1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

TAPIA/AEDO

Rol

M-3317-2023

Fecha

9 de febrero de 2024

Materia

Costas, Despido injustificado, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Prestaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

HECHOS: Consta íntegramente en audio. CONTESTACIÓN DE LA DEMANDA: Se tiene contestada la demanda en rebeldía. Consta íntegramente en audio. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, no se produce. Atendida la rebeldía de las demandadas. SOLICITUD: La parte demandante solicita que se admita tácitamente los hechos de la demanda. Consta en audio. TRIBUNAL RESUELVE: Que no existen hechos sustanciales pertinentes controvertidos a medir recibir la causa a prueba y haciendo uso de la facultad contenida del 453, número 1, inciso 7, dar al lugar a la admisión tácita, notificándose al abogado por correo electrónico durante el día de hoy la sentencia. SE FIJA LA FECHA DE DICTACIÓN DE SENTENCIA Se fija la fecha de dictación de sentencia para el día 09 de febrero de 2024, a las partes serán notificadas a través de correo electrónico y/o estado diario. SENTENCIA: VISTOS: PRIMERO: Que comparece LESLIE DAYANA TAPIA VÁSQUEZ, Auxiliar de aseo, domiciliada en Condominio Parque Gambino 3200, Torre 12, depto. 503, Conchalí, deduciendo demanda en Procedimiento Monitorio por Despido injustificado por ser carente de causal y Cobro de Prestaciones Laborales, en forma principal en contra de NERI AEDO SOTO, domiciliada en Condominio Parque Gambino 3200, Torre 13, depto. 202, Conchalí; y además, deduzco demanda por su responsabilidad solidaria en las obligaciones laborales, de acuerdo a la norma contenida en el artículo 183-A y siguientes del Código del Trabajo, en contra de JOHN CRANE CHILE S.A., ignora giro, representada legalmente por don CARLOS RAMÍREZ, de quién ignora profesión u oficio, domiciliados ambos, en Av. Américo Vespucio 2542, Conchalí. SEGUNDO: Que, la demanda se funda en síntesis en Relación Laboral con doña NERI AEDO SOTO iniciada con fecha 02 de enero de 2023, como Auxiliar de Aseo, labores que desempeñó durante toda la relación laboral, en las instalaciones de la demandada solidaria John Crane Chile S.A., según se consignó expresamente en el contrato suscrito,

Fundamentos

motivos de la desvinculación. Así las cosas, el despido se tendrá por injustificado y, congruente con lo anterior, se mandará pagar la indemnización sustitutiva del aviso previo, en base a la remuneración tenida por acreditada de $550.000. QUINTO: Que, dado que la trabajadora se desempeñó en régimen de subcontratación para la demandada JOHN CRANE CHILE S.A., la que dada su incomparecencia nada acreditó en cuanto a modificar la responsabilidad solidaria que le asiste, deberá responder solidariamente de lo que se ordenará pagar por la presente sentencia. SEXTO: Que no se condenará en costas a las demandadas por no haber oposición.

Fallo

Por estas consideraciones y visto además lo dispuesto en los artículos 7°, 41, 42, 63, 162, 168, 172, 173, 445, 453, 454, 456, 457 y 459 del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que se acoge la demanda, por lo que se declara el despido injustificado, condenándose a las demandadas, en forma solidaria, a pagar a la actora: a. $550.000 por indemnización sustitutiva del aviso previo. II. Que esta indemnización se deberá pagar más los reajustes e intereses legales que correspondan. III. Que no se condena en costas. Regístrese y archívese, en su oportunidad. Dirigió y dictó doña ANDREA LEONOR SILVA AHUMADA, Juez Titular del 1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Las partes quedan notificadas de las resoluciones dictadas en esta audiencia, conforme lo establece el artículo 426 inciso primero del Código del Trabajo. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. 1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. En Santiago, a nueve de febrero de dos mil veinticuatro. REGISTRO DE AUDIO

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago ACTA DE AUDIENCIA ÚNICA PROCEDIMIENTO Monitorio (Audiencia Presencial) FECHA 09/02/2024, Santiago RUC 23- 4-0507774-4 RIT M-3317-2023 CARATULADO TAPIA/AEDO MAGISTRADO ANDREA LEONOR SILVA AHUMADA ADMINISTRATIVO DE ACTAS Jessica Vildo HORA DE INICIO 09:10 HORA DE TERMINO 09:15 SALA 5.3 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340507774-4-1348 PARTE RECL

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