código: XVLXXXKEKEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 contribuyente, tiene mérito ejecutivo, la obligación es líquida, actualmente exigible y su acción no se encuentra prescrita. A folio 12, consta la notificación efectuada al representante legal de la ejecutada, con fecha 24 de Agosto de 2023. Asimismo, consta el requerimiento de pago, con fecha 28 de Agosto de 2023. A folio 14, la ejecutada opuso a la acción dirigida en su contra, la excepción del N°17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, esto es, la prescripción de la deuda o sólo de la acción ejecutiva, haciendo presente que la acción de cobro de la deuda correspondiente al año 2020 se encuentra prescrita, ya que la obligación de
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, OSVALDO LOPEZ ARRIAGADA, en representación de MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES, demandó ejecutivamente a ASESORÍAS E INVERSIONES PUERTO BANUZ Código: XVLXXXKEKEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 SpA, por el cobro de la suma de $ 6.117.602, más reajustes e intereses legales y penales correspondientes al 1,5 % mensual por cada mes o fracción de mes, conforme a la Ley de Rentas Municipales y Código Tributario y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del
Fallo
fallo se tienen por reproducidos, a fin de evitar reiteraciones. SEGUNDO: Que, la ejecutada opuso a la demanda ejecutiva de autos, la excepción contemplada en el N°17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil, por los motivos ya expresados en lo expositivo. La ejecutante, al evacuar el traslado, se allanó a la excepción opuesta, sólo respecto de la obligación con vencimiento al día 31 de Julio de 2020. TERCERO: Que, en orden a acreditar sus dichos, la parte ejecutante acompañó al proceso los certificados de deuda por concepto de patente municipal, emitidos por el Secretario Municipal de Las Condes, don Jorge Vergara Gomez, correspondientes a los años 2020, 2021, 2022 y primer semestre de 2023; agregados a fojas 12 y siguientes del expediente electrónico. CUARTO: Que, resulta oportuno destacar que, el juicio ejecutivo es un procedimiento contencioso especial que tiene por objeto obtener, por vía de apremio, el cumplimiento de una obligación convenida o declarada fehacientemente, que el deudor no cumplió en su oportunidad". (Raúl Espinosa Fuentes, "Manual de Procedimiento Civil", "El Juicio Código: XVLXXXKEKEX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Ejecutivo", Actualizado por Cristián Maturana Miquel, Editorial Jurídica, 2003, pág. 7). El título ejecutivo presenta una naturaleza análoga a la de una prueba privilegiada en términos tales que el acreedor dotado de él goza de la garantía jur
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 14 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11551-2023 CARATULADO : I MUNICIPALIDAD DE LAS CONDES/ASESORIAS E INVERSIONES PUERTO BANUZ SPA Santiago, veinticinco de Octubre de dos mil veintitr sé VISTOS: A folio 1, rectificada a folio 5, comparece OSVALDO LOPEZ ARRIAGADA, abogado, en representación judicial de la MUNICIPALIDAD D
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