2º Juzgado Civil de Temuco

MUTUALIDAD DE CARABINEROS/NAVARRETE

Rol

C-3925-2022

Fecha

19 de octubre de 2023

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 13 de diciembre de 2022, a folio 1 de autos, comparece don Danilo Andrés Piña Herrera, Abogado, Rut Nº17.309.050-1, con domicilio en Paseo Bulnes N°157, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en representación de la Corporación denominada Mutualidad de Carabineros, Rut N°99.024.000-0, persona jurídica del giro de derecho privado, representada legalmente por don René Rodrigo Ureta Toledo, chileno, casado, Gerente, Rut Nº9.823.159-5, domiciliados para estos efectos en Paseo Bulnes N°157, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, quien viene en interponer demanda de cobro de pesos en contra de don Alex Emir Navarrete Muñoz , cédula nacional de identidad número 13.845.602-1, ex funcionario público, domiciliado en Pasaje La Avena 0334, Labranza, Temuco, por los argumentos de hecho y derecho que en su libelo expone. Con fecha 25 de abril de 2023, a folio 6 de autos fue notificado el demandado de conformidad a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. Con fecha 24 de mayo de 2023, a folio 10 de autos, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada. Con fecha 13 de julio de 2023, a folio 20 de autos, se llevó a cabo la audiencia de conciliación, con la asistencia del apoderado de la demandante y en rebeldía de la parte demandada. Llamadas las partes a conciliación, ésta no prosperó atendida la inasistencia de la demandada. Con lo obrado, se puso término a la audiencia. Con fecha 18 de julio de 2023, a folio 22 de autos, se recibe la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. Con fecha 06 de octubre de 2023, a folio 25 de autos, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 13 de diciembre de 2022, a folio 1 de autos, don Danilo Andrés Piña Herrera, Abogado, Rut Nº17.309.050-1, con domicilio en Paseo Bulnes N°157, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, en representación de la Corporación denominada Mutualidad de Carabineros, Rut Código: BKQTXXZDPWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3925-2022 Foja: 1 N°99.024.000-0, persona jurídica del giro de derecho privado, representada legalmente por don René Rodrigo Ureta Toledo, chileno, casado, Gerente, Rut Nº9.823.159-5, domiciliados para estos efectos en Paseo Bulnes N°157, comuna y ciudad de Santiago, Región Metropolitana, dedujo demanda de cobro de pesos en contra de don Alex Emir Navarrete Muñoz , cédula nacional de identidad número 13.845.602-1, ex funcionario público, domiciliado en Pasaje La Avena 0334, Labranza, Temuco, por los argumentos de hecho y derecho que en su libelo expone al siguiente tenor: “1) Mutualidad de carabineros. Mi representada es una Corporación de Seguros, sin fines de lucro, que tiene por objeto principal mantener y administrar el seguro de vida que deben contratar todas las personas que presten servicios en Carabineros de Chile o en la Policía de Investigaciones de Chile, cualquiera sea su vínculo Jurídico con la respectiva institución y de sus correspondientes grupos familiares, y promover, además, sistemas de previsión de ayuda mutua en beneficio de estos. Asimismo, mantiene un sistema de prestaciones económicas a favor de los asegurados antes citados, con el fin de colaborarles en la superación de carencias personales y necesidades de hogar, previa calificación de las situaciones. 2) Procedimiento y acceso al “Préstamo de Auxilio”. La Mutualidad de Carabineros (en adelante “MUTUCAR” o “la Corporación”) tiene dentro de su organización, el departamento de préstamos, el cual tiene la función de evaluar y otorgar prestaciones económicas a los tenedores de pólizas, dando un trato personalizado a los asegurados de MUTUCAR, procurando buscar alternativas viables a sus requerimientos. Estas prestaciones económicas se dividen en 4 tipos o especies de préstamos que MUTUCAR tiene a disposición de sus asegurados, los cuales son: Préstamo Auxilio Online; Préstamo de Auxilio; Préstamo Hipotecario; Préstamo con garantía hipotecaria. El préstamo de auxilio, que es el que nos concierne en esta presentación, puede ser reajustable o no reajustable y corresponde a un crédito de consumo de libre disposición, el cual tiene las siguientes disposiciones, características, requisitos y alcance: 2.1) Procedimiento y solicitud del interesado. La solicitud del préstamo la inicia el interesado, a través del formulario de solicitud de préstamos, con el correspondiente Anexo de formulario de préstamo de auxilio, el cual integra todos los detalles del préstamo, ya sea el monto solicitado, número y monto de las cuotas, la tasa de interés, seguro de desgrava

Fallo

POR TANTO, En virtud de lo expuesto y de conformidad a lo previsto en los artículos 253 y siguientes, 698 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, los artículos 1545, 1546, 1551, 1556, 2196, 1698 y siguientes del Código Civil, los artículos 1,11 y 16 de la Ley 18.010, la Norma de Carácter general N° 208 de la Superintendencia de Valores y Seguros y demás normas pertinentes; RUEGO a S.S., tener por presentada demanda de cobro de pesos en procedimiento ordinario de menor cuantía, en contra de Alex Emir Navarrete Muñoz , cédula 13.845.602-1, ya individualizado, acogerla a tramitación y en definitiva declarar que la demandada adeuda al actor la suma total de $14.292.992 .- pesos, más los correspondientes intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: Que, con fecha 24 de mayo de 2023, a folio 10 de autos, se tuvo por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada. TERCERO: Que, con fecha 13 de julio de 2023, a folio 20 de autos, se llevó a cabo la audiencia de conciliación, con la asistencia del apoderado de la demandante y en rebeldía de la parte demandada. Llamadas las partes a conciliación, ésta no prosperó atendida la inasistencia de la demandada. CUARTO: Que, con fecha 18 de julio de 2023, a folio 22 de autos, se recibió la causa a prueba, rindiéndose la que consta en autos. QUINTO: Que, para acreditar los fundamentos de su acción la actora acompañó la siguiente prueba: Prueba Documental (acompañada con fecha 13 de diciembre de 2022) a a) Formulario de solicitud

Texto Completo (Preview)

C-3925-2022 Foja: 1 FOJA: 22 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-3925-2022 CARATULADO : MUTUALIDAD DE CARABINEROS/NAVARRETE Temuco, diecinueve de Octubre de dos mil veintitr sé VISTOS Con fecha 13 de diciembre de 2022, a folio 1 de autos, comparece don Danilo Andrés Piña Herrera, Abogado, Rut Nº17.309.050-1, con domicilio en Paseo Bulnes N°157,

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