2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

NAVARRO/WORK SEGURITY Y SERVICIOS INTEGRALES SPA

Rol

O-3763-2023

Fecha

12 de febrero de 2024

Materia

Costas, Despido injustificado, Feriado legal, Indemnización por años de servicios, Nulidad del despido, Prestaciones, Reajustes e intereses, Recargos, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

visto además lo dispuesto en los artículos 2, 3, 4, 5, 7, 8, 10, 63, 67, 73, 161 inciso primero, 162, 163, 168, 172, 173, 183 A y siguientes, 420 y siguientes todos del Código del Trabajo, se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña GLADYS YASNA NAVARRO BRITO, cédula de identidad N°16.146.904-1 ya individualizada precedentemente en contra del ex empleador WORK SECURITY Y SERVICIOS INTEGRALES SPA., RUT N°77.098.522-6 legalmente representada por don Daniel Alberto Arriagada Ortiz, cédula de identidad N°19.481.611-1, sólo en cuanto se declara que entre las partes existió una relación laboral que se extendió entre el 5 de marzo de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2023, fecha esta última en que la trabajadora fue despedida, que dicho es injustificado, improcedente e indebido y que además dicho despido es nulo, debiendo, en consecuencia, la demandada pagar a la trabajadora las siguientes prestaciones laborales: 1. Remuneración de febrero del año 2023 por la suma de $594.350.- 2. Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $594.350.- 3. Indemnización por un año de servicio por la suma de $594.350.- 4. Recargo legal del 30% por $178.305.- 5. Feriado legal por la suma de $416.044.- 6. Respecto de las cotizaciones previsionales en la AFP HÁBITAT y AFC d los meses de febrero y marzo de 2023, el Tribunal ordena oficiar a dichas entidades para que inicien su cobro. 7. Que, asimismo, se ordena a la demandada el pago de las remuneraciones y demás prestaciones laborales que se devenguen desde la fecha del despido, esto es, el 31 de marzo de 2023 y hasta su convalidación, teniendo como base de cálculo la suma de $594.350.-, siendo de cargo de la trabajadora el pago de las cotizaciones previsionales y de seguridad social que se generen en este período. II. Que se acoge la demanda interpuesta por doña GLADYS YASNA NAVARRO BRITO de subcontratación en contra de la demandada MANTENIMIENTO Y SERVICIOS SCL LIMITADA, RUT N°76.054.789-1 representada legalmente por

Fundamentos

CONSIDERANDO: Parte resolutiva Y visto además lo dispuesto en los artículos 2, 3, 4, 5, 7, 8, 10, 63, 67, 73, 161 inciso primero, 162, 163, 168, 172, 173, 183 A y siguientes, 420 y siguientes todos del Código del Trabajo,

Fallo

se declara: I. Que se acoge la demanda interpuesta por doña GLADYS YASNA NAVARRO BRITO, cédula de identidad N°16.146.904-1 ya individualizada precedentemente en contra del ex empleador WORK SECURITY Y SERVICIOS INTEGRALES SPA., RUT N°77.098.522-6 legalmente representada por don Daniel Alberto Arriagada Ortiz, cédula de identidad N°19.481.611-1, sólo en cuanto se declara que entre las partes existió una relación laboral que se extendió entre el 5 de marzo de 2022 y hasta el 31 de marzo de 2023, fecha esta última en que la trabajadora fue despedida, que dicho es injustificado, improcedente e indebido y que además dicho despido es nulo, debiendo, en consecuencia, la demandada pagar a la trabajadora las siguientes prestaciones laborales: 1. Remuneración de febrero del año 2023 por la suma de $594.350.- 2. Indemnización sustitutiva del aviso previo por la suma de $594.350.- 3. Indemnización por un año de servicio por la suma de $594.350.- 4. Recargo legal del 30% por $178.305.- 5. Feriado legal por la suma de $416.044.- 6. Respecto de las cotizaciones previsionales en la AFP HÁBITAT y AFC d los meses de febrero y marzo de 2023, el Tribunal ordena oficiar a dichas entidades para que inicien su cobro. 7. Que, asimismo, se ordena a la demandada el pago de las remuneraciones y demás prestaciones laborales que se devenguen desde la fecha del despido, esto es, el 31 de marzo de 2023 y hasta su convalidación, teniendo como base de cálculo la suma de $594.350.-, siendo de cargo de la trab

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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 12 DE FEBRERO DE 2024 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 7 RUC 23-4-0486453-K RIT O-3763-2023 MAGISTRADA MARITZA REGINA VÁSQUEZ DÍAZ ADMINISTRATIVA DE ACTAS FRANCIA MORALES CONTRERAS HORA DE INICIO 11:17 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:11 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2340486453-K-1349-240212-00

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