Juzgado de Letras del Trabajo de Coyhaique

CASTRO/ZAÑARTU INGENIEROS CONSULTORES SPA

Rol

O-96-2023

Fecha

5 de febrero de 2024

Materia

Costas, Descanso compensatorio, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Otras Indemnizaciones, Reajustes e intereses

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Comparece don ESTEBAN RUBEN CASTRO MALDONADO, trabajador, domiciliado en km. 8.5, Coyhaique bajo, Coyhaique, y deduce demanda laboral de cobro de prestaciones laborales consistentes en feriado legal/ proporcional, caja chica y descanso compensatorio, en procedimiento ordinario, en contra de ZAÑARTU INGENIEROS CONSULTORES SpA, persona jurídica del giro de su denominación, representada legalmente por don JAIME ANDRÉS ZAÑARTU URETA, factor de comercio, o quien ostente dicha calidad, ambos domiciliados en calle Eusebio Lillo N° 656, Coyhaique, por las razones de hecho y derecho que pasa a exponer: ANTECEDENTES DE HECHO. Mantuve una relación laboral con la demandada ZAÑARTU INGENIEROS CONSULTORES SpA desde el 24 de junio de 2019 al 15 de octubre de 2023. Mis labores eran de profesional residente en una obra que la empresa mantenía en la comuna de Cisnes. De acuerdo al inciso segundo del artículo 22 del Código del Trabajo, se estableció que no estaba sujeto a limitación de jornada de trabajo. Mi remuneración ascendía a $ 2.230.854 por contrato, además una asignación de colación de $100.000 y una asignación de locomoción de $100.000, viático de $420.000 y gratificación legal. El promedio de mis 3 últimas remuneraciones brutas fue de $ 4.084.420, correspondiente a julio, agosto y septiembre de 2023. Con fecha 14 de septiembre de 2023, mi empleadora me dio aviso de término de contrato por la causal contemplada en el artículo 161, inciso primero del Código del Trabajo, esto es, las necesidades de la empresa, indicando la empleadora que se ponía término a la obra y que no tenían otro puesto de trabajo donde reubicarme. Presté servicios hasta el día 15 de octubre de 2023. Mi finiquito debía pagarse el 28 de octubre de 2023, sin embargo, no ocurrió así, y no se comunicaron conmigo para pagarme, ni dejaron el finiquito en la Notaría que se indica en la carta de aviso de término. La carta de aviso de término de contrato de fecha 14 de septiembre de 2023,

Fallo

Por tanto, en virtud de las normas citadas, demás normas legales aplicables, solicita tener por interpuesta por interpuesta demanda de cobro de prestaciones, en procedimiento ordinario, consistentes en feriado legal/proporcional, caja chica y descanso compensatorio, más intereses, reajustes y costas, en contra de mi ex empleadora ZAÑARTU INGENIEROS CONSULTORES SpA, ya individualizada, acogerla previos trámites de rigor, condenándola al pago de las siguientes prestaciones, con el reajuste y los intereses contemplados en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo: 1. Feriado legal/ proporcional $5.060.735. 2. Caja chica $1.225.896. 3. Descanso compensatorio $347.933. 4. Diferencia entre lo ofrecido en la carta de aviso de término de contrato en relación a la indemnización por años de servicio $3.327.681. 5. Intereses, reajustes y expresa condenación en costas. En subsidio, lo que se determine conforme al mérito del proceso. SEGUNDO: Que, la empresa demandada principal ZAÑARTU INGENIEROS CONSULTORES SPA., habiendo sido legalmente emplazada no contestó la demanda, no compareciendo a las audiencias y por ende, encontrándose rebelde en la presente causa para todos los efectos legales, sin rendir prueba de ninguna naturaleza. El incumplimiento por la parte demandada de la carga procesal de contestar la demanda y de expresar claramente su parecer frente a las pretensiones de la demandante, da al juez la facultad para estimar los hechos afirmados en la demanda como tácitamen

Texto Completo (Preview)

Coyhaique, cinco de febrero de dos mil veinticuatro. VISTOS: PRIMERO: Comparece don ESTEBAN RUBEN CASTRO MALDONADO, trabajador, domiciliado en km. 8.5, Coyhaique bajo, Coyhaique, y deduce demanda laboral de cobro de prestaciones laborales consistentes en feriado legal/ proporcional, caja chica y descanso compensatorio, en procedimiento ordinario, en contra de ZAÑARTU INGENIEROS CONSULTORES SpA, p

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