1º Juzgado de Letras de Melipilla

SCOTIABANK CHILE S. A./GÁRATE

Rol

C-1145-2023

Fecha

20 de octubre de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Comparece con fecha 08 de mayo de 2023, don Christian Pablo Chahuan Sarras, abogado, domiciliado en Catedral N 1233, of. 705,° Santiago, mandatario judicial y en representaci n de ó SCOTIABANK CHILE, sociedad an nima bancaria, representada legalmente por suó gerente general don Diego Patricio Masola, contador p blico, ambosú domiciliados para estos efectos en Avenida Costanera Sur N 2710, Torre A,º Piso 23, comuna de Las Condes, Santiago y expone: Que en la representaci n que inviste, viene en interponer demanda en juicio ejecutivoó en contra de HIDRASERVICE SPA, como deudor principal, representada por do a ñ M nica Constanza G rate L pezó á ó , ignora profesi n uó oficio y estado civil, ambas domiciliadas en San Miguel N 401, comuna deº Melipilla y de do a ñ M NICA CONSTANZA G RATE L PEZ,Ó Á Ó como aval, codeudora y fiadora solidaria, ignora profesi n u oficio y estadoó civil, domiciliada en San Miguel N 401, comuna de Melipilla, del pagar aº é la orden de Scotiabank Chile, individualizar , el que se encuentra adeudadoá como se demostrar y con el objeto de obtener su pago.-á Funda su demanda individualizando el pagar como en cuotas (CONé COBERTURA FOGAPE CORFO) N 710123986889, – º suscrito por la obligada por la suma de $80.000.000., por concepto de capital recibido en pr stamo en dinero efectivo a su entera satisfacci n, con fecha 17 deé ó noviembre del a o 2021, pagadero en la oficina del banco ejecutanteñ ubicada en Calle Serrano N 302, de la comuna de Melipilla y que estipulº ó entre otras consideraciones las siguientes: Debo y pagar a la orden de“ é Scotiabank Chile en su oficina ubicada en Calle Serrano N 302, de laº comuna de Melipilla, lugar de pago, la suma de $80.000.000., por concepto Código: WFMMXXKDXWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 de capital, que he recibido en pr stamo de dicha Instituci n Bancaria, ené ó dinero efectivo, a mi entera satisfacci n, la que de

Fundamentos

fundamentos y peticiones referidas en lo expositivo del fallo.- SEGUNDO: Que el apoderado de las ejecutadas Hidraservice SPA, en calidad de deudor principal y do añ M nica Constanza G rate L pez, enó á ó su calidad de aval, codeudora y fiadora solidaria, opusieron a la ejecuci nó las siguientes excepciones: 1.- La contemplada en el N 2 del art culo 464 del C digo de° í ó Procedimiento Civil, la falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezca en su nombreí ó , fundada en que acompa a la demandante en el segundo otros de suñ í acci n, espec ficamente en el numeral 3, copia de la escritura p blica enó í ú que constar a la personer a de don Diego Patricio Masola para representarí í al Banco Scotiabank, de fecha 25 de mayo de 2021, sin que exista constancia alguna de que dichos poderes se encuentren vigentes a la fecha, en atenci n a que la escritura no se acompa a ni se inserta o exhibe nada aó ñ su respecto.- Por otro lado, en el mismo numeral 3 del segundo otros , seí acompa a copia de la escritura p blica de mandato judicial en la cual señ ú habr a otorgado los poderes al abogado que suscribe la demanda paraí representar al Banco Scotiabank, llamando la atenci n que la escrituraó previamente singularizada es de fecha 29 de noviembre de 2019, es decir, fue otorgada con pr cticamente 18 meses de anterioridad a la escrituraá p blica de mandato que tendr a el Gerente General del Banco demandante,ú í sin que respecto de sta tampoco exista constancia alguna de su actualé vigencia.- De lo se alado, no queda claro el motivo por el cual se acompa añ ñó la demanda la personer a que tendr a el Gerente del Banco paraí í representarlo si en los hechos act a un mandatario judicial para estosú efectos, no coincidiendo, adem s, las fechas en que fueron conferidos losá respectivos poderes de representaci n.-ó 2.- La contemplada en el N 4 del art culo 464 del C digo de° í ó Procedimiento Civil, la ineptitud del libelo por falta de alg nú requisito legal en el modo de formular la demanda, en conformidad a Código: WFMMXXKDXWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 lo dispuesto en el art culo 254;í haciendo presente que la demanda es ininteligible, poco precisa y no contiene todos los datos necesarios para su acertado entendimiento, contraviniendo abiertamente los requisitos establecidos en el art culo 254 del C digo de Procedimiento Civil debido aí ó que faltan antecedentes esenciales respecto de menciones esenciales de la hoja de prolongaci n del pagar , instrumento que es parte integrante ste,ó é é que no se describe en la demanda ni se acompa a en forma legal. En dichoñ orden de ideas, el t tulo se encuentra incompleto.-í TERCERO: Que la parte ejecutante evacuando los traslados conferidos, solicita rechazar las excepciones opuestas por los ejecutados, en todas sus partes por no tener asidero ni en los hechos ni en el derecho, con costas, indica

Fallo

se declaran admisibles las excepciones opuestas y se recibe la causa a prueba.- Con fecha 03 de octubre de 2023, se cit a las partes para o ró í sentencia.- C O N S I D E R A N D O: PRIMERO: Que don Christian Pablo Chahuan Sarras, en representaci n de Scotiabank Chile, ha interpuesto demanda ejecutiva enó contra de Hidraservice SPA, representada por do a M nica Constanzañ ó G rate L pez, en su calidad de deudor principal y de do a M nicaá ó ñ ó Código: WFMMXXKDXWX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Constanza G rate L pez, en su calidad de aval, codeudora y fiadoraá ó solidaria, por las razones, fundamentos y peticiones referidas en lo expositivo del fallo.- SEGUNDO: Que el apoderado de las ejecutadas Hidraservice SPA, en calidad de deudor principal y do añ M nica Constanza G rate L pez, enó á ó su calidad de aval, codeudora y fiadora solidaria, opusieron a la ejecuci nó las siguientes excepciones: 1.- La contemplada en el N 2 del art culo 464 del C digo de° í ó Procedimiento Civil, la falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezca en su nombreí ó , fundada en que acompa a la demandante en el segundo otros de suñ í acci n, espec ficamente en el numeral 3, copia de la escritura p blica enó í ú que constar a la personer a de don Diego Patricio Masola para representarí í al Banco Scotiabank, de fecha 25 de mayo de 2021, sin que exista constancia alguna de

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 18 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Melipillaº CAUSA ROL : C-1145-2023 CARATULADO : SCOTIABANK CHILE S. A./G RATEÁ Melipilla, veinte de Octubre de dos mil veintitr sé .- VISTOS: Comparece con fecha 08 de mayo de 2023, don Christian Pablo Chahuan Sarras, abogado, domiciliado en Catedral N 1233, of. 705,° Santiago, mandatario judicial y en repr

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