Juzgado de Letras del Trabajo de San Miguel

TAPIA/TRANSPORTE MOYA LIMITADA

Rol

M-410-2023

Fecha

14 de febrero de 2024

Materia

Costas, Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS A PROBAR SON LOS SIGUIENTES: 1. Existencia de la relación laboral alegada por el demandante. Extensión, términos y condiciones de la misma. Detalles y pormenores. 2. En el evento de existir relación laboral, remuneración pactada y efectivamente percibida por el actor, rubros que la componen, monto de los mismos. 3. Fecha, causas y circunstancias del término de los servicios del demandante, formalidades legales y justificación de su desvinculación. Hechos, detalles,

Fundamentos

fundamentos y pormenores. 4. Estado de pago de las cotizaciones de seguridad social del demandante. 5. Prestaciones adeudadas al actor. Fundamentos fácticos y jurídicos de las mismas y monto de éstas. Detalles y pormenores. MEDIOS DE PRUEBA: LA PARTE DEMANDANTE OFRECE: DOCUMENTAL DEMANDANTE: 1. Presentación de reclamo de fecha 9 de Mayo de 2023. 2. Acta de Comparendo de Conciliación de 25 de Mayo de 2023. 3. Declaración jurada ante Dirección del Trabajo de 29 de Mayo de 2023. 4. Certificado de FONASA, AFC y AFP Provida. TRIBUNAL RESUELVE: Téngase por incorporada la prueba documental, se solicita a la parte que los dejé al término de la audiencia físicamente en el tribunal para que queden en custodia hasta la ejecutoria de la sentencia que se dicte en la causa. CONFESIONAL DEMANDANTE: La parte demandante solicita se cite a absolver posiciones a la representante legal de la demandada Marcia Cortés Madariaga, bajo apercibimiento legal, quien no comparece. La parte demandante solicita se haga efectivo el apercibimiento legal requerido. TESTIMONIAL DEMANDANTE: La parte demandante solicita se cite a declarar a: 1. Luis Alberto Medina Escobar, RUT 10.988.197-K 2. Gonzalo Esteban Tapia Davagnino, RUT 10.700.257-K OBSERVACIONES A LA PRUEBA · La parte demandante formula observaciones a la prueba rendida. -argumentos contenidos en el audio – Tribunal resuelve: Téngase por formuladas las observaciones a la prueba por la parte demandante. Siendo las 10:18 horas el Tribunal realiza un receso. Siendo las 12:59 horas se procede a dictar sentencia. SENTENCIA: Vistos, oídos y considerando: Se transcribe solo la parte resolutiva, encontrándose íntegramente en el registro de audio. Y visto lo dispuesto en los artículos 1, 7, 9, 10, 63, 73, 162, 168, 173 y 499 y siguientes del Código del Trabajo,

Fallo

se declara: I.- Que SE ACOGE la demanda, se declara injustificado el despido del demandante y en consecuencia se condena a la demandada Transportes Moya Limitada, representada por Marcia Rossana Cortés Madariaga, a pagar al demandante Gerardo Jorge Tapia Davagnino, las siguientes prestaciones: a) $ 528.542.- por concepto de indemnización sustitutiva del aviso previo. b) $ 1.585.626.- por concepto de indemnización por años de servicios en los términos solicitados en la demanda. c) $ 792.813.- por concepto de 50% de recargo legal de la indemnización por años de servicios. d) $ 330.337.- por concepto de feriado legal correspondiente a la anualidad 2021-2022. e) $ 218.022.- por concepto de feriado proporcional. f) $ 510.924.- por concepto de remuneración bruta correspondientes a los 29 días laborados en el mes de abril de 2023 prestación ésta que deberá pagarse al trabajador por su monto líquido debiendo descontarse los montos enterados por la empleadora en las instituciones respectivas por concepto de cotizaciones de seguridad social del actor, debiendo determinarse el monto de esta prestación mediante liquidación a practicarse en la etapa de cumplimiento de la sentencia. II.- Que las sumas ordenadas pagar deberán ser satisfechas con los reajustes e intereses contemplados en el artículo 63 y 173 del Código del Trabajo. III.- Que se rechaza la demanda en lo demás solicitado IV.- Cada parte pagará sus costas. V.- Ejecutoriada esta sentencia, cúmplase lo dispuesto en ella d

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ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 14 de febrero de 2024 RUC 23-4-0499619-3 RIT M-410-2023 MAGISTRADO PATRICIA AGÜERO GAETE ADMINISTRATIVO DE ACTAS CRISTIÁN JOFRÉ ZARGES HORA DE INICIO 09:59 HORA DE TERMINO 13:08 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340499619-3-1351 SALA 4 PARTE DEMANDANTE GERARDO JORGE ANDREA  TAPIA  DAVAGNINO ABOGADO MARÍA AL

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