2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

GRANIFO/AFP PROVIDA S.A.

Rol

O-7842-2022

Fecha

7 de febrero de 2024

Materia

Otras Indemnizaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos descritos dan cuenta de un importante descrédito público, no sólo ante sus compañeros de trabajo y entorno profesional más próximo, sino que ante la comunidad de la AFP compuesta por un universo relativamente pequeño de agentes en un limitado mercado de trabajo, para poder ingresar con posterioridad, al haber recibido una carta de esta naturaleza con todas las situaciones que vividas con posterioridad, especialmente para quien llevan todo una vida trabajando como agente de ventas, constituyendo un atentado a la honra de una persona, acusarla de cometer actos que, en el medio en que esta se desenvuelve, son

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece a este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, ROSA SCARLETT GRANIFO FIGUEROA, cédula de identidad N°10.509.922-3, domiciliada para estos efectos en Matías Cousiño N°82, oficina 409, Santiago, deduciendo demanda en procedimiento de aplicación general de indemnización de perjuicios, en contra de AFP PROVIDA S.A., RUT N°76.265.736-8, representada legalmente por Santiago Donoso Hüe, ambos domiciliados en Pedro de Valdivia N°100, Providencia, con la finalidad que se condene a la demandada al pago de las siguientes prestaciones: a) $352.279.228.- por lucro cesante por todo el tiempo que le fue prohibido realizar su trabajo y

Fallo

por tanto, recibir su remuneración integra, desde el mes de enero de 2019 hasta el mes de agosto de 2022, sobre la base de una remuneración promedio de los tres últimos meses con 30 días trabajados ascendente a $8.282.427.-, o lo que el tribunal estime conforme a derecho y en justicia, b) $25.000.000.- por daño moral, con intereses, reajustes y costas. Para fundar su acción, sostiene haber ingresado a prestar servicios para la demandada, con fecha 04 de septiembre de 2002, desempeñándose como agente de ventas y servicios profesionales, cargo que actualmente ocupa, siendo despedida en septiembre de 2018, invocándose la causal de incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato, pero, amparada por fuero sindical, derivado de su calidad de presidenta del Sindicato Interempresa Nacional de Trabajadores Comisionistas y Afines desde el año 2009 -y que desempeñará hasta el año 2026-, este despido quedó sin efecto, por lo que la demandada inició un juicio de desafuero en su contra, tramitado bajo el RIT O-1744-2019, ante este tribunal, siendo notificada, el 14 de enero de 2019, de su ingreso al “archivo de agentes irregulares”, sin perjuicio de señalar que, en la causa por desafuero, se pronunció sentencia rechazando la acción deducida, confirmada por la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. Refiere que, en el mes de diciembre de 2018, la Superintendencia de Pensiones cursó multa a la demandada, producto de una fiscalización en que detectó varias anomalías e irregul

Texto Completo (Preview)

Santiago, siete de febrero de dos mil veinticuatro.- VISTOS, OIDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece a este Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, ROSA SCARLETT GRANIFO FIGUEROA, cédula de identidad N°10.509.922-3, domiciliada para estos efectos en Matías Cousiño N°82, oficina 409, Santiago, deduciendo demanda en procedimiento de aplicación general de indemnización de perjuicios, e

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