1º Juzgado Civil de Santiago

UNIÓN S.A./INMOBILIARIA E INVERSIONES TERRAMAYOR SPA

Rol

C-4410-2023

Fecha

24 de octubre de 2023

Materia

FACTURA, NOTIFICACIÓN DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece FELIPE DANIEL BAEZ ROBLEDO, abogado, domiciliado en Calle Monjitas N°454, oficina 207, comuna de Santiago, en representación convencional de UNION S.A, sociedad del giro de arrendamiento de máquinas y equipos para la construcción, representada por su Gerente General Martín Schmidt Fernández, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en calle Huérfanos N° 1160, of 1208, comuna y ciudad de Santiago; entablando demanda en juicio ejecutivo, en contra de TERRAMAYOR SPA, representada por RENE MAURICIO DEL RIO GONZALEZ, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en Av. Kennedy N° 7440, oficina 519, comuna de Vitacura, por el cobro de la suma de $19.909.366.-, más reajustes e intereses, solicitando se siga adelante con esta ejecución hasta hacer entero y cumplido pago de lo adeudado, con costas. Funda su acción señalando que el demandado le adeuda a su representada las siguientes facturas: 1.-Factura Electrónica Nº1510, de fecha 11 de Mayo de 2022 por la suma de $5.935.760. 2.- Factura Electrónica Nº1511, de fecha 11 de Mayo de 2022 por la suma de $5.127.163. Código: QFKXXXNWXKW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 3.- Factura Electrónica Nº1512, de fecha 11 de Mayo de 2022 por la suma de $10.474.781. Señala que, notificadas judicialmente las facturas al deudor, no las impugnó ni consignó fondos para su pago en capital, reajustes, intereses y costas, por lo que se encuentra preparada la vía ejecutiva, siendo la obligación líquida, actualmente exigible y la acción ejecutiva no prescrita. A folio 6, rola notificación de la demanda ejecutiva, efectuada en conformidad al artículo 44 del Código de Procedimiento Civil a René Mauricio del Río González, en representación de TERRAMAYOR SpA., con fecha 05 de Julio de 2023. Asimismo, rola a folio 2 del cuaderno de apremio el requerimiento de pago efectuado con fecha 06 de Julio de 2023. A folio 8, el demandado op

Fundamentos

CONSIDERANDO: Código: QFKXXXNWXKW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 PRIMERO: Que, como se indicó, FELIPE DANIEL BAEZ ROBLEDO, abogado, en representación de UNION S.A., y en representación de UNION S.A., demandó ejecutivamente a TERRAMAYOR SpA., por el cobro de la suma de $19.909.366.-, más reajustes e intereses pactados que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicitó se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del

Fallo

fallo se tienen por reproducidos, a fin de evitar reiteraciones. SEGUNDO: Que, la ejecutada opuso a la demanda ejecutiva de autos la excepción contemplada en el artículo 464 N° 11 del Código de Procedimiento Civil, por los motivos ya expresados en lo expositivo, solicitando que se deseche la demanda de autos en su totalidad, con costas. TERCERO: Que, en orden a acreditar sus dichos, la parte ejecutante acompañó al proceso la siguiente prueba documental, que se encuentra aparejada en el cuaderno gestión preparatoria a folio 1, consistente en: 1.- Copia Factura Electrónica N°1510, emitida por UNION S.A., con fecha de emisión 11 de Mayo de 2022, por la suma de $5.935.760., girada a nombre de TERRAMAYOR SPA. 2.- Copia Factura Electrónica N°1511, emitida por UNION S.A., con fecha de emisión 11 de Mayo de 2022, por la suma de $5.127.163., girada a nombre de TERRAMAYOR SPA. 3.- Copia Factura Electrónica N°1512, emitida por UNION S.A., con fecha de emisión 11 de Mayo de 2022, por la suma de $10.474.781., girada a nombre de TERRAMAYOR SPA. Código: QFKXXXNWXKW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 4.- Registro de Aceptación o Reclamo de un DTE, el cual acredita que la Factura Folio N° 1510 emitida por UNION S.A., no fue reclamada por el receptor de la misma TERRAMAYOR SPA, dentro del plazo de 8 días contados desde su recepción, por lo que se encuentra irrevocablemente aceptada. 5.- Registro de Aceptaci

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RIT« » Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4410-2023 CARATULADO : UNI N S.A./INMOBILIARIA E INVERSIONESÓ TERRAMAYOR SPA Santiago, veintitres de Octubre de dos mil veintitr sé VISTOS: A folio 1, comparece FELIPE DANIEL BAEZ ROBLEDO, abogado, domiciliado en Calle Monjitas N°454, oficina 207, comuna de Santiago, en representación

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