2º Juzgado Civil de Concepción

PASCAL/

Rol

V-68-2023

Fecha

5 de octubre de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece doña DANIELA MACARENA PASCAL PEDRERO, R.U.N. n° 19.897.753-5, solicitando, se sustituya su apellido paterno “PASCAL”, con el cual aparece según consta en certificado de nacimiento, cuyo número de inscripción es N° 298, del año 1998, circunscripción Cañete, para que sea reemplazado por el de “YEVILAO”, y en definitiva su nombre completo quede como “DANIELA MACARENA YEVILAO PEDRERO”, por las consideraciones que pasa a exponer: Señala que nació el 07 de abril del año 1998, tiene 24 años de edad, según consta en certificado de nacimiento, emitido por el servicio de registro civil e identificación, que se adjunta. Que es hija de Patricia Andrea Pedrero Sáez, y Jaime Manuel Pascal Navarro. Agrega que cuando nació, se le otorgó su apellido paterno “Pascal”, pero desde que tiene 4 años de edad aproximadamente, ha deseado no tenerlo. En Quidico, lugar donde ella nació, la única familia Pascal que existía era la de su padre biológico, tanto así, que cuando ella se individualizaba en ciertos lugares con su nombre y apellido le preguntaban por él, persona con la cual ella nunca mantuvo relación de padre e hija, sabía quién era físicamente, pero emocionalmente nunca mantuvieron un lazo, sólo lo vio en algunas ocasiones, cuando el le veía en la calle no la saludaba, tiene muy malos recuerdos de él, incluso las pocas veces que fue a su casa se presentaba en estado ebriedad, si bien era pequeña, se daba cuenta de lo que sucedía. No puede negar que es un apellido muy bonito, pero no vale nada para ella, al contrario, siempre le ha afectado tenerlo, es el apellido de una persona con la cual no desea estar relacionada. Junto a su hermana en la escuela les hacían bullying, diciéndoles que no tenían papá, y se reían reiteradamente de ellas, les hacían mucho daño, deseaban tener un padre. A la edad de 6 años, apareció en su vida un hombre muy bueno llamado “Jaime Yevilao Cárcamo”, un hombre criado por sus abuelos, ya que su madre falleció a muy corta edad, e

Fundamentos

fundamentos de la solicitud. A folio 20, se certificó el hecho de haberse practicado la publicación en el Diario Oficial el 1 de julio de 2023. A folio 23, se certificó el hecho de no existir oposición de terceros, a la solicitud de autos. A folio 29, se encuentra agregado informe del Ministerio público, no se encuentra actualmente formalizada, ni tiene condenas pendientes. A folio 38, se trajeron los autos para fallo. Código: XSXVXXXGNRJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Y TENIENDO PRESENTE: El mérito de autos, documentos acompañados, información sumaria de testigos rendida en autos, informe de la Dirección General de Registro Civil e Identificación de Santiago y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° letra b) de la Ley N° 17.344, se ha podido acreditar en esta gestión que la solicitante ha sido conocida por más de cinco años como DANIELA MACARENA YEVILAO PEDRERO, por lo que

Fallo

Por lo expuesto, y citas legales que indica, solicita se sustituya su apellido paterno “PASCAL” para quedar en definitiva como DANIELA MACARENA YEVILAO PEDRERO. A folio 1, se acompañan: a).- Copia de Certificado de nacimiento, b).- pantallazo de red social “Facebook”, y c).-Fotocopia de cédula de identidad de la solicitante. A folio 13, consta oficio de la Policía de Investigaciones que señala que la solicitante no registra órdenes de arresto ni otros encargos pendientes. En el mismo sentido, consta informe de Carabineros de Chile en folio 16. A folio 15, consta informe de la Dirección General de Registro Civil e Identificación de Santiago. A folio 18, se rindió información sumaria de testigos para acreditar los fundamentos de la solicitud. A folio 20, se certificó el hecho de haberse practicado la publicación en el Diario Oficial el 1 de julio de 2023. A folio 23, se certificó el hecho de no existir oposición de terceros, a la solicitud de autos. A folio 29, se encuentra agregado informe del Ministerio público, no se encuentra actualmente formalizada, ni tiene condenas pendientes. A folio 38, se trajeron los autos para fallo. Código: XSXVXXXGNRJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Y TENIENDO PRESENTE: El mérito de autos, documentos acompañados, información sumaria de testigos rendida en autos, informe de la Dirección General de Registro Civil e Identificación de Santiago y de conformidad con lo dispue

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2º Juzgado Civil de Concepci nó CAUSA ROL : V-68-2023 CARATULADO : PASCAL/ Concepción, cinco de Octubre de dos mil veintitrés. VISTO: A folio 1, comparece doña DANIELA MACARENA PASCAL PEDRERO, R.U.N. n° 19.897.753-5, solicitando, se sustituya su apellido paterno “PASCAL”, con el cual aparece según consta en certificado de nacimiento, cuyo número de inscri

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