3º Juzgado de Letras de la Serena

DFM PHARMA SPA/CORPORACION MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA

Rol

C-2025-2023

Fecha

13 de octubre de 2023

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 9 de agosto deó 2023, comparece Enzo Leonardo Coppa Hurtado, abogado habilitado, en representaci n de ó DFM PHARMA SpA, del giro fabricaci n deó productos farmac uticos, sustancias qu micas medicinales y productosé í bot nicos, venta al por mayor de art culos de perfumer a de tocador,á í í representada convencionalmente por don Giovanni Moises Piraino Ortiz, Ingeniero Qu mico, todos con domicilio para estos efectos ení Avenida Nueva Providencia N°1881, oficina 2006-2007, Providencia, Santiago, y en calle Matta N°510, departamento 36, Edifico Gabriel Gonzalez Videla, La Serena, deduciendo demanda ejecutiva en contra de la Corporaci n Municipal Gabriel Gonz lez Videla de Laó á Serena representada por Velasco Rodr guez Ernesto Leonardo, í se ignora profesi n u oficio, se ignora giro, domiciliado en nima deó Á Diego N°550, comuna y ciudad de La Serena. Funda su demanda en su representada es due a de las facturasñ electr nicas que a continuaci n se indican: ó ó 1.- Factura electr nica Nº01544 de fecha 13 de enero deó 2022, cuyo vencimiento es el 12 de febrero de 2022, por $19.278.-; Código: NXLPXXTYKNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2025-2023 Foja: 1 2.- Factura electr nica Nº01719 de fecha 13 de enero deó 2022, cuyo vencimiento es el 12 de febrero de 2022, por $251.685.-; 3.- Factura electr nica Nº02962 de fecha 9 de febrero deó 2022, cuyo vencimiento es el 11 de marzo de 2022, por $19.278.-; 4.- Factura electr nica Nº03125 de fecha 9 de febrero deó 2022, cuyo vencimiento es el 11 de marzo de 2022, por $201.348.-; 5.- Factura electr nica Nº04948 de fecha 10 de marzo deó 2022, cuyo vencimiento es el 9 de abril de 2022, por $38.556.-; 6.- Factura electr nica Nº05048 de fecha 10 de marzo deó 2022, cuyo vencimiento es el 9 de abril de 2022, por $201.348.-; 7.- Factura electr nica Nº05669 de fecha 15 de marzo deó 2022, cuyo vencimiento es el 14 de abr

