Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso

ROMERO/NEXXO S.A.

Rol

O-1231-2023

Fecha

12 de febrero de 2024

Materia

Costas, Feriado proporcional, Gratificaciones legales, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses, Remuneraciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: I. Que, habida consideración de lo anterior y verificándose que todos los conceptos que se han demandado, efectivamente alcanzan la totalidad de las sumas por las que se ha allanado la parte demandada en este acto y teniendo para ello presente además que la suma que se demanda por esta vía en un procedimiento de aplicación general, es una suma modesta, cuyo pago persigue la demandante en esta causa. II. Que, teniendo presente la actitud asumida por la demandada, a través de su apoderada, quien se ha allanado, con el objeto no sólo de poner término al juicio, sino que también, de colaborar con la administración de justicia, en términos de liberar tiempo, espacios, recursos, no solamente a su parte, sino que a la administración y a la Oficina de Defensa Laboral y del propio tribunal. Por el hecho de encontrarse todas las prestaciones cubiertas que corresponde a lo demandado, en términos de diferencias, tanto de indemnización por falta de aviso previo, como indemnización compensatoria de feriado, más las diferencias que demanda a título de gratificación mensual y remuneración de mayo de 2023, es que el Tribunal acoge la demanda en todas sus partes, sin costas y en consecuencia dispone que NEXXO S.A. RUT debe pagar a don SEBASTIÁN IGNACIO ROMERO BENGOA, la suma total de $542.352., que se desglosa del siguiente modo: a) $108.131.- por concepto de diferencia en el pago de la indemnización sustitutiva del aviso previo, b) $392.916.- por concepto de remuneraciones impagas, que contempla $257.868.- por concepto de diferencias de gratificaciones mensuales pactadas. c) $135.048.- por concepto de diferencia de remuneración del mes de mayo del año 2023, esta suma contempla $41.305.- por concepto de diferencia en el pago del feriado proporcional. III. Atendida la actitud asumida por la parte demandada que ya fue referida en el fondo de esta sentencia, cada parte pagará sus respectivas costas. IV. Quedan notificados en este acto, tanto la parte demandante, como la parte demandada, quienes son representados por sus respectivos apoderados V. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase con ella, en el plazo de quinto día contado desde la ocurrencia de dicha circunstancia y de lo contrario, remítanse los antecedentes al Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de la jurisdicción Valparaíso. RIT O-1231-2023 RUC 23-4-0511037-7 Dictada en audiencia por XIMENA ADRIANA CÁRCAMO ZAMORA, Jueza Titular del Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso. Las partes quedan notificadas personalmente de todas las resoluciones dictadas en la presente audiencia por video conferencia mediante plataforma Zoom. Siendo las 10:26 horas, se pone término a la presente audiencia. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia realizada por video conferencia mediante plataforma Zoom, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Juzgado de Letras del Trabajo de Valparaíso, a nueve de febrero de dos mil veinticuatro.

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA PREPARATORIA PROCEDIMIENTO ORDINARIO VIDEO CONFERENCIA PLATAFORMA ZOOM FECHA Valparaíso, 09 de febrero de 2024 RUC 23-4-0511037-7 RIT O-1231-2023 MAGISTRADO XIMENA ADRIANA CÁRCAMO ZAMORA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Javiera Barra Quevedo SALA DE AUDIENCIA VIRTUAL 1 HORA DE INICIO 10:15 horas. HORA DE TÉRMINO 10:26 horas. N° REGISTRO DE AUDIO 23-4-0511037-7-1338 (Sa

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