11º Juzgado Civil de Santiago

INMOBILIARIA PARQUE LA FLORIDA SPA/SAAVEDRA

Rol

C-6410-2021

Fecha

16 de octubre de 2023

Materia

CONTRATO, RESOLUCIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: Que compareció doña Daphne Basiliu Cáceres, abogada, en representación convencional de Inmobiliaria Parque La Florida SpA, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por con Carlos Rodolfo Vargas Paysen, ingeniero comercial, todos con domicilio en calle Estado N°360, piso 2, comuna de Santiago, quien dedujo demanda en juicio ordinario de menor cuantía de resolución de contrato e indemnización de perjuicios, en contra de doña Eglan Cristina Saavedra Games, ignora ocupación, con domicilio en pasaje Los Helechos N°929, comuna de Huechuraba, y solicitó en definitiva se declare: i. La resolución del contrato de promesa de compraventa referido por incumplimiento de las obligaciones de la demandada. ii. Que se condene a la demandada a indemnizar a su representada los perjuicios ocasionados por dicho incumplimiento, los cuales han sido avaluados anticipadamente y de común acuerdo en el equivalente a todas las sumas que ésta haya pagado a Inmobiliaria Parque La Florida, a cualquier título, por concepto del contrato de promesa, o por concepto d otros servicios indicados en el Reglamento Interno y Arancel del Cementero, ello es, la suma de $1.561.921.- más intereses moratorios, de acuerdo a la tasa de interés máximo convencional para operaciones reajustables, conforme lo dispone las estipulaciones generales del contrato. iii. Que se ordene cancelar la inscripción de dominio de la sepultura a nombre de la demandada en el registro de propiedad que lleva el propio cementerio. iv. Que se declare que su representada pueda tomar posesión de la sepultura singularizada precedentemente; y exhumar los restos que se encuentran ahí sepultados, procediendo a reducirlos y trasladarlos a otro sector del Cementerio Parque, ello es, fosa común. Código: BQCSXXBXXBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl v. Condenar en costas a la demandada. En cuanto a la exposición de los hechos, manifestó que la Inmo

Fundamentos

Considerando: Primero: Que compareció doña Daphne Basiliu Cáceres, en representación convencional de Inmobiliaria Parque La Florida SpA, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente por con Carlos Rodolfo Vargas Paysen, y dedujo demanda en juicio ordinario de menor cuantía de resolución de contrato e indemnización de perjuicios, en contra de doña Eglan Cristina Saavedra Games, y solicitó que en definitiva se declare: i. La resolución del contrato de promesa de compraventa referido por incumplimiento de las obligaciones de la demandada. ii. Que se condene a la demandada a indemnizar a su representada los perjuicios ocasionados por dicho incumplimiento, los cuales han sido avaluados anticipadamente y de común acuerdo en el equivalente a todas las sumas que ésta haya pagado a Inmobiliaria Parque La Florida, a cualquier título, por concepto del contrato de promesa, o por concepto d otros servicios indicados en el Reglamento Interno y Arancel del Cementero, ello es, la suma de $1.561.921.- más intereses moratorios, de acuerdo a la tasa de interés máximo convencional para operaciones reajustables, conforme lo dispone las estipulaciones generales del contrato. iii. Que se ordene cancelar la inscripción de dominio de la sepultura a nombre de la demandada en el registro de propiedad que lleva el propio cementerio. iv. Que se declare que su representada pueda tomar posesión de la sepultura singularizada precedentemente; y exhumar los restos que se encuentran ahí sepultados, procediendo a reducirlos y trasladarlos a otro sector del Cementerio Parque, ello es, fosa común. Código: BQCSXXBXXBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl v. Condenar en costas a la demandada. Fundamentó la demanda de resolución de contrato e indemnización de perjuicios en los antecedentes de hecho y de derecho expuestos en la parte expositiva de esta sentencia. Segundo: Que el demandado se mantuvo rebelde a lo largo del proceso, lo que importa desde un punto de vista procesal, que la demandada deberá soportar las cargas probatoria que la ley le atribuye, precluyendo el derecho de la demandada para incorporar alegaciones o defensas. Tercero: Que a partir de lo antes señalado, es carga de la parte demandante el acreditar la existencia y estipulaciones de contrato de sepultura, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1698 del Código Civil, y así establecido, será de carga de la demandada el acreditar que cumplió con dicho contrato y sus estipulaciones. Cuarto: Que a fin de acreditar sus asertos, la parte demandante rindió la siguiente prueba instrumental: 1. Copia de reducción a escritura pública, repertorio 20.078-2018 de “Acta Junta Extraordinaria de Accionistas Inmobiliaria Parque La Florida S.A.” de 16 de octubre de 2018, suscrita ante el Notario Público de Santiago don Eduardo Diez Morello, que da cuenta que se aprobó la transformación de la sociedad Inmobiliaria Parque La Florida S.A. a una so

Fallo

se declarará, debiendo atenderse a lo dispuesto en el Título VIII del Reglamento de Cementerios y lo previsto en el Libro VIII del Código Sanitario, relacionado con Las Inhumaciones, Exhumaciones y Traslado de Cadáveres. Décimo quinto: Que, habiendo resultado vencida la demandada y no pudiendo configurarse a su respecto la hipótesis de haber litigado con motivo plausible, por mantenerse rebelde durante todo el proceso, se le condenará al pago de costas. Código: BQCSXXBXXBR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Por estas consideraciones, normas legales citadas y visto, además lo dispuesto en artículos 1489, 1545, 1877 y 1878 del Código Civil; artículos 144, 160 y 170, 254 del Código de Procedimiento Civil, se decide: I. Que se acoge la demanda de resolución de contrato deducida por Inmobiliaria Parque La Florida S.A., en contra de doña Eglan Cristina Saavedra Games y, en consecuencia, se declara resuelto el contrato de promesa de compraventa celebrado el 11 de marzo de 2016, respecto de la Sepultura ubicada en el área A1 del sector 04, sepultura N°04BM1702, con una capacidad de 4 compartimientos de la planimetría del Cementerio Parque Santiago. II. Que se condena a la demandada al pago de la indemnización pactada por la suma de $1.561.921.- (un millón quinientos sesenta y un mil novecientos veintiún pesos), conforme se razonó en el fundamento undécimo. III. Que se faculta a la demandante para que tome posesión

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 11º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-6410-2021 CARATULADO : INMOBILIARIA PARQUE LA FLORIDA SPA/SAAVEDRA Santiago, dieciséis de octubre de dos mil veintitrés. Visto: Que compareció doña Daphne Basiliu Cáceres, abogada, en representación convencional de Inmobiliaria Parque La Florida SpA, sociedad del giro de su denominación, representada legalmente

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