1º Juzgado Civil de Santiago

TRONCOSO/BANCO DE CHILE

Rol

C-9921-2023

Fecha

17 de octubre de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, con fecha 14 de junio de 2023, comparece JONATHAN TRONCOSO PACHECO, empleado, domiciliado para estos efectos en calle Santa Luc a N° 150, piso 6, comuna de Santiago, quien interpone demanda en contra deí BANCO DE CHILE, del giro de su denominaci n, representada por su gerenteó general Eduardo Ebensperger Orrego, factor de comercio, ambos domiciliados en calle Ahumada N° 251, comuna de Santiago, a fin de que se declare la prescripci n de la acci n cambiaria que se alar a continuaci n.ó ó ñ á ó Funda su demanda se alando que con fecha 24 de abril de 2019, elñ actor suscribi un pagar n mero 505137096463069894, por un monto de $ó é ú 3.367.560.- a pagar en 36 cuotas, por $ 124.017.- a vencer a contar del 5 de junio de 2019, m s una ltima cuota de $ 124.004.- con vencimiento al 5 de mayoá ú de 2002. Refiere que la mora o simple retardo autorizar a al acreedor a cobrarí el total de acuerdo a la cl usula de aceleraci n, sin que se hubiese demandado niá ó requerido de pago por esta deuda, por el Banco demandado. Conforme a los art culos 49 y 52 de la Ley 18,092, es plenamenteí aplicable al art culo 107 de la misma norma, que establece un plazo de un a oí ñ contado desde la fecha de su giro, dentro del cual quedar sin valor a menos queá sea protestado por falta de pago. As , la fecha de vencimiento del pagar en comento fue el 5 deí é mayo de 2022, por lo que el art culo 98 de la Ley 18.092, en relaci n con elí ó art culo 107 antes comentado, establece un plazo de prescripci n de las accionesí ó cambiarias al portador contra los obligados al pago es de un a o contado desde elñ d a de vencimiento del documento.í En virtud de lo anterior, ha transcurrido el plazo de prescripci n deó un a o contemplado por el art culo 98 antes referido, haciendo procedente lañ í declaraci n de prescripci n demandada en autos.ó ó Cabe recordar que, conforme al art culo n mero 10 del art culo 3 delí ú í C digo de Comercio, el pagar es un t tulo de cr dito que permite a su port

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, JONATHAN TRONCOSO PACHECO, interpuso demanda de prescripci n extintiva en contra del BANCO DE CHILE, en virtud deó lo se alado en lo expositivo de esta sentencia.ñ SEGUNDO: Que, la parte demandada se allan a la demanda deó autos, en los t rminos se alados en la parte expositiva de este fallo.é ñ TERCERO: Que, con el fin de acreditar sus dichos y pretensiones, el demandante acompa prueba documental, inobjetada de contrario, consistente en:ñó 1.- Copia simple del PAGAR É N° 505137096463069894, suscrito a favor del Banco de Chile, con fecha 24 de abril de 2019, por don Jonathan Troncoso Pacheco. CUARTO: Que, es un hecho atestiguado en el proceso, que se desprende de la documental aparejada por el actor, inobjetada por la contraria, que suscribi con fecha 24 de abril de 2019, un pagar a favor del Banco de Chile,ó é por la suma de $ 3.367.560.- en 36 cuotas mensuales y sucesivas, venciendo la primera de ellas el d a 5 de junio de 2019.í QUINTO: Que, conforme al art culo 2514 del C digo Civil, laí ó prescripci n que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente ciertoó lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, contados desde que la obligaci n se haya hecho exigible.ó Dicha prescripci n se interrumpe civilmente con la notificaci n v lidaó ó á de la demanda, conforme al art culo 2518 del C digo Civil, en relaci n con elí ó ó art culo 2503.í SEXTO: Que, por otro lado, en atenci n al art culo 98 de la Leyó í 18.092, sobre Letras de Cambio y Pagar s, relacionado con el art culo 107 delé í mismo cuerpo legal, el plazo de prescripci n de las acciones cambiarias del portadoró de dichos efectos de comercio, contra los obligados al pago es de un a o contadoñ desde el vencimiento del documento. Dicha prescripci n se interrumpe s lo respecto del obligado a quien seó ó notifique la demanda judicial de cobro, o la gesti n judicial necesaria o conducenteó para deducir dicha demanda o preparar la ejecuci n, o respecto del obligado queó ha reconocido expresa o t citamente su calidad de tal, conforme al art culo 100 deá í la norma antes citada. S PTIMO: É Que, sin perjuicio de lo expuesto por la parte demandante, no existe antecedente en autos que permita tener por efectiva la existencia de un procedimiento judicial de cobro ejecutivo en su contra en virtud del cual, de existir, se le hubiere notificado legalmente la demanda, en tal sentido, dando lugar a la interrupci n de la prescripci n propia de los documentosó ó mercantiles que habr a suscrito con la demandada, cuyo primer vencimiento seí Código: XVFLXXJBMYR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl produjo el d a 5 de junio de 2019, circunstancia que, atendida la cl usula deí á exigibilidad anticipada contemplada en el pagar , hizo exigible el total de laé obligaci n, como si fuere de plazo vencido.ó Que, a mayor abundamiento, conforme al art culo 2515 del C digoí ó Civil, la prescripci

Fallo

Por estas consideraciones, y vistos, adem s, lo dispuesto por losá art culos 160, 170, 342 del C digo de Procedimiento Civil; y a los art culos 1,698,í ó í y 2.492 y siguientes del C digo Civil, y la Ley 18.092, ó SE DECLARA: I.- Que, se acoge la demanda principal de folio 1, declar ndoseá prescritas las acciones emanadas del pagar , vencidas desde el d a 5 de junio deé í 2019. II-.- Que, cada parte pagar sus costas.á REGISTRESE, NOTIFIQUESE Y ARCHIVESE. frt Dictada por Isabel Margarita Z iga Alvayay, jueza titular. úñ En Santiago, a diecisiete de Octubre de dos mil veintitr sé , se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Código: XVFLXXJBMYR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-10-17T09:19:46-0300

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FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-9921-2023 CARATULADO : TRONCOSO/BANCO DE CHILE Santiago, diecisiete de Octubre de dos mil veintitr sé VISTO: A folio 1, con fecha 14 de junio de 2023, comparece JONATHAN TRONCOSO PACHECO, empleado, domiciliado para estos efectos en calle Santa Luc a N° 150, piso 6, comuna de Santiago, quien interpon

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