CALFIN/
Rol
V-27-2023
Fecha
13 de octubre de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 19 de febrero de 2023, comparece Nelson Eduardo Figueroa Martínez, abogado, con domicilio para estos efectos en calle Aldunate 512, Oficina N° 301, de la ciudad y comuna de Temuco, actuando en representación según se acreditará de don Juan Carlos Calfin Pichulmán, C.I N° 19.218.774-5, funcionario de carabineros, domiciliado en calle Pedro Aguirre Cerda N° 492, comuna de Nueva Imperial, quien solicita autorización judicial para enajenar un bien raíz de propiedad del padre de su representado don JUAN PASCUAL CALFIN LEVIMAN, declarado interdicto por sentencia definitiva de fecha 26 de enero de 2022, en causa Rol V-85-2021, de este tribunal, fundando la solicitud en los siguientes antecedentes de hecho y derecho que paso a exponer: I.- LOS HECHOS: Don JUAN PASCUAL CALFIN LEVIMAN es dueño de un inmueble consistente en la hijuela N° 20 con camino público de por medio de 4,42 hectáreas de superficie, ubicado en la comuna de Nueva Imperial, provincia de Cautín, Región de la Araucanía, cuyos deslindes son los siguientes: Norte: Cauce actual de Chorrillo sin nombre que separa de la hijuela número 14; ESTE: Cerco recto camino público Villa Almagro Rucaraqui Llinco Mulgumeo y cerco quebrado que separa de la hijuela número 19; SUR: cerco recto que separa de la hijuela número 28, camino público Villa Almagro Rucaraqui Llinco Mulgumeo que separa de las hijuelas números 27 y 26; OESTE: cerco quebrado que separa de la hijuela número 21. La inscripción del citado inmueble rola a fojas 278, número 348 en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Nueva Imperial del año 1983; Rol de Avalúo N°605-222. Adquirió el bien raíz por adjudicación en sentencia de fecha 19 de octubre de 1982, causa 903 del Juzgado de Letras de Nueva Imperial. Agrega, que su representado hasta la actualidad mantiene el cuidado de su padre pues como ya se señaló precedentemente, don JUAN PASCUAL CALFIN LEVIMAN fue declarado interdicto por causa de demencia en causa V-85-2021 de vuestro tribunal, nombrándose como curador a su hijo Juan Carlos Calfin Pichulmán. Así las cosas, debido a dificultades económicas actuales y que hacen muy gravoso poder mantener el bienestar del padre de mi representado, es que se hace necesario enajenar la propiedad de don JUAN CALFIN LEVIMAN, esto con el objeto de poder solventar sus padecimientos y necesidades. Lo anterior, con el claro objetivo de mejorar las condiciones y calidad de vida de él, el cual, por su deteriorado estado mental, debe estar en constante vigilancia y con atenciones especiales. Así las cosas, con el producto de la enajenación de dicho bien inmueble se pretende contratar a un profesional para que el padre de su representado tenga asistencia profesional las 24 hrs., del día, situación que en la actualidad es muy difícil de llevar a cabo, ya que su representado es soltero y debe compatibilizar su trabajo con los cuidados de su padre, lo que conlleva constantemente a estar pidiend
Fallo
Por tanto, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, y el artículo 393 del Código Civil, sobre autorización por decreto judicial de la enajenación de los bienes del pupilo y demás normas pertinentes, pide tener por presentada solicitud voluntaria de autorización judicial para enajenar el inmueble ya individualizado, sobre el que es dueño don JUAN PASCUAL CALFIN LEVIMAN, interdicto por demencia, en una suma no inferior a $23.000.000.-, venta que se podrá realizar dentro del plazo de un año, o la que se estime estime conveniente; ordenando a su vez la tradición del inmueble a través de la inscripción de la escritura pública de compraventa en el Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de Nueva Imperial. SEGUNDO: Que junto a su solicitud acompañó los siguientes documentos: 1.- Certificado de avalúo fiscal del rol 605-222, comuna de Nueva Imperial; 2.- Certificado de Dominio vigente de fojas 278, Número 348 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial correspondiente al año 1983; 3.-Certificado de hipotecas y gravámenes, interdicciones, prohibiciones y litigios de la propiedad de fecha 05 de septiembre de 2022; 4.- Copia de inscripción de la interdicción por demencia de don Juan Calfin Leviman de fojas 350, número 278, del Registro de Prohibiciones del año 2022 del Conservador de Bienes Raíces de Nueva Imperial; 5.- Declaración jurada de doña Clorinda del Carmen Alchahu
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«RIT»?? ? Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA??: 1. [40]Sentencia?? JUZGADO ???: Juzgado de Letras de Nueva Imperial CAUSA ROL???: V-27-2023 CARATULADO??: CALFIN/ Nueva Imperial, trece de Octubre de dos mil veintitrés VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que con fecha 19 de febrero de 2023, comparece Nelson Eduardo Figueroa Martínez, abogado, con domicilio para estos efectos en calle Aldunate 512, Ofic
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