Juzgado de Letras y Gar. de Petorca

MINERA LAS CENIZAS SA/BARRAZA

Rol

C-26-2023

Fecha

7 de octubre de 2023

Materia

OPOSICIÓN MENSURA MINERA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1.- Que a folio 1, con fecha 07 de febrero de 2023, comparece don CLAUDIO ANTONIO ZUÑIGA AHUMADA, en representación “MINERA LAS CENIZAS S.A.”, RUT 79.963.260-8, persona jurídica del giro de su denominación, ambos domiciliados en Avda. Apoquindo N°3885, Piso 14, Las Condes, Santiago y para estos efectos en Avda. Humeres N°1501, Cabildo, quien al tenor de lo dispuesto en el artículo 61 Nº1 del Código de Minería, se opone a la solicitud de mensura de las pertenencias, denominadas “LOS JUANES 2 DEL 1-20”, cuyo titular es don ARTURO OMAR BARRAZA TORRES, individualizado en el expediente voluntario Rol Nº V-134-2022, de este Juzgado de Letras de Petorca Funda su libelo, manifestando que en el ejemplar N° 43.464 del Boletín Oficial de Minería, de fecha 30 de enero de 2023, aparece publicada la solicitud mensura formulada en autos, CVE 2261690. Agrega que conforme consta del plano de colisión que acompaña dicha solicitud abarca terrenos comprendidos por la concesión minera de exploración denominada; “TILAMA 4”, cuyo titular es su representada. La concesión de exploración a favor de MINERA LAS CENIZAS S.A., fue presentada ante el Juzgado de Letras de Petorca con fecha 24 de noviembre de 2021, autos Rol Nº V- 311-2021 y constituida por sentencia con fecha 26 de abril de 2022. Refiere que de conformidad con lo previsto en el Art. 61 Nº 1 del Código de Minería y en atención a la documentación que acompaña, se acredita el hecho de Código: PXVMXXXWYDL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ser la concesión de exploración Tilama 4, anterior a la fecha de la manifestación que origina la solicitud de mensura a la cual mediante esta presentación se opone. Previas citas legales solicita tener por interpuesta demanda de oposición a la solicitud mensura por abarcar ésta terrenos comprendidos en la concesión de exploración "TILAMA 4”, cuyo titular es MINERA LAS CENIZAS S.A., acogerla a tramitación, declarando que el

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que a folio 1, con fecha 07 de febrero de 2023, comparece don CLAUDIO ANTONIO ZUÑIGA AHUMADA, en representación “MINERA LAS CENIZAS S.A.”, RUT 79.963.260-8, persona jurídica del giro de su denominación, ambos domiciliados en Avda. Apoquindo N°3885, Piso 14, Las Condes, Santiago y para estos efectos en Avda. Humeres N°1501, Cabildo, quien al tenor de lo dispuesto en el artículo 61 Nº1 del Código de Minería, se opone a la solicitud de mensura de las pertenencias, denominadas “LOS JUANES 2 DEL 1-20”, cuyo titular es don ARTURO OMAR BARRAZA TORRES, individualizado en el Código: PXVMXXXWYDL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl expediente voluntario Rol Nº V-134-2022, de este Juzgado de Letras de Petorca, en base a los fundamentos señalados en el número uno de la parte expositiva de esta sentencia. SEGUNDO: Que el artículo 61 del Código de Minería dispone: “Podrá deducirse oposición a la petición de mensura dentro del plazo de treinta días, contado desde la fecha de la publicación a que se refiere el inciso final del artículo anterior. La oposición sólo podrá fundarse: 1°. En que se pretende mensurar sobre un terreno comprendido en un pedimento o en una concesión para explorar. Sólo podrá ejercer esta acción aquél cuyo pedimento haya sido presentado con anterioridad a la fecha en que haya sido o se tenga por presentada la manifestación de la pertenencia que se pretende mensurar. La oposición será rechazada de plano si no se funda en un pedimento cuya fecha de presentación haya sido anterior o no se acompaña a ella copia auténtica de dicho pedimento, y, en su caso, además, copia auténtica de la solicitud de sentencia o de la sentencia misma o de la resolución que acogió la prórroga del plazo de la concesión. La oposición será rechazada del mismo modo, si no se acompaña a ella un croquis, firmado por un ingeniero o perito de aquellos a que se refiere el inciso segundo del artículo 71, que represente la colisión de los derechos y las pretensiones de ambas partes en el terreno. 2°. En el derecho preferente para mensurar en virtud de una manifestación cuya fecha de presentación haya sido o se tenga por anterior. La oposición será rechazada de plano si no se funda en una manifestación cuya fecha de presentación haya sido o se tenga por anterior, o no viene acompañada de copia auténtica de dicha manifestación. La oposición será rechazada del mismo modo, si no se acompaña a ella un croquis, firmado por un ingeniero o perito de aquellos a que se refiere el inciso segundo del artículo 71, que represente la colisión de las pretensiones de ambas partes en el terreno”. TERCERO: Que del mérito del proceso, consta que la inscripción de la manifestación del demandado, denominada primeramente “Los Juanes 2 1-20”, fue presentada en la Oficina Judicial Virtual, a las veintidós horas con doce minutos y veintidós segundos, del día 19 de junio de 2022; y la concesión de exploración d

Fallo

FALLO: 21 DE SEPTIEMBRE DE 2023. Petorca, a siete de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS: 1.- Que a folio 1, con fecha 07 de febrero de 2023, comparece don CLAUDIO ANTONIO ZUÑIGA AHUMADA, en representación “MINERA LAS CENIZAS S.A.”, RUT 79.963.260-8, persona jurídica del giro de su denominación, ambos domiciliados en Avda. Apoquindo N°3885, Piso 14, Las Condes, Santiago y para estos efectos en Avda. Humeres N°1501, Cabildo, quien al tenor de lo dispuesto en el artículo 61 Nº1 del Código de Minería, se opone a la solicitud de mensura de las pertenencias, denominadas “LOS JUANES 2 DEL 1-20”, cuyo titular es don ARTURO OMAR BARRAZA TORRES, individualizado en el expediente voluntario Rol Nº V-134-2022, de este Juzgado de Letras de Petorca Funda su libelo, manifestando que en el ejemplar N° 43.464 del Boletín Oficial de Minería, de fecha 30 de enero de 2023, aparece publicada la solicitud mensura formulada en autos, CVE 2261690. Agrega que conforme consta del plano de colisión que acompaña dicha solicitud abarca terrenos comprendidos por la concesión minera de exploración denominada; “TILAMA 4”, cuyo titular es su representada. La concesión de exploración a favor de MINERA LAS CENIZAS S.A., fue presentada ante el Juzgado de Letras de Petorca con fecha 24 de noviembre de 2021, autos Rol Nº V- 311-2021 y constituida por sentencia con fecha 26 de abril de 2022. Refiere que de conformidad con lo previsto en el Art. 61 Nº 1 del Código de Minería y en atención a la documentación q

Texto Completo (Preview)

FOJA: 41 .- COMPETENCIA : CIVIL. PROCEDIMIENTO : SUMARIO. MATERIA : OPOSICION MENSURA MINERA. DEMANDANTE : MINERA LAS CENIZA S.A. DEMANDADO : ARTURO OMAR BARRAZA TORRES. CÓDIGO : O 11A. ROL : C-26-2023.- FECHA DE INICIO : 10 DE FEBRERO DE 2023. FECHA PARA FALLO: 21 DE SEPTIEMBRE DE 2023. Petorca, a siete de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS: 1.- Que a folio 1, con fecha 07 de febrero

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