GASODUCTO GASANDES S.A./
Rol
V-9-2023
Fecha
18 de octubre de 2023
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 17 de enero de 2023 en folio 1, comparece doña LJUBICA VRSALOVIC OYARZO, chilena, casada, abogada, cédula de identidad Nº10.311.573-6, en representación de GASODUCTO GASANDES S.A. sociedad chilena, del giro transporte de gas natural, Rut Nº96.721.360-8, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Chena N°11.650, Parque Industrial, Puerta Sur, comuna de San Bernardo, quien expone lo siguiente: Señala que, que en terrenos abiertos y sin cultivo, ubicados en la comuna de Paine, provincia de Maipo, Región Metropolitana de Santiago, ha encontrado sustancias concesibles, por lo cual presenta un pedimento con el objeto de constituir a favor de su representada una concesión de exploración que denominará ANDES A22. Indica que, el Punto Medio de la cara superior del pedimento está ubicado en la intersección de las coordenadas U.T.M. Norte: 6.260.600,00 metros, Este: 350.000,00 metros, referidas al Elipsoide Internacional de 1924, Datum La Canoa de 1956, Zona 19. Agrega que, el pedimento tendrá la forma de un cuadrado, una orientación Norte-Sur U.T.M., una superficie de 100 hectáreas de terreno con 1.000 metros de largo en el sentido Norte-Sur por 1.000 metros de ancho, en el sentido Este-Oeste. En mérito de lo expuesto y citas legales que enuncia, solicita tener por efectuado el pedimento, admitirlo a tramitación, ordenar su inscripción y publicación, previa certificación del día y hora de su presentación y en definitiva, otorgar a su representada la concesión de exploración solicitada. Con fecha 11 de abril de 2023 en folio 5, se acompañó comprobante de pago de tasa de pedimento y patente concesión exploración. Además, la publicación efectuada el día lunes 06 de febrero de 2023 en el Diario Oficial, mediante ejemplar N°43.470 del Boletín Oficial de Minería de Santiago. Código: XBKKXXPREWS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Asimismo, consta que se inscribió el Pedimento Mine
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, no existen ilegalidades o faltas sobre las que este tribunal deba pronunciarse. Código: XBKKXXPREWS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 SEGUNDO: Que, no se ha incurrido en vicios procesales que valorar en el procedimiento, ni de caducidad que lo anulen. TERCERO: Que el presente Pedimento Minero fue presentado ante este Tribunal el día 17 de enero de 2023, a las 16:30:20 horas, conforme al certificado ingreso de solicitud que consta en folio 2. CUARTO: Que, se ha cumplido en debida forma y dentro de los plazos legales, todos y cada uno de los trámites, diligencias o actuaciones que el Código de Minería prescribe en los párrafos primero, tercero y cuarto de su Título Quinto, para los efectos de constituir una concesión de exploración.
Fallo
En mérito de lo expuesto y citas legales que enuncia, solicita tener por efectuado el pedimento, admitirlo a tramitación, ordenar su inscripción y publicación, previa certificación del día y hora de su presentación y en definitiva, otorgar a su representada la concesión de exploración solicitada. Con fecha 11 de abril de 2023 en folio 5, se acompañó comprobante de pago de tasa de pedimento y patente concesión exploración. Además, la publicación efectuada el día lunes 06 de febrero de 2023 en el Diario Oficial, mediante ejemplar N°43.470 del Boletín Oficial de Minería de Santiago. Código: XBKKXXPREWS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Asimismo, consta que se inscribió el Pedimento Minero con fecha 20 de enero de 2023, en repertorio 005, a fojas 017, número 005 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas Buin y el plano, en original y dos copias, que señala la configuración de la concesión de exploración de autos. La relación entre el vértice V1 y el Punto Medio en rumbo U.T.M. es de S- 50,0000 grados – E centesimales, azimut U.T.M. 150,0000 grados centesimales y la distancia U.T.M. es de 707,11 metros. El perímetro solicitado del terreno pedido según plano adjunto, queda definido de la siguiente forma: a partir del vértice V1 con un azimut U.T.M. de 100,0000 grados y a una distancia U.T.M. de 1.000 metros se ubica el vértice V2. Desde V2 con un azimut U.T.M. de 200,0000 grados y a una
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Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Buinº CAUSA ROL : V-9-2023 CARATULADO : GASODUCTO GASANDES S.A./ Buin, dieciocho de Octubre de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 17 de enero de 2023 en folio 1, comparece doña LJUBICA VRSALOVIC OYARZO, chilena, casada, abogada, cédula de identidad Nº10.311.573-6, en representación de GASODUCTO GASANDES S.A.
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