1º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

CORPORACIÓN DE DERECHO PRIVADO STADIO ITALIANO/INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE

Rol

I-463-2023

Fecha

8 de febrero de 2024

Materia

Reclamo Multa Administrativa

Resultado

No especificado

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Hechos

Hechos y circunstancias de la infracción que dan origen a la multa reclamada pormenores. CUARTO: Que, con fecha 22 de enero de 2023 se llevó a cabo la audiencia de juicio. Que para acreditar sus alegaciones la parte reclamante incorporó en la audiencia de juicio los siguientes medios probatorios que habían sido ofrecidos en la audiencia preparatoria respectiva: Documental: 1. Copia de la Resolución de multa número 1839/23/52, de fecha 19 de julio de 2023. 2. Correo de notificación de multa de fecha 08 de agosto de 2023, vía correo electrónico nccictStgoOriente@dt.gob.cl bajo asunto: Informa término de fiscalización N°1322/2023/2960 con multa administrativa. 3. Factura electrónica N° 130818 de fecha 21 de julio de 2023. 4. Factura electrónica N° 130819 de fecha 21 de julio de 2023. 5. Registro capacitación ACHS de 30 de julio de 2023. 6. Informe seguridad ACHS N°8102320 de fecha 19 de junio de 2023. 7. Certificado de afiliación ACHS de fecha 09 de agosto de 2023. 8. Certificado de operatividad SOPORCERT Folio N° 8538 de fecha 08 de agosto de 2023. 9. Correo electrónico de fecha 22 de junio de 2023, enviado por otecmanagerachs@achs.cl, bajo asunto: CONFIRMACION CURSO: ID 00788579, EMPRESA CORPORACION DERECHO PRIVADA STADIO ITALIANO. 10. Correo electrónico de fecha 05 de julio de 2023, enviado por Servicio de Evaluaciones Laborales, sel@achs.cl, bajo asunto: Notificación de agendamiento SEL Achs. 11. Correo electrónico de fecha 05 de julio de 2023, enviado por Servicio de Evaluaciones Laborales, sel@achs.cl, bajo asunto: Notificación de agendamiento SEL Achs. 12. Correo electrónico de fecha 05 de julio de 2023, enviado por Servicio de Evaluaciones Laborales, sel@achs.cl, bajo asunto: Notificación de agendamiento SEL Achs. 13. Declaración de calidad de EPP N° 8885 de fecha 24 de julio de 2023, emitido por MACAYA INSUMOS INDUSTRIALES LTDA. 14. Declaración de calidad de EPP N° 8886 de fecha 24 de julio de 2023, emitido por MACAYA INSUMOS INDUSTRIALES LTDA.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ha comparecido ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, don ENRIQUE RAVIZZA COLOMBARA, cédula nacional de identidad N° 7.544.80-0, domiciliado en Avenida Apoquindo N° 6589, Las Condes, Región Metropolitana, en representación de C.D.P. STADIO ITALIANO, RUT 70.011.630-1, del giro de su denominación, interponiendo reclamo conforme al artículo 503 del Código del Trabajo, en contra de la INSPECCIÓN COMUNAL DEL TRABAJO SANTIAGO ORIENTE, representada legalmente por su jefa, doña SANDRA MÓNICA ORTIZ SILVA, ambos con domicilio en Av. Vitacura Nº 3900, Vitacura, Santiago. Expone que el día 8 de junio de 2023, alrededor de las 15 horas, el trabajador Julio González Rojas, funcionario contratado por Stadio Italiano desde el 25 de abril de 1986 para realizar labores de mantenimiento en las instalaciones, se encontraba sobre un segundo cuerpo de andamio realizando trabajos de instalación de planchas metálicas en un muro del gimnasio, mientras otro funcionario de la misma área Sr. Jorge Lara Gajardo, lo acompañaba desde el piso y ayudaba en las labores que el Sr. González estaba realizando. Indica que en ese momento pasa por el lugar el fiscalizador CARLOS HUMBERTO CAÑUTA SEPÚLVEDA y al percatarse de que el Sr. Julio González no portaba sus implementos de seguridad decide suspender los trabajos, solicitando hablar con la Prevencionista de Riesgos de Stadio Italiano, la cual se encontraba con licencia médica, no obstante que lo atiende telefónicamente. Que asimismo solicita hablar con el jefe del área de mantenimiento, Sr. Miguel Vega Ojeda, quien lo atiende inmediatamente y por último solicita hablar con el Gerente General de Stadio Italiano, el Sr. Enrique Ravizza Colombara. Agrega que el fiscalizador de la Dirección del Trabajo levanta Notificación de inicio de Fiscalización y Acta de Notificación de Requerimientos de Documentación y Citación trabajadores del área de Mantenimiento de Stadio Italiano. Expone que Stadio Italiano tiene un departamento de Prevención de Riesgos activo, a cargo de una Prevencionista la Srta. Karina Fuentes Ortega, cuenta con un programa de Prevención de Riesgos para el año en curso (2023), el cual fue confeccionado en enero de 2023, cuenta con un Comité Paritario activo, cuya constitución tiene fecha 29 de junio de 2022, con una vigencia hasta el 30 de julio de 2024, que ha mantenido reuniones mensuales de acuerdo a las actas adjuntas, que en el proceso de evaluación de la siniestralidad efectiva de Stadio Italiano proceso que permite determinar la tasa de cotización adicional diferenciada, que el Organismo Administrador del Seguro de Accidentes (ACHS) redujo la tasa de cotización adicional desde un 0.34% a un 0.00%, para los años 2022 y 2023, según notificación de la ACHS a la empresa, que Stadio Italiano ha cumplido con cada una de las obligaciones para con sus trabajadores con relación a la entrega de EPP (Elementos de Protección Personal), condiciones de trabajo seguros y entreg

Fallo

por tanto, habiendo una declaración expresa acerca de que el documento no se presentó y que al momento de solicitar las razones pertinentes a lo anterior la empresa nada dijo hasta el cierre de la fiscalización, la multa se encontraría debidamente cursada y no corresponde que sea dejada sin efecto. Que, consta del Informe de Exposición acompañado en autos que la entidad fiscalizadora requiere de manera presencial y vía correo electrónico el documento consistente en procedimiento de armado, desarme y trabajo en altura. Que, la reclamada acompaña como prueba documental el procedimiento de trabajo seguro para trabajos en altura Stadio Italiano a junio de 2023, el que sin embargo en el registro no indica nombre o firma de algún trabajador asistente que señale conocer, entender y aceptar dicho procedimiento y tampoco hace referencia al procedimiento de armado y desarme de andamios solicitado por la entidad fiscalizadora. Que, de esta forma, debía la reclamante acreditar que acompañó el documento que le fuera requerido durante la fiscalización, lo que no realizó ante esta sede jurisdiccional, como tampoco en la sede administrativa, resultandos insuficientes las alegaciones de la reclamante para dejar sin efecto esta multa. DECIMO PRIMERO: Que, la petición subsidiaria de rebaja de la multa N°3, será rechazada por no existir argumentos distintos a los que sustentan la petición principal y por las mismas consideraciones que han sido referidas en los acápites precedentes. DECIMO SE

Texto Completo (Preview)

1° Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago Santiago, ocho de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que ha comparecido ante este Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, don ENRIQUE RAVIZZA COLOMBARA, cédula nacional de identidad N° 7.544.80-0, domiciliado en Avenida Apoquindo N° 6589, Las Condes, Región Metropolitana, en representación de C.D.P. STADIO

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