SIERRA/
Rol
V-154-2023
Fecha
19 de octubre de 2023
Materia
CURADOR, NOMBRAMIENTO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 29 de mayo de 2023 comparece ULISES A. MU OZ ABARCAÑ , abogado, domiciliada en Padre Mariano N 103,° oficina 305, comuna de Providencia, en representaci n convencional deó MARIA ELIANA SIERRA PARRAGUEZ, c dula de identidadé N 7.312.573-8° , labores del hogar, domiciliada en Pasaje La Rioja N 3392,° comuna de Maip , y solicita se decrete la interdicci n de ú ó ANDR SÉ IGNACIO TORRES SIERRA, Rut N 19.058.552-2, domiciliado en° Pasaje La Rioja N 3392, comuna de Maip , y se le designe curadora de sus° ú bienes. Se ala al efecto que el presunto interdicto es su hijo, quienñ actualmente presenta un diagn stico por discapacidad del 77,540%, enó grado Severo, con movilidad f sica reducida.í Previas citas legales de los art culos 456 del c digo civil y dem sí ó á normas pertinentes de la ley 18.600 solicita acoger la solicitud en todas sus partes. Segundo: Que el solicitante, en apoyo a su presentaci n, acompaó ñó los siguientes documentos: 1. Credencial de discapacidad. 2. Certificado de discapacidad emitido por la Comisi n de Medicinaó Preventiva e Invalidez (COMPIN). 3. Certificado emitido por la Superintendencia de Pensiones, Comisiones M dicas Regi n Metropolitana de Santiago.é ó Código: HXXSXXSKDWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4. Certificado de Nacimiento de Andr s Ignacio Torres Sierra.é 5. Certificado de Nacimiento de Nicole Torres Sierra. 6. Certificado de Nacimiento de Carlos Torres Sierra. Tercero: Que en virtud de los certificados de nacimiento acompa ados, ha quedado acreditado que la solicitante es hija de lañ presunta interdicta. Cuarto: Que con fecha 27 de junio de 2023, tuvo lugar la inspecci nó personal del tribunal, oportunidad en la cual se pudo constatar que el presunto interdicto quien se encuentra en su domicilio en compa a de suñí madre. Se le aprecia bien vestido, ordenado y risue o. Se mantuvo unañ conversaci n sobre el
Fallo
SE DECLARA: I. Que ha lugar a lo solicitado en lo principal y en consecuencia, se declara la interdicci n definitiva por causa deó demencia de ANDR SÉ IGNACIO TORRES SIERRA, Rut N 19.058.552-2, disponi ndose° é que queda privada de la administraci n de sus bienes. ó II. Que, se ordena inscribir copia autorizada de esta sentencia en el Registro de Interdicciones y Prohibiciones de Enajenar del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago y notificar al p blicoí ú mediante tres publicaciones en un diario de circulaci n nacional deó esta ciudad, una vez ejecutoriada la presente resoluci n.ó III. Que una vez que se encuentre ejecutoriada esta sentencia, inscr baseí en el registro civil. IV. Que se nombra como curador general, leg timo y definitivo aí MARIA ELIANA SIERRA PARRAGUEZ, c dula de identidadé N 7.312.573-8, relev ndolo de la obligaci n de confeccionar° á ó inventario solemne de los bienes de su pupilo, as como tambi n se leí é exime de la obligaci n de rendir fianza y de reducir a Escrituraó P blica, sirviendo de suficiente t tulo de discernimiento una copia deú í esta sentencia. V. Notif quese al curador individualizado, para que previa aceptaci n delí ó cargo y juramento de rigor proceda a su cometido. Notif quese, reg strese y en su oportunidad, arch vese.í í í Rol V- 154- 2023 Pronunciado don lvaro Cayuqueo Pichic n, Juez Suplente.Á ó Código: HXXSXXSKDWT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja const
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FOJA: 21 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 19 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-154-2023 CARATULADO : SIERRA/ Santiago, diecinueve de Octubre de dos mil veintitr sé Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha 29 de mayo de 2023 comparece ULISES A. MU OZ ABARCAÑ , abogado, domiciliada en Padre Mariano N 103,° oficina 305, comuna de Providencia, en representaci n convenci
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