SILVA/FISCO DE CHILE/CDE
Rol
C-32824-2019
Fecha
23 de octubre de 2023
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 18 de noviembre de 2019 comparece el abogadoó Nelson Guillermo Caucoto Pereira, en representaci n de don Cristi nó á Salvador Silva Olgu n, domiciliados en calle Doctor Sotero del R o N 326,í í ° oficina 1.104, comuna de Santiago, demandando de indemnizaci n deó perjuicios al Fisco de Chile, presentado legalmente por do a Mar a Eugeniañ í Manaud Tapia, abogada, con domicilio en calle Agustinas N 1.687, comunaº de Santiago, por la suma $200.000.000 m s intereses, reajustes y costas.á El demandante es hijo del ejecutado pol tico don Ricardo Cristianí Silva Soto, asesinado por la Central Nacional de Informaciones (CNI) el 15 de junio de 1987, en una operaci n conocida como "Operaci n Albania".ó ó Esto ocurri como represalia a los ataques del Frente Patri tico Manueló ó Rodr guez (FPMR) contra Augusto Pinochet.í Varios miembros del FPMR fueron detenidos por la CNI el 15 de junio de 1987. Inicialmente, se consider interrogar a los detenidos, pero laó orden de eliminarlos fue dada por lvaro Corbal n, un alto oficial de laÁ á CNI. Los detenidos fueron trasladados a una casa abandonada en la calle Pedro Donoso. Los oficiales de la CNI designaron a oficiales para ejecutar a cada uno de los detenidos. La orden de disparar se dio lanzando una piedra en el techo, mientras otros agentes disparaban al aire para simular un enfrentamiento. Los siete miembros del FPMR fueron ejecutados y el capit n Francisco Z iga remat a cada una de las v ctimas.á úñ ó í En un informe posterior de la Comisi n de Verdad y Reconciliaci n,ó ó se concluy que las v ctimas no murieron en un enfrentamiento, como seó í afirm oficialmente, sino que fueron ejecutadas por agentes del Estado enó violaci n de sus derechos humanos.ó El demandante tuvo que soportar durante todos esos a os el injustoñ tratamiento del Estado de Chile. El da o que se le ha infringido esñ incalculable y ello constituye una situaci n que, en un r gimen de Estado deó é Código: QNMHXXBSMQW Este documento tien
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el ajusticiamiento de personas ha sido catalogado como un crimen de lesa humanidad, esto es, est n dirigidos a afectar la vidaá misma de las personas en su aspecto m s b sico y trascendente, del cual losá á pa ses, entre los que se encuentra Chile, se han comprometido a evitar y,í una vez producidos, sancionar. Siendo este caso de particular gravedad ya que fue cometido por agentes del Estado. SEGUNDO: Que a fin de acreditar su pretensi n, la parteó demandante acompa la siguiente prueba documental: ñó - certificado de nacimiento de don Cristian Salvador Silva Olgu n,í hijo de don Ricardo Cristian Silva Soto; y, - certificado emitido por la Subsecretar a de Derechos Humanos,í en el que consta la calidad de v ctima calificada de violaciones a losí derechos humanos de don Ricardo Cristian Silva Soto. TERCERO: Que adem s rindi prueba testimonial, consistente en lasá ó declaraciones de los siguientes testigos: - Roberto Alex Quintana Baltierra, quien manifest que era amigoó del padre del demandante y fue testigo presencial de los hechos dram ticosá que llevaron a su asesinato, por lo cual pudo constatar, de forma directa y tambi n por relatos de familiares, el impacto emocional, conductual y ené muchos casos f sicos que estos hechos le causaron, as como las dificultadesí í que enfrent en su vida escolar y en su adolescencia. Cuando visitaba a laó Código: QNMHXXBSMQW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl viuda de su amigo, vio que manten a una actitud a veces de mutismo, deí aislamiento y en el tiempo del dolor que segu a manifestando, a veces deí manera t cita y otras de manera expl cita, por lo que puede decir que se vioá í afectado en su desarrollo emocional. El demandante ten a 4 a os cuandoí ñ Ricardo fue asesinado. En el mbito escolar present á ó problemas de conductas, de suspensiones, eventuales expulsiones de colegio, b sicamenteá por mala conducta y por mal rendimiento. En la vida adulta, la pena y el dolor afloraba en los momentos en que se reencontraban y hablaban de Ricardo y de los hechos. Lo vio muchas veces decepcionado, con una suerte de desaz n por lo que le hab a tocado vivir a l y a su familia. ó í é - Christian Rafael Montenegro Lagos, quien se al que conoce alñ ó demandante desde el a o 2011 o 2012 y trabajan juntos hace unos 5 a os.ñ ñ Lo conoci en un acto conmemorativo del fallecimiento de su padre,ó llorando en p blico sobre un escenario por la memoria de su padre. ú A lo largo del tiempo ha tenido la oportunidad de conversar con el demandante en diferentes ocasiones, respecto de lo que ha sentido y pasado por la muerte de su padre, lo ha visto afectado, en rechazo emocional, lo que le ha dado noci n real de ciertas formas de ser aquel, enó su alejamiento, su personalidad y su distancia social. Una vez, en una fiesta de amigos donde se encontraron, estaban tocando guitarra y cantaron una canci n que a l leó é record a su padre y rompi e
Fallo
por tantos a os buscada. Lo anterior pues los procesos penales señ concentran en el castigo a los culpables, no preocup ndose del bienestar deá las v ctimas.í Desde la perspectiva del Estado, estas importan una compleja decisi nó de mover recursos econ micos p blicos desde la satisfacci n de un tipo deó ú ó necesidades p blicas a la satisfacci n de otras radicadas en grupos humanosú ó m s espec ficos y este concurso de intereses se exhibe normalmente en laá í diversidad de contenidos que las Comisiones de Verdad o Reconciliaci nó proponen como programas de reparaci n, los que incluyen beneficiosó educacionales, de salud, gestos simb licos y otras medidas an logas diversasó á a la simple entrega de una cantidad de dinero. En el caso chileno, el gobierno de Patricio Aylwin se abocó preferentemente a una serie de objetivos de justicia transicional, entre los cuales estaba la provisi n de reparaciones para los afectados. La Comisi nó ó Rettig en dicho sentido propuso una pensi n nica de reparaci n para los“ ó ú ó familiares directos de las v ctimas y algunas prestaciones de salud. Suí ” informe sirvi de causa y justificaci n al proyecto de ley que el Presidenteó ó envi al Congreso y que deriv en la Ley N 19.123 que cre laó ó ° ó Corporaci n Nacional de Reparaci n y Reconciliaci n, en cuyo mensaje seó ó ó consign en t rminos generales que se buscaba reparar el da o moral yó é “ ñ patrimonial que ha afectado a los familiares directos de las v ctimas . í ” En lo relativo a la forma
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-32824-2019 CARATULADO : SILVA/FISCO DE CHILE/CDE Santiago, veintitr s de octubre de dos mil veintitr s.é é VISTOS: En presentaci n de 18 de noviembre de 2019 comparece el abogadoó Nelson Guillermo Caucoto Pereira, en representaci n de don Cristi nó á Salvador Silva Olgu n, domiciliados en calle Doctor Sotero del R
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