INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE SANTIAGO/ESTUDIO JURIDICO BDV ABOGADOS Y CIA LTDA
Rol
S-80-2022
Fecha
12 de febrero de 2024
Materia
Otras Materias Sindicales
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don Guillermo Reyes Arredondo, Inspector Provincial del Trabajo, en representación de la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago, con domicilio en Moneda N° 723, comuna de Santiago, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 292 del Código del Trabajo, en relación a lo establecido en los artículos 485 y siguientes del mismo cuerpo legal interpone denuncia de prácticas antisindicales, contra de la empresa ESTUDIO JURÍDICO BDV ABOGADOS Y COMPAÑÍA LTDA., RUT 76.045.050-2, representada legalmente por don Claudio Marcel Montero Urtubia, RUT N° 11.625.252-K, cuya profesión u oficio ignora, ambos domiciliados en Agustinas N°1022, OF. 710, comuna de Santiago; en razón de haber ejercido conductas atentatorias a la libertad sindical, en contra de la UNION NACIONAL DE TRABAJADORES DE CHILE UNT-CHILE RSU 1300.0004; al no pagar íntegramente las remuneraciones de las dirigentes doña Carolina Moreno Aravena y doña Jeannette Duran Núñez al descontar las horas de trabajo sindical, situación que se ha mantenido inalterable hasta la fecha de esta presentación, lesionando gravemente el derecho a la libertad sindical en su calidad de representantes de la Organización Sindical ya referida, razón por la cual solicita que la denuncia sea acogida en todas sus partes. Señala que La organización sindical UNION NACIONAL DE TRABAJADORES DE CHILE UNT-CHILE RSU 1300.0004, se encuentra legalmente constituido con fecha 29/12/2004 y tiene su personalidad jurídica vigente, la que obtuvo por el depósito de los estatutos el día 06/01/2005 y por el período del 27/01/2022 y hasta el 27/01/2026, fueron electas las dirigentes Carolina Moreno Aravena, Patricia Riveras Oteíza y Jeanette Duran Núñez, en calidad de directoras de la organización sindical respectiva. Cabe señalar además que doña Carolina Moreno Aravena, es igualmente dirigente del SINDICATO N°1 DE ESTUDIO JURÍDICO BDV ABOGADOS RSU 1301.3987, detentando el cargo de presidenta, cuyo último período es desde 06/09/2022 y hasta el 06/09/2024. Con fecha 06/12/2022, doña Carolina Moreno Aravena, interpuso denuncia ante la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago, exponiendo lo siguiente: "A contar del mes de octubre de 2022 la empresa dejó de pagar nuestras remuneraciones, lo que siempre hacía aun cuando desempeñamos labores sindicales. Las afectadas somos Carolina Moreno Aravena, Jeanette Duran Núñez y Patricia Riveros Oteíza. Nunca nos habían descontado las horas de trabajo sindical hasta octubre de 2022. El empleador responde que ya no tenemos fuero, porque el sindicato no tiene la cantidad de socios suficiente. Cabe señalar que además somos dirigentes de la Central Sindical Nacional Unión Nacional de Trabajadores Chile (UNT)." Con el fin de verificar los hechos denunciados, se procedió a ingresar comisión bajo el N° 1301/2022/5134, constituyéndose el fiscalizador actuante Sr. Nelson Moris Herrera, en la empresa Estudio Jurídico BDV Abogados y Compañía Ltda. En la visita inspect
Fallo
Por tanto, de acuerdo a lo expuesto y lo dispuesto en los artículos 289 y siguientes del Código del Trabajo, como asimismo, en los artículos 485 del mismo cuerpo legal, normas citadas y demás aplicables, pide tener por interpuesta denuncia en Procedimiento de Tutela Laboral por prácticas antisindicales en contra de la empresa ESTUDIO JURÍDICO BDV ABOGADOS Y COMPAÑÍA LTDA., RUT 76.045.050-2, representada legalmente por don Claudio Marcel Montero Urtubia, ambos ya individualizados, aceptarla a tramitación, declarando; 1.- Que la denunciada ha incurrido en prácticas antisindicales consistente en el no pago íntegro de la remuneración de las Sras. Carolina Moreno Aravena y Jeanette Duran Núñez, dirigentas de la organización UNION NACIONAL DE TRABAJADORES DE CHILE UNT-CHILE RSU 1300.0004, al descontar las horas de uso de trabajo sindical, las que por acuerdo entre las partes era íntegramente pagado por el empleador. 2.- Que, se ordene el pago retroactivo de la remuneración de las mencionadas dirigentes sindicales con reajustes e intereses legales: -Respecto de la Sra. Carolina Moreno Aravena, correspondiente al mes octubre de 2022 por la cantidad de $400.000 (sueldo base), 100.000 (gratificación), además de la asignación familiar por $ 20.150 y aquéllas sumas que se devenguen con posterioridad a la interposición de la denuncia. - Respecto de Jeannette Duran Núñez, correspondiente al mes octubre de 2022 por la cantidad de $400.000 (sueldo base); 100.000 (gratificación) del mes de se
Texto Completo (Preview)
1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, doce de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Comparece don Guillermo Reyes Arredondo, Inspector Provincial del Trabajo, en representación de la Inspección Provincial del Trabajo de Santiago, con domicilio en Moneda N° 723, comuna de Santiago, quien de conformidad a lo dispuesto en el artículo 292 del Código del Traba
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica