WARD/TESORERÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA DE CHILE
Rol
C-2387-2022
Fecha
17 de octubre de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que, con fecha 29 de marzo de 2022, comparece Julio Alberto Justiniano Ram rez, í abogado, en representaci n de ó Maria Elena Catalina Ward Correa, decoradora, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Nueva Providencia 1945, oficinas 208 y 209, comuna de Providencia, e interpone demanda en juicio ordinario de mayor cuant a de declaraci n de prescripci n extintiva en contra de Tesorer a Generalí ó ó í de la Rep blica representada por ú Hern n Nobizelli Reyesá , contador auditor, en representaci n del Tesorer a General de la Rep blica, organismo aut nomo de derechoó í ú ó p blico, todos domiciliados para estos efectos, en calle Alberto Llona, N 1899, Barrioú ° Plaza de Maip , comuna de Maip .ú ú Fundamenta su presentaci n se alando que seg n consta del Certificado deó ñ ú Deuda emitido por la Tesorer a General de la Rep blica (en adelante TGR) de fecha 26í ú de noviembre de 2021, figura a t tulo personal con deudas morosas entre el 13 deí diciembre de 1999 y el 13 de febrero de 2006 por un total actualizado de $47.551.997.-. Indica que de conformidad con lo que establece el art culo 201 del C digoí ó Tributario, la acci n para perseguir el pago de impuestos prescribe en el plazo de tresó a os, contado desde la expiraci n del plazo legal en que debi efectuarse el pago. ñ ó ó Expresa que el se alado plazo solo se interrumpe respecto del obligado a quien señ notifique la demanda o la gesti n judiciales necesarias o conducentes para deducir dichaó demanda o preparar la ejecuci n. ó Sostiene que es as como la acci n para perseguir el cobro de los tributos queí ó corresponden a los impuestos que se detallan en el Certificado de Deuda con vencimientos entre el 13 de diciembre de 1999 y el 13 de febrero de 2006 as como sus– í reajustes e intereses-, se encuentran extintas por prescripci n.ó Código: XXMMXXXXGYR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 En cuanto al derecho, cita los ar
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho expuestosú en el escrito de contestaci n de la demanda de autos.ó Que, con fecha 5 de junio de 2023, consta certificaci n respecto de la noó comparecencia de las partes a la audiencia de conciliaci n.ó Que, con fecha 22 de junio de 2023, se recibe la causa a prueba, por el t rminoé legal, rindi ndose la que consta en autos.é Que, con fecha 5 de octubre de 2023, y atendido el estado procesal de la causa, se cit a las partes a o r sentencia.ó í CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, conforme lo dispone el art culo 2492 del C digo Civil, laí ó prescripci n es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por no haberseó ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo y concurriendo los dem s requisitos legales. á A su vez, el art culo 2493 del mencionado c digo, establece que la prescripci ní ó ó debe ser alegada y que el juez no puede declararla de oficio. SEGUNDO: Que, el art culo 2.514 del C digo Civil dispone que la prescripci ní ó ó que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndose este tiempo desde queá la obligaci n se hizo exigible.ó TERCERO: Que, por su parte, el art culo 2.521 del aludido cuerpo legal se alaí ñ que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. CUARTO: Que, para que resulte procedente declarar la prescripci n de lasó referidas acciones y derechos, es necesario que hayan transcurrido los plazos que establece la ley desde que se hizo exigible la obligaci n y que el titular de aquellos no losó haya ejercido, manteni ndose inactivo a su respecto.é QUINTO: Que, en estos autos se ha demandado la prescripci n de la acci n deó ó cobro de obligaciones tributarias, correspondientes a formularios 21, Folios: 1) 407633 con vencimiento el 13 de febrero de 2006 por un monto total de $211.180; 2) 407646 con vencimiento el 13 de junio de 2006 por un monto total de $ 1,900,755; 3) 763754 con vencimiento el 12 de mayo de 2004 por un monto total de $1,217,020; 4) 942050 con vencimiento el 1 de enero de 1900 por un monto total de $ 36,719; 5) 942052 con vencimiento el 1 de enero de 1900 por un monto total de $ 36,719; 6) 942055 con vencimiento el 1 de enero de 1900 por un monto total de $ 36,719; 7) 942058 con Código: XXMMXXXXGYR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 vencimiento el 1 de enero de 1900 por un monto total de $ 36,719; 8) 104754619 con vencimiento el 1 de enero de 1900 por un monto total de $ 105,675; 9) 106458634 con vencimiento el 1 de enero de 1900 por un monto total de $ 14,751; 10) 296517476 con vencimiento el 12 de febrero de 2004 por un monto total de $ 4,705,894; 11) 296787046 con vencimiento el 12 de junio de 2004 por un monto total de $ 1,214,588; 12) 296788246 con vencimiento el 12 de agosto de 2004 por un mo
Fallo
Por estas consideraciones, citas legales, y visto adem s lo dispuesto en los art culosá í 1698, 2492 y siguientes del C digo Civil; en los art culos 200 y siguientes del C digoó í ó Tributario, y en los art culos 144, 253 y siguientes í y dem s disposiciones pertinentes, seá declara: I.- Que, se acoge la demanda de fojas 1, y, en consecuencia, se declaran extinguidas por prescripci n las acciones para impetrar el cobro de las deudasó tributarias, correspondientes a los folios N ° 407633 y 407646, 106458634, 34903085, 34904915, 34905215, 34905765, 763754, 942050, 942052, 942055, 942058, 104754619, 296517476, 296787046, 296788246, 296791236, 296793346, 296794156, 296794966, 296795616, 296796516, 296797526, 296798086, 296800496, 296802716, 296909106, 296909636, 296910256, 296922546, 296923116 y 296924096, incluidos reajustes, Código: XXMMXXXXGYR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 intereses y multas. Elim nense dichos folios por parte de la demandada de autos,í ejecutoriada que sea la presente sentencia. II.- Que se rechaza la demanda respecto del folio 169657072, conforme se razono en el considerando d cimo cuarto.é III.- Que, cada parte pagar sus costas.á Reg strese, notif quese y arch vese en su oportunidad.í í í ROL C-2387-2022 DICTADA POR ROMMY MULLER UGARTE, JUEZ TITULAR DEL SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. AUTORIZA MARIA ELENA MOYA GUMERA, SECRETARIA SUBROGANTE. Se deja constancia que se d
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 34 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-2387-2022 CARATULADO : WARD/TESORER A GENERAL DE LAÍ REP BLICA DE CHILEÚ Santiago, diecisiete de Octubre de dos mil veintitr sé VISTOS: Que, con fecha 29 de marzo de 2022, comparece Julio Alberto Justiniano Ram rez, í abogado, en representaci n de ó Maria Elena Catalina Ward Correa, d
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