EMPRENDER CAPITAL SERVICIOS FINANCIEROS SPA/
Rol
V-193-2023
Fecha
17 de octubre de 2023
Materia
CRÉDITO, EXTRAVÍO DE TÍTULO
Resultado
No especificado
Hechos
Vistos: Con fecha 6 de julio de 2023, folio 1, comparece don Claudio Hernán Torres Contreras, abogado, mandatario judicial en representación de Emprender Capital Servicios Financieros SpA, RUT 76.136.746-3, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por doña Carmen Carolina Lisboa Vidal, chilena, divorciada, ingeniero, cédula de identidad 10.469.911-1, todos con domicilio en Avenida Apoquindo N°4820, Piso 6, Edificio Sura, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, quien viene en solicitar se declare el extravío del documento que indica, por los siguientes fundamentos. Con fecha 4 de septiembre de 2023, folio 9, se acompañó la publicación respectiva realizada en el Diario Oficial, de fecha 1 de septiembre de 2023. Con fecha7 de agosto de 2023, folio 7, consta notificación de la solicitud a don Eugenio Von Chrismar Carvajal, en su calidad de representante del Banco de Crédito e Inversiones, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de Procedimiento Civil. Con fecha 16 de octubre de 2023, folio 12, se certificó que no consta que terceros se hayan opuesto a la solicitud. Con fecha17 de octubre de 2023, folio 13, se dictó autos para fallo.
Fundamentos
CONSIDERANDO: Código: DFXNXXLXJCS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 PRIMERO: Que con fecha 6 de julio de 2020, folio 1, don Claudio Hernán Torres Contreras, abogado, en representación de Emprender Capital Servicios Financieros SpA, ya individualizados, solicita se declare el extravío del documento que indica, por los siguientes fundamentos que expone. Señala que su representada es dueña y titular del siguiente Vale Vista: N°061306876757 emitido por el Banco de Crédito e Inversiones, oficina Edificio Corporativo, por la suma de $49.210.276.- (cuarenta y nueve millones doscientos diez mil doscientos setenta y seis pesos). El citado documento se encuentra extraviado, por lo solicita se declare su extravío y autorice a su titular, además, para ejercer los derechos que le competen como dueño y titular del mismo, de conformidad a lo señalado por el artículo N°88 de la Ley N°18.092.- Previas citas legales pide declarar el extravío del instrumento singularizado precedentemente, autorizándole para ejercer los derechos que le corresponden en mi calidad de dueño y titular del mismo. SEGUNDO: Que a fin de acreditar sus alegaciones, la parte solicitante acompañó los siguientes antecedentes: 1) Certificado de fecha 4 de julio de 2023, otorgado por el Banco de Crédito e Inversiones, en que se deja constancia de la existencia del Vale vista extraviado, con sus circunstancias y monto. Se indica que está pendiente de cobro. TERCERO: Que de los antecedentes allegados al presente acto judicial no contencioso, se infiere que el interesado ha dado cumplimiento a las exigencias legales para esta clase de gestión, razón por la cual no corresponde si no acceder a lo solicitado, sin que hubiera reclamo alguno de terceros sobre el particular.
Fallo
Por estas consideraciones y atendido lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley N° 18.552; artículos 88 y siguientes de la Ley N° 18.092; y artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara que: Código: DFXNXXLXJCS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 I.- SE ACCEDE a la petición principal del folio 1, declarándose extraviado el documento de autos, debiendo el Banco de Crédito e Inversiones otorgar duplicado del vale vista N°061306876757, por la suma de $49.210.27, cuyo tomador original es Emprender Capital Servicios Financieros SpA. II.- SE AUTORIZA al solicitante, o a quien sus derechos represente, a ejercer los derechos que le correspondan en su calidad de dueño y portador legítimo del documento. III.- SE DEJA SIN EFECTO y sin valor jurídico y/o legal alguno el documento extraviado. Notifíquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. ROL V-193-2023 Dictada por doña María Soledad Oyanedel Rodríguez, Juez Subrogante. Autoriza doña Ximena Andrade Hormazábal, Secretaria Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, diecisiete de Octubre de dos mil veintitr sé Código: DFXNXXLXJCS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Código: DFXNXXLXJCS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 11 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-193-2023 CARATULADO : EMPRENDER CAPITAL SERVICIOS FINANCIEROS SPA/ Santiago, diecisiete de Octubre de dos mil veintitr sé Vistos: Con fecha 6 de julio de 2023, folio 1, comparece don Claudio Hernán Torres Contreras, abogado, mandatario judicial en representación de Emprender Capital Servicio
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