2º Juzgado Civil de Temuco

CLÍNICA ALEMANA DE TEMUCO S.A./MARTÍNEZ

Rol

C-474-2023

Fecha

18 de octubre de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 1 de febrero de 2023 comparece don Eduardo Belmar García, abogado, en representación convencional de Clínica Alemana De Temuco S.A., sociedad comercial del giro de su denominación, representada legalmente por don Rodrigo Infante Cotroneo, de profesión Ingeniero Comercial, domiciliado para estos efectos en calle Senador Estébanez Nº 645, comuna de Temuco, quien en la representación que inviste, viene en demandar en juicio ejecutivo a don Cesar Enrique Martinez Orellana, ignora profesión u oficio, domiciliado en Eusebio Lillo 591, comuna de Lautaro, de acuerdo a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y de derecho que en su libelo expone. Con fecha 6 de marzo de 2023 consta notificación personal al ejecutado, y a su vez, con idéntica fecha, requerimiento de pago. Con fecha 15 de marzo de 2023 el ejecutado opone excepciones. Con fecha 21 de marzo de 2023 el ejecutante evacúa traslado. Con fecha 23 de marzo de 2023

Fallo

se declaran admisibles las excepciones y se recibe la causa a prueba, resolución que se notifica a ambas partes el 16 de agosto de 2023. Con fecha 5 de octubre de 2023 se cita a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 15 de marzo de 2023 el ejecutado objetó por falta de autenticidad e integridad del documento consistente en el pagaré fundante de la presente ejecución por las razones que expone. Que la ejecutante evacuó el traslado conferido con fecha 23 de marzo de 2023 solicitando el rechazo de la objeción documental planteada. A fin de resolver la objeción documental deducida se tendrá presente que los fundamentos de la objeción dicen relación con aspectos relativos al valor probatorio del documento, y no con las causales invocadas, y siendo la apreciación de la prueba una función exclusiva de este tribunal y correspondiendo a éste pronunciarse a continuación, se desestimará la objeción documental. EN CUANTO AL FONDO: SEGUNDO: Que con fecha 1 de febrero de 2023 comparece don Eduardo Belmar García, abogado, en representación convencional de Clínica Alemana De Temuco S.A., sociedad comercial del giro de su denominación, representada legalmente por don Rodrigo Infante Cotroneo, de profesión Ingeniero Comercial, domiciliado para estos efectos en calle Senador Estébanez Nº 645, comuna de Temuco, quien en la representación que inviste, viene en demandar en juicio ejecutivo a don Cesar Enrique Martinez Orellana, ignora profesión u

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-474-2023 CARATULADO : CL NICA ALEMANA DE TEMUCOÍ S.A./MART NEZÍ Temuco, dieciocho de Octubre de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 1 de febrero de 2023 comparece don Eduardo Belmar García, abogado, en representación convencional de Clínica Alemana De Temuco S.A., sociedad comercial del giro de su denominación, re

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