Fundamentos

considerando 12°)". Concluye que al encontrarse prescrita la acci n para exigir suó cumplimiento, no puede perseguirse el cobro en estos autos de las Código: NXLPXXTYKNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2025-2023 Foja: 1 citadas facturas, cuya suma total asciende a $1.611.649.-, siendo del todo procedente conforme a derecho acoger la excepci n que por esteó acto se invoca. De forma subsidiaria, y en el evento que en Tribunal estime que la interrupci n de la prescripci n se verific con la notificaci n de laó ó ó ó gesti n preparatoria que sirve de antecedente a estos autos, aun cuandoó dicha gesti n no contempla una demanda judicial en t rmino estricto, laó é parte ejecutada alega por este acto la prescripci n de la acci nó ó ejecutiva de las siguientes facturas: 1.- Factura N° 01544, de fecha 13 de enero de 2022, cuyo vencimiento ocurri el d a 12 de febrero de 2022, cuya acci n deó í ó cobro ejecutivo prescribi el d a 13 de febrero de 2023;ó í 2.- Factura N° 01719, de fecha 13 de enero de 2022, cuyo vencimiento ocurri el d a 12 de febrero de 2022, cuya acci n deó í ó cobro ejecutivo prescribi el d a 13 de febrero de 2023;ó í 3.- Factura N° 02926, de fecha 09 de febrero de 2022, cuyo vencimiento ocurri el d a 11 de marzo de 2022, cuya acci n de cobroó í ó ejecutivo prescribi el d a 12 de marzo de 2023;ó í 4.- Factura N° 03125, de fecha 09 de febrero de 2022, cuyo vencimiento ocurri el d a 11 de marzo de 2022, cuya acci n de cobroó í ó ejecutivo prescribi el d a 12 de marzo de 2023;ó í 5.- Factura N° 04948, de fecha 10 de marzo de 2022, cuyo vencimiento ocurri el d a 19 de abril de 2022, cuya acci n de cobroó í ó ejecutivo prescribi el d a 20 de abril de 2023;ó í 6.- Factura N° 05048, de fecha 10 de marzo de 2022, cuyo vencimiento ocurri el d a 19 de abril de 2022, cuya acci n de cobroó í ó ejecutivo prescribi el d a 10 de abril de 2023;ó í Código: NXLPXXTYKNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2025-2023 Foja: 1 7.- Factura N° 05669, de fecha 15 de marzo de 2022, cuyo vencimiento ocurri el d a 09 de abril de 2022, cuya acci n de cobroó í ó ejecutivo prescribi el d a 20 de abril de 2023;ó í 8.- Factura N° 02336, de fecha 27 de enero de 2022, cuyo vencimiento ocurri el d a 27 de abril de 2022, cuya acci n de cobroó í ó ejecutivo prescribi el d a 28 de abril de 2023;ó í 9.- Factura N° 06981, de fecha 08 de abril de 2022, cuyo vencimiento ocurri el d a 08 de mayo de 2022, cuya acci n de cobroó í ó ejecutivo prescribi el d a 09 de mayo de 2023;ó í 10.- Factura N° 07076, de fecha 08 de abril de 2022, cuyo vencimiento ocurri el d a 08 de mayo de 2022, cuya acci n de cobroó í ó ejecutivo prescribi el d a 09 de mayo de 2023;ó í 11.- Factura N° 03934, de fecha 23 de febrero de 2022, cuyo vencimiento ocurri el d a 24 de mayo de 2022, cuya acci n de cobroó í ó ejecutivo prescribi el d a 25 de mayo de 2023;ó í 12.- Factur

Fallo

fallo de causa rol Nº3902-2003, de fecha 12 de enero de 2005, caratulado “Banco Santander Chile SAB con Sucesi n Antonioó Altamirano Morata Garc a”. í Código: NXLPXXTYKNP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2025-2023 Foja: 1 Luego cita a la Iltma. Corte de Apelaciones de Rancagua, que en su sentencia de fecha 16 marzo del 2001, causa Rol N° 16.685, resolvi sobre la gesti n preparatoria de notificaci n de protesto deó ó ó cheque y la interrupci n de la prescripci n de la acci n de cobro deló ó ó mismo. En definitiva, concluye que la pretensi n de la demandadaó respecto a que la acci n ejecutiva para cobrar todas las facturas estó á prescrita porque la demanda fue notificada pasado el a o deñ vencimiento, no corresponde a la realidad, pues dicha prescripci n seó interrumpi al momento en que se notific la gesti n preparatoria enó ó ó cuesti n.ó Por resoluci n de fecha 26 de septiembre de 2023ó , se declar admisible la excepci n opuesta por el ejecutado y se cit a lasó ó ó partes a o r sentencia.í CONSIDERANDO: Primero: Que Enzo Leonardo Coppa Hurtado, en representaci nó de la demandante DFM PHARMA SpA, ha deducido demanda ejecutiva en contra de Corporaci n Municipal Gabriel Gonz lez Videlaó á de La Serena, representada legalmente por Ernesto Leonardo Velasco Rodr guez, por la suma de $22.441.843.-, m s intereses y costas,í á fundada en que las 76 facturas electr nicas Nº01544, 01719, 02962,ó 03125, 04948, 05048

Texto Completo (Preview)

C-2025-2023 Foja: 1 FOJA: 28 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-2025-2023 CARATULADO : DFM PHARMA SPA/CORPORACION MUNICIPAL GABRIEL GONZALEZ VIDELA La Serena, trece de Octubre de dos mil veintitr sé VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 9 de agosto deó 2023, comparece Enzo Leonardo Coppa Hurtado, abogado habilitado, en repr

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