VILLAFUERTE/CÓRDOVA
Rol
T-21-2022
Fecha
6 de febrero de 2024
Materia
Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación
Resultado
No especificado
Hechos
hechos y
Fundamentos
CONSIDERANDO: DEMANDA POR VULNERACION DE DERECHOS FUNDADAMENTALES: PRIMERO: Comparece con fecha 24 de junio de 2022, doña SALOME ALEXANDRA VILLAFUERTE ERAZO, Asistente Veterinaria, cédula nacional de identidad N° 27.440.302-0, domiciliada en Calle Los Peumos n° 047, San José de Maipo, quien en virtud de lo dispuesto en los artículos 63, 73, 162 y siguientes, 184, 420, 423, 425, 446, 485, 489 del Código del Trabajo, como los establecido en los artículos 19 Nº 1 y Nº 4 de la Constitución Política de la República, deduce demanda laboral en Procedimiento de Tutela Laboral, en contra de su ex empleador EMPRESA GERMAN LEON IMBARACH SERV. VETERINARIOS EIRL, RUT 52.005.493-6, persona jurídica del giro Servicios Veterinarios, representada legalmente en virtud al artículo 4° del Código del Trabajo por doña ATABEL SARAI CORDOVA ALVAREZ, cédula nacional de identidad número 16.561.998-6, con domicilio en Pardo N° 242, Melipilla, solicitando se acoja a tramitación la presente acción, acogiéndose en todas sus partes, declarando que la empresa ha vulnerados los derechos fundamentales de la trabajadora demandante, razones por las cuales la trabajadora procedió a despedirse en forma indirecta o auto despedirse con fecha de 31 de Mayo de 2022, y en tales circunstancias se declare las vulneraciones alegadas, condenando en definitiva a la empresa al pago de indemnizaciones legales, al pago de multas y sanciones que en derecho correspondan, como demás prestaciones que procedan, con expresa condena en costa, todo ello en consideración a la exposición de los hechos y fundamentos de derecho que expone. Como cuestiones previas, hace referencia a requisitos de caducidad, legitimidad activa, competencia, procedimiento y prescripción. En cuanto a los hechos, indica que con fecha 05 de Abril de 2021, ingreso a prestar servicios bajo vínculo de subordinación y dependencia, para su ex empleador EMPRESA GERMAN LEON IMBARACH SERV. VETERINARIOS EIRL. Es así que firmó diferentes contratos, y ya con fecha de 01 de Octubre de 2021 adquirió su contrato el carácter de indefinido. Señala que sus funciones consistieron en desempeñar el cargo de ejercer la labor de ASISTENTE VETERINARIA, las que se desarrollaron en el establecimiento de la empresa, ubicado en Balmaceda 431, San Bernardo. Expresa que su remuneración en conformidad al artículo 172 del Código del trabajo, ascendía a la suma de $500.000, valor que solicita sea considerado como base de cálculo para las prestaciones que demanda. Indica que la jornada de trabajo se estableció de acuerdo a la jornada legal, esto es, de 44 horas semanales, distribuidas en turnos por jornadas de día, incluidos fines de semana. Relata que con fecha 31 de Mayo de 2022, en pleno ejercicio del derecho que le otorga el artículo 171, en relación con el articulo 160 numeral 7 del Código del Trabajo, esto es, el incumplimiento grave de las obligaciones que contiene el contrato, por parte de su ex empleadora, y cumpliendo con los requisitos formales del a
Fallo
se declarare que: A.- Que la demandada incurrió en actos que constituyen incumplimiento grave de las obligaciones que contiene el contrato de trabajo, que se deben el pago indemnizatorio de prestaciones laborales al demandante. B.- Por lo que deberá, la demandada: 1.- Hacer pago completo y total de todos y cada uno de los conceptos demandados. Con cálculo de reajustes e intereses hasta el día de su pago efectivo, de conformidad al artículo 63 del Código del Trabajo. 2.- Condenarlo al pago de multas por infracción a los artículos 2, 5 y 184 del Código del Trabajo. 3.- Pago ejemplar de las costas del juicio. CONTESTACION SEGUNDO: Que con fecha 04 de agosto de 2022, comparece doña ADELAIDA MENDOZA SERRANO, abogada, domiciliada en calle San Agustín 411 Melipilla, en representación convencional de la Sociedad GERMAN LEON IMBARACH SERVICIOS VETERINARIOS E.I.R.L., empresa del giro de su denominación, representada legalmente por doña ATABEL SARAI CORDOVA ALVAREZ, técnico agropecuario, ambos domiciliados en Pardo N° 242, Melipilla, demandada en autos laborales, caratulados “VILLAFUERTE CON GERMAN LUIS LEON IMBARACH SERV. VETERINARIOS EIRL”, causa RIT T-21-2022, quien contesta la demanda de tutela por vulneración de garantías constitucionales, interpuesta en contra de su representada, por doña SALOME ALEXANDRA VILLAFUERTE ERAZO, asistente veterinaria, domiciliada en Calle Los Peumos Nº 047, San José de Maipo, solicitando desde ya el rechazo en todas y cada una de sus partes, por no
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Melipilla, seis de febrero de dos mil veinticuatro. VISTO, OÍDO Y CONSIDERANDO: DEMANDA POR VULNERACION DE DERECHOS FUNDADAMENTALES: PRIMERO: Comparece con fecha 24 de junio de 2022, doña SALOME ALEXANDRA VILLAFUERTE ERAZO, Asistente Veterinaria, cédula nacional de identidad N° 27.440.302-0, domiciliada en Calle Los Peumos n° 047, San José de Maipo, quien en virtud de lo dispuesto en los artículos
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