1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CABELLO/PJ CHILE S.P.A.

Rol

O-7808-2022

Fecha

12 de febrero de 2024

Materia

Costas, Despido injustificado, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: PRIMERO: Comparece doña Cristina Melo Rivas, abogada en representación de doña Blanca De Las Mercedes Cabello Merino, cédula de identidad N° 14.178.302-5, empleada, con domicilio en Las Higueras, Parcela 57-B, comuna de Lampa, quien deduce demanda en contra de PJ CHILE SpA, del giro de su denominación, RUT: 76.152.699-5, representada legalmente por don Luis Fernando Zenteno Castro, cédula de identidad N° 15.154.481-9, ambos domiciliados en Evaristo Lillo 48, piso 4, comuna de Las Condes, solicitando se admita a tramitación y en definitiva se acoja la demanda, con costas. Funda la demanda, en síntesis en que su representada ingresó a prestar servicios para la demandada con fecha 17 de marzo de 2015, los que prestó bajo subordinación y dependencia, y de forma ininterrumpida hasta la fecha de su despido. Sus funciones eran de gerente de local I en el local ubicado en Valle Lo Campino, comuna de Quilicura. El término de la relación laboral se produjo el 30 de septiembre de 2022 se informa el término de los servicios. Luego suscribieron las partes Finiquito con reserva de acciones. El 30 de septiembre de 2022, la demandante desarrollo sus labores de manera normal y en horas de la tarde es llamada a una reunión presencial en que se encontraban 3 personas, entre ellas la Sra. Caroca, supervisora de zona, quién le comunica a la demandante el despido. Hasta la fecha no ha llegado a su domicilio la carta de despido. Alega que el despido fue verbal, el 30 de septiembre de 2022 y al tratarse de un despido verbal y no habiéndose cumplido con las formalidades legales, el demandado ha incumplido con la obligación legal impuesta en el artículo 162 del Código del Trabajo. No se cumplió con las formalidades al no haberse remitido por correo certificado al domicilio señalado en el contrato la carta aviso de despido. Respecto al término de la relación laboral, el despido, resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 162 del Código del Trabajo, que ordena enviar o entregar al tr

Fundamentos

fundamentos esgrimidos, pueda además beneficiarse con una franquicia que le otorgó el legislador en un texto especial, así fue resuelto también en

Fallo

en mérito de lo expuesto y lo dispuesto en 168, 161, 162, 163, 420, y demás normas pertinentes del Código del Trabajo y otras disposiciones legales pertinentes en la materia, pide por interpuesta demanda laboral en contra de PJ CHILE SpA, del giro de su denominación, RUT: 76.152.699-5, representada legalmente por Luis Fernando Zenteno Castro, todos ya debidamente individualizado, aceptarla a tramitación y, en definitiva, acoger la demanda en todas sus partes y condenar a la demandada al pago de los conceptos que se desglosan en el acápite peticiones concretas el cual se tiene por reproducidos para todos los efectos legales, con intereses, reajustes y costas. SEGUNDO: Comparece don Fernando Santibáñez Soto, abogado, en representación convencional, de la demandada PJ CHILE S.p.A., Rol Único Tributario N°76.152.699-5, ambos con domicilio para estos únicos efectos en calle Flor de Azucenas Nº111, oficina 41-A, comuna de Las Condes, contestando la demanda deducida en su contra. Expone que es efectivo, que la actora ingresó a prestar servicios para su representada con fecha 17 de marzo de 2015, siendo igualmente efectivo que a la época del despido desempeñaba el cargo de “Gerente de Local”. También es efectivo que con fecha 30 de septiembre de 2022 se puso término al contrato de trabajo de la señora Cabello, invocándose para tales efectos la causal contemplada en el inciso primero del artículo 161 del Código del Trabajo, cumpliéndose con todas las formalidades legales al momento de

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1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, doce de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO: PRIMERO: Comparece doña Cristina Melo Rivas, abogada en representación de doña Blanca De Las Mercedes Cabello Merino, cédula de identidad N° 14.178.302-5, empleada, con domicilio en Las Higueras, Parcela 57-B, comuna de Lampa, quien deduce demanda en contra de PJ CHILE SpA, del giro de su denomin

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