3º Juzgado Civil de Temuco

KALISKI/

Rol

V-339-2021

Fecha

18 de octubre de 2023

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece do a ñ SONIA LEAL KALISKI KRIGUER, m dico cirujano, domiciliada en calle Senador Est banez N 875 de Temucoé é ° e indica que viene en solicitar autorizaci n o insinuaci n para donaró ó irrevocablemente, por mera liberalidad a su hijo JAIME GERARDO PINTO KALISKI, cientista pol tico, c dula de identidad N 13.963.746-1,í é ° domiciliado en calle Almirante Pastene N 70 departamento 1106,° Providencia, Santiago, quien no se encuentra sujeto a tutela o curadur a oí bajo potestad de padre o madre, siendo mayor de edad, la propiedad sobre el siguiente inmueble: a) Departamento mil ciento seis del d cimo primeré piso y de la bodega n mero siete del primer subterr neo, ambos del edificioú á Vista Costanera, con acceso por calle Almirante Pastene n mero setenta,ú Comuna de Providencia, regi n Metropolitana, de acuerdo al planoó archivado con el n mero veintitr s mil tres trescientos setenta y uno,ú é veinti n mil trescientos setenta y uno A a H, y due a adem s de losú ñ á derechos en proporci n al valor de lo adquirido en uni n de los otrosó ó adquirientes en los bienes comunes entre los cuales se encuentra el terreno, que deslinda: NORTE, en veinte coma treinta y cinco metros con do añ Mar a L. Mu oz de V. y en cero coma cincuenta metros con otrosí ñ propietarios; SUR: en veintiuno coma sesenta y cinco metros con do añ Adela P rez de Valenzuela; ORIENTE: en cuarenta y cinco coma setentaé metros con calle Almirante Pastene; PONIENTE: en cuarenta y cinco coma cero siete metros con otros propietarios. Se incluyeron en la venta los correspondientes derechos sobre los bienes comunes del edificio. El t tuloí Código: QDHTXXWFXET Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl rola inscrito a fojas catorce mil ciento ochenta y nueve n mero veintid s milú ó setecientos cincuenta y uno del Registro de Propiedad, correspondiente al a o dos mil siete del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago.- Elñ í Regl

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que la solicitud de autos corresponde a una autorizaci n paraó donar o insinuaci n de donaci n, indic ndose en la presentaci n de folio 1ó ó á ó que el inmueble cuya autorizaci n para donar se solicita, se encuentraó ubicado en calle Almirante Pastene n mero setenta, Comuna de“… ú Providencia, regi n Metropolitanaó …”, constando de documento incorporado a la carpeta judicial a folio 01 consistente en la copia de inscripci n de dominio a nombre de la donante de fs. 14189, Nro.-22751ó del Registro de Propiedad del a o 2007 del Sr. Conservador de Bienesñ Ra ces de Santiago, que el inmueble que se dona consiste en el í “… departamento n mero mil ciento seis del d cimo primer piso y de la bodegaú é n mero siete del primer subterr neo, ambos del Edificio Vista Costanera ,ú á “ ” con acceso por calle Almirante Pastene n mero setenta, Comuna deú Código: QDHTXXWFXET Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Providencia, Regi n Metropolitanaó …”, raz n por la cual se encuentraó inscrito ante el Sr. Conservador de Bienes Ra ces de Santiago.í SEGUNDO: Que el art culo 1401 inciso segundo del C digo Civil se alaí ó ñ Se entiende por insinuaci n la autorizaci n de juez competente,“… ó ó solicitada por el donante o donatario…” disponiendo por su parte el art culo 153 del C digo Org nico de Tribunales que í ó á Para aprobar o“… autorizar la enajenaci n, hipotecaci n o arrendamiento de inmuebles, esó ó competente el juez del lugar donde stos estuvieren situadosé …” , siendo la donaci n un claro t tulo de enajenaci n y constando que el inmueble seó í ó encuentra ubicado en la comuna de Providencia, Regi n Metropolitana,ó fuera de la competencia territorial de este Tribunal conforme lo dispuesto en el art culo 36 letra A del mismo texto legal citado, este rganoí ó jurisdiccional deviene incompetente para conocer de la gesti n deó autorizaci n de autos, debiendo as declararlo habida cuenta que en esteó í tipo de materias no existe la pr rroga de competencia, al no haberó controversia entre partes, no siendo bice para ello el informe favorable deó la Sra. Defensora P blico, por no ser vinculante para el Tribunal.-ú En m rito de lo expuesto y lo dispuesto en el art culo 73 de laé í Constituci n Pol tica de la Rep blica, art culos 1401 inciso segundo deló í ú í C digo Civil; art culo 36 letra A y 153 del C digo Org nico de Tribunalesó í ó á ME DECLARO INCOMPETENTE para conocer y resolver la petici nó de autos, debiendo solicitarse ante el Tribunal con competencia civil que corresponda a la comuna de Providencia.- T mese nota en libros y registros respectivos.-ó Rol Nro.- V-339 2021.-– Dictada por do a ñ MAR A CRISTINA DE LA CRUZ ARRIAGADAÍ , Jueza Titular del Tercer Juzgado Civil de Temuco.- Código: QDHTXXWFXET Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final d

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-339-2021 CARATULADO : KALISKI/ Temuco, dieciocho de octubre de dos mil veintitr sé VISTOS: A folio 1 comparece do a ñ SONIA LEAL KALISKI KRIGUER, m dico cirujano, domiciliada en calle Senador Est banez N 875 de Temucoé é ° e indica que viene en solicitar autorizaci n o insinuaci n para donaró ó irrevocablemente, por

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