3º Juzgado de Letras Civil de Antofagasta

ITAU - CORPBANCA S.A./ALISTE

Rol

C-896-2023

Fecha

5 de octubre de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 09 de marzo de 2023, comparece doña Fernanda Natalie Clavijo Meléndez, abogada, domiciliada en calle Maipú N°499 oficina 403, Antofagasta, en representación de Itau Corpbanca, sociedad anónima de giro bancario, representada judicialmente por don Danilo Alex Torres Villarroel, abogado, ambos domiciliado en calle Presidente Riesgo N°537, Las Condes, e interpone demanda ejecutiva en contra de doña Sylvia Aliste Barahona, ignora profesión u oficio, domiciliada en el calle Las Américas N°7411, Antofagasta, a fin que se despache mandamiento de ejecución y embargo en su contra por la suma de $9.102.796, más los intereses pactados, con costas. Funda su acción indicando que, su representado es dueño del pagaré N°444036102036938, suscrito el día 09 de mayo de 2022, por la suma de $9.102.796.-, por concepto de capital, ante Notario Público. El capital y los intereses se pagarían en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $307.235.-, cada una de ellas, venciendo la primera cuota el día 10 de julio de 2022 y la última el día 10 de junio de 2026. Además pactaron cláusula de aceleración. La deudora se encuentra en mora de pagar su obligación desde la cuota N°1 que venció el día 10 de julio de 2022, razón por la cual, su representado viene en hacer exigible, el total adeudado, esto es la suma de $9.102.796.-, más el interés máximo convencional en operaciones de crédito de Código: RCQHXXPTWQJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl dinero en moneda nacional no reajustable que corresponda por la mora desde la fecha en que se produjo el retardo. La obligación consta en título ejecutivo, es líquida, actualmente exigible, y su acción no se encuentra prescrita. SEGUNDO: Que, con fecha 20 de septiembre de 2023, comparece doña Sylvia Elena Aliste Barahona, ejecutada, quien opone en lo principal de su presentación, la excepción del artículo 464 N°17 del Código de Procedimien

Fallo

por tanto, a citar derechamente a las partes a oír sentencia. CUARTO: Que, no existe controversia respecto de los siguientes hechos: a) Que, con fecha 09 de mayo de 2022, la ejecutada, suscribe en favor de la sociedad ejecutante, el pagaré en cuotas objeto de autos; b) Que, el deudor dejó de pagar el instrumento desde la cuota la cuota N°1 que venció el día 10 de julio de 2022; c) La demanda continente de la acción se activa el día 09 de marzo de 2023; y d) Su notificación válida sólo se alcanza el día 13 de septiembre de 2023, según consta en actuación de folio 13 del cuaderno principal. QUINTO: Que, de conformidad a lo previsto en los artículo 98, 102 y 107 de la ley N°18.092, el término de prescripción de las acciones que emanan del pagaré, opera en el plazo de 1 año, desde su vencimiento. Código: RCQHXXPTWQJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl SEXTO: Que, bajo esta tesitura, se comprueba que la acción ejecutiva se encuentra afectada por prescripción y en razón a ello, toca sino acoger la excepción impetrada, rechazando la demanda ejecutiva. SÉPTIMO: Que, se eximirá a la ejecutante del pago de costas, por cuanto se allanó a la excepción opuesta. En consecuencia, con el mérito de lo precedentemente expuesto y visto, además, lo dispuesto en los artículos 464, 470 y 471 del Código de Procedimiento Civil, 98, 102 y 107 de la ley N°18.092, se resuelve que: I.- Se acoge la excepción de prescripción de la acci

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TRIBUNAL : TERCER JUZGADO CIVIL ANTOFAGASTA ROL : C-896-2023 EJECUTANTE : ITAU CORPBANCA S.A. EJECUTADO : SYLVIA ALISTE BARAHONA MATERIA : JUICIO EJECUTIVO Antofagasta, cinco de octubre de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO. PRIMERO: Que, con fecha 09 de marzo de 2023, comparece doña Fernanda Natalie Clavijo Meléndez, abogada, domiciliada en calle Maipú N°499 oficina 403, Antofagasta, en

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